CAPITULO 7:
LOS ATRIBUTOS COMUNICABLES (DIOS COMO ESPÍRITU PERSONAL)
Si los atributos discutidos en el capítulo anterior
señalaron la importancia del Ser absoluto de Dios, los que ahora tenemos que
considerar insisten sobre su naturaleza personal. En los atributos
comunicables, Dios sobresale como un Ser moral, consciente, inteligente, libre;
un Ser personal en el más alto sentido de la palabra.
Durante mucho tiempo este asunto ha cautivado la atención
de los filósofos, y todavía es asunto de debate si la idea de una existencia
personal es consistente con la idea de lo absoluto. La respuesta a esta
pregunta depende en gran parte del significado que atribuyamos a la palabra
"Absoluto". Este vocablo ha sido usado en la filosofía con tres
diferentes significados que pueden denominarse así: El agnóstico, el lógico y
el causal.
1. Para el agnóstico el Absoluto carece de relaciones, y nada
puede saberse de él, porque las cosas sólo se conocen mediante sus relaciones.
Y si del absoluto nada se puede saber, tampoco puede atribuírsele personalidad.
Todavía más, puesto que la personalidad es inconcebible sin relaciones, no puede
ser identificada con un Absoluto que en su verdadera esencia no tiene
relaciones.
2. En el absoluto lógico lo individual está subordinado a lo
universal, y el más elevado universal es la última realidad. Así es la absoluta
sustancia de Spinoza, y el espíritu absoluto de Hegel. Este Absoluto lógico
puede expresarse en y por medio de lo finito; pero nada que sea finito puede
expresar su naturaleza esencial. Asignarle personalidad, sería limitarlo a un
modo de ser y destruiría su carácter absoluto. De hecho, semejante Absoluto o
último resulta un mero concepto abstracto y vacío, carente de todo contenido.
3. El concepto causal del absoluto presenta a éste como el
último fundamento de todas las cosas. De nadie depende, fuera de sí mismo; pero hace
que todas las cosas dependan de él. Todavía más, no está necesaria y
completamente ir relacionado, pero puede entrar en diversas relaciones con criaturas
finitas. Semejante concepción del Absoluto no es inconsistente con la idea de la
personalidad.
Todavía más, deberíamos conservar en la mente que en su argumentación
los filósofos operaban siempre con la idea de personalidad tal como ésta se
encuentra en el hombre, y perdieron de vista el hecho de que en Dios la personalidad
debe ser algo infinitamente más perfecto. De hecho, la personalidad
perfecta se encuentra en Dios solamente, y la que vemos en el hombre, es nada más una
copia finita del original.
Todavía más, hay en Dios una triple personalidad de la
cual no se encuentra analogía alguna en los seres humanos.
Varias pruebas naturales, muy semejantes a las que ya
hemos citado en favor de la existencia de Dios, se presentan persistentemente
para probar la personalidad de Dios.
1. La personalidad humana para poder explicarse exige un
Dios personal. El hombre no existe por sí mismo ni es eterno; sino un ser
finito con principio y fin. La causa reconocida debe ser suficiente para
explicar satisfactoriamente los efectos. Puesto que el hombre es un sujeto
personal, el poder que lo formó debe ser también personal. De otro modo
resultaría que algo que es efecto supera a lo que pudiera ser la causa, lo cual
es completamente imposible.
2. La creación en general da testimonio de la personalidad
de Dios. En toda su estructura y constitución revela los más claros trazos de
una inteligencia infinita, de las emociones más profundas, sublimes y tiernas,
y de una voluntad que tiene que ser todopoderosa. Consecuentemente, nos vemos
constreñidos a elevamos desde el mundo hasta el Hacedor del mundo,
reconociéndolo como un Ser dotado de inteligencia, sensibilidad y voluntad, es
decir, una persona.
3. La naturaleza moral y religiosa del hombre también señala
la personalidad de Dios. Dotado de naturaleza moral, el hombre tiene impreso el
sentido de obligación hacia lo que es justo, y esto necesariamente implica la
necesidad de un Supremo Legislador. Además, su naturaleza religiosa
constantemente lo impele a buscar comunión personal con algún Ser superior; y
todos los elementos y actividades de la religión demandan un Dios personal como
su objeto y finalidad.
Hasta las llamadas
religiosas panteístas, a menudo, sin quererlo, testifican que creen en un Dios
personal. El hecho es que todas aquellas cosas como el arrepentimiento, la fe,
la obediencia, la comunión y el amor, la lealtad en el servicio y en el
sacrificio, la seguridad en la vida y en la muerte, carecen de significado a
menos que encuentren su objeto apropiado en un Dios personal.
Pero en tanto que todas estas consideraciones son
verdaderas y tienen algún valor como testimonio, no son, en forma alguna, las
pruebas sobre las que apoya la teología su doctrina de la personalidad de Dios.
La teología se remite para pruebas a la revelación del mismo Dios en la
Escritura. El término "persona" no se aplica a Dios en la Biblia, aunque
hay palabras como el hebreo panim, y el griego prósopon, que casi expresan la
misma idea. Al mismo tiempo la Escritura testifica respecto a la personalidad
de Dios en más de un modo.
La presencia de Dios tal como se describe por los
escritores del Antiguo y del Nuevo Testamento, es claramente una presencia
personal. Y las representaciones de Dios en la Escritura, antropomórficas y
antropopáticas, en tanto que pueden ser interpretadas de manera que no dañen la
espiritualidad pura, y la santidad de Dios, difícilmente pueden justificarse,
excepto sobre la hipótesis de que el Ser a quien se aplican es una persona
verdadera, con atributos personales, aunque claro está, sin las limitaciones
humanas.
A Dios se le presenta en toda la Escritura como Dios
personal, con quien los hombres pueden y deben conversar, en quien pueden
confiar quien les sostiene en sus adversidades, y llena sus corazones con el
gozo de la libertad y de la victoria. Y finalmente, la más alta revelación de
Dios de la que da testimonio la Biblia es una revelación personal. Jesucristo
revela al Padre en manera tan perfecta que pudo decir a Felipe, "El que me
ha visto, ha visto al Padre", Juan 14: 9. Daremos pruebas más detalladas a
medida que prosigamos en la discusión de los atributos comunicables.
LA ESPIRITUALIDAD DE DIOS
La Biblia no nos proporciona una definición de Dios. La
aproximación más cercana a eso, se encuentra en las palabras de Cristo a la
mujer samaritana, "Dios es Espíritu", Juan 4: 24.
Al menos ésta es una declaración encaminada a decirnos en
una sola palabra lo que Dios es.
El Señor no dijo simplemente que Dios es un espíritu; sino
que es Espíritu. La claridad de esta afirmación nos hace ver lo adecuado que es
comenzar por discutir, primero que todo, la espiritualidad de Dios. Por medio de
la enseñanza de la espiritualidad de Dios, la teología insiste en el hecho de
que Dios tiene un Ser real, enteramente original y distinto del mundo, y que
este Ser, verdadero o real, es inmaterial, invisible, y sin composición o
extensión.
En la espiritualidad se incluye el pensamiento de que
todas las cualidades esenciales que pertenecen a la idea perfecta del Espíritu
se encuentran en Dios; y que El es un Ser consciente por sí y determinado por
sí. Puesto que es Espíritu en el más absoluto y en el más puro sentido de la
palabra, no hay en El composición de partes.
La idea de la espiritualidad necesariamente excluye la
adscripción de cualquiera semejanza de corporeidad a Dios, y de esta manera
condena las fantasías de algunos de los primitivos gnósticos y de los místicos
medievales, y de todos aquellos sectarios de la actualidad que adscriben un
cuerpo a Dios. Ciertamente la Biblia habla de las manos, de los pies, de los
ojos, de los oídos, de la boca y la nariz de Dios, pero al hacerlo habla de El
antropomórfica o figurativamente, puesto que El trasciende nuestro conocimiento
humano, y de El solamente podremos hablar en forma de tartamudeos al estilo de
los hombres.
Al adscribirle espiritualidad a Dios afirmamos también que
El no tiene ninguna de las propiedades que pertenecen a la materia, y que no
puede ser discernido por los sentidos corporales. Pablo habla de Él, como del
"Rey eterno, inmortal, invisible" (1 Tim. 1: 17), y en otra vez como
del "Rey de reyes, y Señor de señores, El único que tiene inmortalidad,
que habita en luz inaccesible, a quien ninguno de los hombres ha visto ni puede
ver, al cual sea la honra y el imperio sempiterno", I Tim. 6: 15 y 16.
ATRIBUTOS INTELECTUALES
Se representa a Dios en la Escritura como Luz y por tanto
como Perfecto en su vida intelectual. Esta categoría abarca dos perfecciones
divinas, es decir, el conocimiento y la sabiduría de Dios.
EL CONOCIMIENTO DE DIOS
El conocimiento que Dios tiene puede definirse como
aquella perfección divina por media de la cual, El, en una manera completamente
única, se conoce y conoce todas las cosas posibles y actuales en un acto
sencillísimo y eterno. La Biblia testifica abundantemente del conocimiento de
Dios, por ejemplo en 1 Samuel 2: 3; Job 12: 13; Salmo 94: 9; 147: 4; Isa.
29:15; 40: 27 y 28. En relación con el conocimiento que Dios tiene, hay varios
puntos que reclaman nuestra atención.
1. SU
NATURALEZA: EN ALGUNOS PUNTOS MUY IMPORTANTES DIFIERE EL CONOCIMIENTO DE DIOS
DE DE LOS HOMBRES.
Es arquetipo, lo que significa que Dios conoce el universo
como existió en su propia y eterna idea, antes de que existiera como realidad
finita en tiempo y espacio; y que su conocimiento no es como el nuestro,
obtenido de fuera. Es conocimiento caracterizado por su Es innato e inmediato y
no resultado de la observación, o de un proceso de razonamiento.
Siendo perfecto, es también simultáneo y no sucesivo, de
manera que ve todas las cosas en su totalidad, y no poco a poco, o una después
de otra. Todavía, es conocimiento completo y enteramente consciente, en tanto
que el del hombre es siempre parcial, frecuentemente confuso, y a menudo
fracasa en llegar a la plena luz del saber. Se hace distinción entre el
conocimiento necesario y el libre de Dios.
El primero es el conocimiento que Dios tiene de sí mismo y
de todas las cosas posibles, y que descansa en la consciencia de su
omnipotencia. Se llama conocimiento necesario, porque no está determinado por
la acción de su divina voluntad. También se te conoce como conocimiento de mera
inteligencia, atendiendo al hecho de que es enteramente un acto del intelecto
divino, sin ninguna acción concurrente de la divina voluntad.
El libre conocimiento de Dios es el que El tiene de todas
las cosas actuales, es decir, de las cosas que fueron en el pasado, que son en
el presente y que serán en el futuro. Se funda en el conocimiento infinito que
Dios tiene acerca de su todo comprensivo e inmutable propósito eterno, y se le
llama conocimiento porque está determinado por un acto concurrente de su
voluntad también se le llama scientia visionis, es decir conocimiento de
visión.
2. SU ALCANCE:
EL CONOCIMIENTO DE DIOS NO SÓLO ES PERFECTO EN SU CLASE, SINO TAMBIÉN EN SU
ALCANCE.
Se llama omnisciencia, porque lo abarca todo. Para lograr
la debida estimación de su alcance tenemos que particularizar del modo
siguiente: Dios se conoce y conoce en sí mismo todas las cosas que provienen de
Él, (conocimiento interno). Conoce todas las cosas tal como están aconteciendo,
conoce el pasado, el presente y el futuro, y las conoce a todas en sus
verdaderas relaciones.
Conoce la esencia escondida de todas las cosas, a la cual
el entendimiento del hombre no puede penetrar. Ve, no cómo ve el hombre que,
tan sólo observa las manifestaciones externas de la vida, sino que penetra
hasta las honduras del corazón humano. Además, El sabe lo que es posible tanto
como lo que es real; y están presentes en su mente todas las cosas que bajo
determinadas circunstancias deben ocurrir.
La omnisciencia de Dios se enseña claramente en diversos
pasajes de la Escritura. El es perfecto en conocimiento, Job 37: 16; ve, no la
apariencia exterior, sino el corazón, 1 Samuel 16: 7; 1 Crónicas 28: 9 y 17;
Salmo 139: 1 4; Jeremías 17: 10; observa los caminos de los hombres,
Deuteronomio 2:7; Job 23: 10; 24:23; 31:4; Salmos 1:6; 119: 168; conoce el
lugar de la habitación de ellos, Sal 33: 13, y los días de su vida, Salmo 37:
18.
Esta doctrina del conocimiento de Dios debe sostenerse en
contra de todas las tendencias panteístas que representan a Dios como la base
inconsciente de los fenómenos del mundo, y en contra de aquellos como Marción,
Socinio y todos los que creen en un Dios finito y le atribuyen nada más un
conocimiento limitado.
Hay un asunto, sin embargo, que demanda discusión
especial. Es el que se refiere al conocimiento anticipado (presciencia) que
Dios tiene de las libres acciones de los hombres, y por consiguiente de los
eventos condicionales. Podemos entender cómo Dios ejercita su presciencia en
donde las cosas acontecen de necesidad; pero encontramos difícil concebir esa
presciencia acerca de las acciones que el hombre origina libremente.
Esta dificultad hace que algunos nieguen la presciencia de
las libres acciones y que otros nieguen la libertad humana. Es del todo
evidente que la Escritura enseña la presencia divina de los eventos
contingentes: 1 Samuel 23: 10 13; II Reyes 13: 19; Salmo 81: 14 y 15; Isaías
42:9; 48: 18; Jeremías 2:2 y 3; 38; 17 20; Ezequiel 3:6; Mateo 11: 21; además
no nos deja ninguna duda con respecto a la libertad del hombre. Verdaderamente,
no permite negar ninguno de los términos del problema.
Aquí tenemos que hacer frente a un problema que no podemos
resolver en forma completa, aunque sí, es posible aproximamos a una solución.
Dios ha decretado todas las cosas, y las ha decretado con sus causas y
condiciones, para que acontezcan en el orden exacto en que tienen que
acontecer; y su presciencia de las cosas futuras, y también de los eventos
contingentes, descansa sobre su decreto.
Esto soluciona el problema, hasta donde concierne a la
presciencia de Dios. Pero ahora: surge la pregunta: ¿Es consistente la
predeterminación de las cosas con la voluntad libre del hombre? Contestamos que
ciertamente no lo es, si la voluntad libre se considera como indiferencia
(arbitrariedad); pero este concepto de la libertad del hombre es infundado. La
voluntad del hombre no es algo completamente indeterminado, algo que cuelga en
el aire y que puede ser mecido arbitrariamente en cualquiera dirección.
Es, más bien, algo enraizado en nuestra 'verdadera naturaleza,
conectado con nuestros más profundos instintos y emociones, y determinado por
nuestras razones intelectuales y por nuestro carácter genuino. Y si concebimos
nuestra libertad humana como lubentia rationalis (la propia determinación
razonable), entonces no tenemos suficiente garantía para decir que esa libertad
humana es inconsistente con la presencia divina. Dice el Dr. Orr:
"Existe una solución a este problema, aunque nuestras
mentes no pueden comprenderla. Esa solución en parte, probablemente, consiste,
no en negar la libertad, sino en un concepto revisado de la libertad. Porque la
libertad, después de todo, no es arbitrariedad. Hay, en toda acción racional,
un por qué para actuar una razón que decide la acción.
El hombre verdaderamente libre no es el dudoso e
indefinido, sino aquel que hayamos digno de fiar. En resumen, la libertad tiene
sus leyes espirituales y la Mente Omnisciente las conoce bien. Pero tenemos que
reconocer que todavía queda un elemento de misterio." Los teólogos
jesuitas, luteranos y arminianos sugirieron la llamaban scsentia media, como
una solución al problema. El nombre mismo señala que ocupa una posición media
entre ambos conocimientos de Dios, el necesario y el libre. Difiere del primero
en que su objeto no lo constituyen todas las cosas posibles,, sino una clase
especial de cosas actualmente futuras; y del segundo, en que su base no es el
propósito eterno de Dios, sino la libre acción de las criaturas, como algo
sencillamente ya previsto.
Dice Dabney que se le llama mediato "porque se supone
que Dios no llega a ella directamente para realizarla por medio del
conocimiento de su propio propósito; sino indirectamente por medio de su
infinito conocimiento de la manera en que actuarán las contingentes causas
segundas bajo determinadas circunstancias externas, previstas o producidas por
Dios."
Pero esta scientia media tampoco soluciona el problema.
Intenta reconciliar dos cosas que lógicamente se excluyen una a la otra, es
decir, libertad de acción en el sentido pelagiano, y una cierta presciencia de
tal acción. Las acciones que de ningún modo son determinadas, ni directa, ni
indirectamente por Dios, sino que dependen completamente de la voluntad
arbitraria del hombre, difícilmente pueden ser objeto de la divina presciencia.
Todavía más, resulta objetable, porque hace que el
conocimiento divino dependa de la elección del hombre; tácitamente anula la
certidumbre del conocimiento de los eventos futuros, y de esta manera,
implícitamente niega la omnisciencia de Dios. Contradice, además, pasajes de la
Escritura como los siguientes: Hechos 2: 23; Romanos 9: 16; Efesios 1: 11;
Filipenses 2: 13.
LA SABIDURÍA DE DIOS
La sabiduría de Dios puede considerarse como un aspecto
particular de su conocimiento. Es del todo evidente que conocimiento y
sabiduría no son la misma cosa, aunque si están íntimamente relacionados. No
siempre se encuentran juntos. Un hombre inculto puede sobrepasar en sabiduría a
un erudito. El conocimiento se adquiere por medio del estudio, pero la
sabiduría es el resultado del conocimiento intuitivo de las cosas.
El primero es teórico, en tanto que la segunda es
práctica, y hace del conocimiento su servidor para algunos propósitos
determinados. Ambos son imperfectos en el hombre; pero en Dios se caracterizan
por su absoluta perfección. La sabiduría de Dios es su inteligencia, tal como
se manifiesta en la adaptación de los medios a los fines. Esto señala el hecho
de que Dios siempre lucha por los mejores fines posibles y escoge los mejores
medios para la realización de sus propósitos. H. B. Smith definen la sabiduría
divina como "aquel atributo de Dios por medio del cual Dios mismo produce
los mejores resultados posibles con los mejores medios posibles".
Podemos ser un poco más precisos y llamarla aquella
perfección de Dios por medio de la cual El aplica su conocimiento a la
obtención de sus fines conforme a la manera que más lo glorifique. La sabiduría
de Dios implica un último fin al cual quedan subordinados los fines
secundarios; y de acuerdo con la Escritura este fin último es la gloria de
Dios, Romanos 11: 33; 14: 7 y 8; Efesios 1: 11 y 12; Colosenses 1: 16.
En muchos pasajes la Escritura se refiere a la sabiduría y
hasta la personifica, como en Proverbios 8. La sabiduría de Dios se manifiesta
particularmente en la creación, Salmo 19: 1 7; 104: 1 34; en la Providencia,
Salmo 33: 10 y 11; Romanos 8: 28; Y en la Redención, Romanos 11: 33; 1
Corintios 2: 7 y Efesios 3: 10.
LA VERACIDAD DE DIOS
Aletheia), alethinos y pistis, en el Nuevo Testamento.
Esto ya apunta al hecho de que se incluye una variedad de ideas, tales como
verdad, veracidad y fidelidad. Cuando a Dios se le llama verdad, hay que
entenderlo en su más comprensivo sentido. El es la verdad, primero que todo en
sentido metafísico, es decir, que en El la idea de la Divinidad está
perfectamente cumplida; El es todo lo que como Dios debiera ser, y en ese
concepto se le distingue de todos los llamados dioses, a los que se aplican los
nombres de vanidad y mentira, Salmo 96: 5; 97: 7; 115: 4 8; Isaías 44: 9 y 10.
El es también la verdad en un sentido ético, y como tal se revela como
realmente es, de modo que su revelación es fidedigna en absoluto, Núm. 23: 19;
Romanos 3: 4; Hebreos 6: 18.
Finalmente, El es la verdad también en un sentido lógico,
y en virtud de esto, conoce las cosas como realmente son y ha constituido la
mente del hombre de tal manera que hasta el último de ellos pueda conocer no
únicamente las apariencias sino también la realidad de las cosas. De este modo
resulta que la verdad de Dios es la base de todo conocimiento. Debe mantenerse
en nuestra mente, además, que las tres ideas anteriores no son sino diferentes
aspectos de la verdad que en Dios es una misma.
En vista de lo antedicho podemos definir la veracidad o
verdad de Dios como aquella perfección de su Ser en virtud de la cual cumple
perfectamente la idea de la divinidad, es perfectamente digno de nuestra
confianza en su revelación y ve todas las cosas como en realidad son. A esta
perfección se debe que El sea la fuente de toda verdad, no solamente en la
esfera de la moral y de la religión, sino también en cada uno de los campos de
labor científica.
La Escritura es muy enfática en sus referencias a Dios
como la verdad: Ex 34: 6; Núm. 23: 19; Deuteronomio 32: 4; Salmo 25: 10; 31: 6;
Isaías 65: 16; Jeremías 10:8,10:8, 10,11; Juan 14: 6; 17:3; Tito 1:2; Hebreos
6: 18; 1 Juan 5: 20 y 21.
Hay todavía otro aspecto de esta perfección divina y es
uno que siempre se considera como de la más grande importancia. Generalmente se
le llama su fidelidad, en virtud de la cual siempre tiene presente su pacto y
cumple todas las promesas que ha hecho a su pueblo. Esta fidelidad de Dios es
de una importancia práctica extrema para el pueblo de Dios.
Constituye para ellos la base de la confianza en Él, el
fundamento de su esperanza y la causa de su gozo. Ella los salva de la
desesperación a la que sus infidelidades fácilmente les conducirían; les da
valor para proseguir no obstante todos sus fracasos, y llena sus corazones con
exultantes anticipaciones, aun cuando sientan profundamente el hecho de haber
perdido cualquier derecho a todas las bendiciones de Dios. Núm. 23 19;
Deuteronomio 7: 9; Salmo 89: 33; Isaías 49: 7; 1 Corintios 1: 9; II Timoteo 2:
13; Hebreos 6: 17 y 18; 10: 23.
ATRIBUTOS MORALES
Los atributos morales de Dios se consideran generalmente
como las más gloriosas perfecciones divinas. Con esto no queremos decir que
algunos de los atributos de Dios sean en sí mismos más gloriosos y más
perfectos que otros, sino que en relación con el hombre las perfecciones morales
de Dios brillan con un esplendor inconfundible. Se discuten, por lo general,
bajo los siguientes tres encabezados:
1. La
bondad de Dios
2. La
santidad de Dios
3. La
justicia de Dios.
LA BONDAD DE DIOS
Casi siempre se trata como un concepto genérico que
incluye algunas variedades y las cuales se distinguen de acuerdo con el objeto
de cada una. La bondad de Dios no debe confundirse con su ternura, ya que esta
expresa un concepto más restringido. Hablamos de algo como bueno cuando
responde en todas sus partes al ideal.
De aquí que en nuestra adscripción de bondad a Dios, la
línea fundamental es que El, en todo sentido, es lo que como Dios debiera ser,
y por consiguiente responde perfectamente es lo que como Dios debiera ser, y
por consiguiente responde perfectamente al ideal expresado en la palabra sino
sólo uno, Dios". Marcos 10: 18. Pero, puesto que Dios es bueno en sí
mismo, también es bueno para con todas sus criaturas, y puede por lo tanto,
denominarse: fons omnium bonorum (La fuente de todo bien).
El es fuente de todo bien y así se le representa de
diversos modos en toda la Biblia. El poeta canta: "Porque contigo está la
fuente de la vida; en tu luz veremos la luz". Salmo 36: 9. Todas las cosas
buenas que las criaturas gozan en la presente vida y las que esperan en la
futura manan hacia ellos de esta fuente inextinguible.
Y no solamente eso, sino que Dios es también el summum
bonum, el supremo bien para todas sus criaturas, aunque en diferentes grados, y
según la medida en la cual pueden responder al propósito de su existencia. En
nuestra presente relación naturalmente insistimos en la bondad ética de Dios y
en los diferentes aspectos de ésta, según son determinados por la naturaleza de
sus objetivos.
1. LA BONDAD
DE DIOS HACIA. SUS CRIATURAS.
Esta bondad puede definirse como aquella perfección de
Dios que lo mantiene solicito para tratar generosa y tiernamente con todas sus
criaturas. Es el afecto que el Creador siente hacia todas sus criaturas sensibles
como tales. El Salmista celebra esta bondad en sus bien conocidas palabras:
"Jehová es bueno para con todos, y sus misericordias sobre todas sus
obras." "Lo ojos de todos esperan en ti, y tú les das su comida en su
tiempo: Abres tu mano, y colmas de bendición a todo ser viviente". Salmo
145: 9, 15 y 16.
El benévolo interés de Dios se revela en su cuidado por el
bien de sus criaturas. Naturalmente varía en grados, según la capacidad del
objeto que lo ha de recibir. Y aunque no se limita a los creyentes, ellos son
únicamente los que manifiestan una adecuada apreciación de sus bendiciones, el
deseo de usarlas en el servicio de su Dios, y de este modo las disfrutan en más
abundante medida. La Biblia se refiere a esta bondad de Dios en muchos pasajes
como los siguientes: Salmo 36: 6; 104: 21; Mateo 5:45; 6:26; Lucas 6:35; Hechos
14: 17.
2. EL AMOR DE
DIOS.
Cuando la bondad de Dios se manifiesta hacia sus criaturas
racionales asume el más alto carácter de amor, y este amor también se distingue
conforme a los objetos en que termina. Para distinguirlo de la bondad de Dios
en general, puede definirse como aquella perfección de Dios que lo impele
eternamente a comunicarse.
Pues que Dios es absolutamente bueno en sí mismo, su amor
no puede hallar perfecta satisfacción en ningún objeto que carezca de absoluta
perfección. El ama a sus criaturas racionales a causa de sí mismo, o para
expresarlo en otra forma: Se ama en ellas; las virtudes de Él, las ama en
ellas; el trabajo de Él, lo ama en ellas; los dones de Él, los ama en ellas. Ni
siquiera retira completamente su amor del pecador en su presente estado
pecaminoso, aunque el pecado de este es una abominación delante de Él, puesto
que Dios reconoce, aun en el pecador, la imagen impresa del mismo Dios, Juan 3:
16; Mateo 5: 44 y 45.
Al mismo tiempo,
Dios ama a tos creyentes con un amor especial, puesto que los contempla como
sus hijos espirituales en Cristo. A ellos se comunica El, en el sentido más
pleno y rico, con toda la plenitud de su gracia y misericordia. Juan 16: 27;
Romanos 5: 8; 1 Juan 3: 1.
3. LA GRACIA
DE DIOS, "GRACIA", ESTA PALABRA CARGADA DE SIGNIFICADO, ES UNA
TRADUCCIÓN DEL HEBREO CHANAN, Y DEL GRIEGO CHAM.
Según la Escritura, la gracia se manifiesta no sólo por
Dios, sino también por los hombres, y en este último caso denota el favor que
un hombre muestra a otro. Génesis 33: 8, 10, 18: 39: 4; 47: 25; Ruth 2: 2; 1
Samuel l: 18; 16: 22. En los casos citados no se deduce necesariamente que el
favor sea inmerecido.
Sin embargo, en lo general puede decirse que la gracia es
el regalo gratuito de la generosidad para alguien que no tiene derecho a
reclamarlo. Este es el caso singular donde al hablar de gracia se hace
referencia a la gracia de Dios. Su amor para el hombre siempre es inmerecido y
cuando se muestra a los pecadores hasta es rechazado.
La biblia generalmente habla de la gracia para significar
la inmerecida bondad o amor de Dios para quienes se han hecho indignos de ella
por naturaleza bajo la condenación. La gracia de Dios es manantial de todas las
'bendiciones espirituales concedidas a los pecadores. Eso es lo que leemos en
Efesios 1: 6 y 7; 2: 7 9; Tito 2: 11; 3: 4 7.
En tanto que la Biblia con frecuencia habla de la gracia
de Dios como gracia salvadora, también la menciona en un sentido más amplio,
como en Isaías 26: 10; Jeremías 16: 13: La gracia de Dios es del mayor
significado práctico para tos pecadores. Por gracia fue que el camino de la
redención se abrió para ellos, Romanos 3: 24; n Corintios 8: 9; y también por
gracia salió el mensaje de redención para todo el mundo, Hechos 14: 3. Por
gracia los pecadores reciben el don de Dios en Jesucristo, Hechos 18: 27;
Efesios 2: 8. Por gracia son justificados; Romanos 3: 24; 4: 16; Tito 3: 7;
enriquecidos con dones espirituales, Juan 1: 16; n Corintios 8: 9; n
Tesalonicenses 2: 16, y definitivamente heredan la salvación.
Efesios 2: 8; Tito 2: 11. Estando absolutamente
desposeídos de méritos propios, dependen por completo de la gracia de Dios en
Cristo. En la teología moderna, con su creencia en la capacidad inherente del
hombre para mejorarse, la doctrina de la salvación por gracia prácticamente se
ha convertido en una "nota perdida", y hasta la palabra
"gracia" ha sido despojada de todo significado espiritual y
desterrada de los temas religiosos.
La conservan únicamente en el sentido de
"amable", algo enteramente externo. Felizmente, hay algunas
evidencias de un nuevo énfasis sobre el pecado y de una conciencia nuevamente
despierta a la necesidad de la gracia divina.
4. LA
COMPASIÓN DE DIOS.
Otro importante aspecto de la bondad y amor de Dios, es su
Compasión o Misericordia. La palabra hebrea que más generalmente se usa para
designarla es chesed. Sin embargo, hay otra palabra que expresa una profunda y
tierna compasión, la palabra racham, bellamente traducida como
"misericordia" en la Biblia castellana.
La Septuaginta y el Nuevo Testamento emplean la palabra
griega eleos para designar la misericordia de Dios. Si la gracia divina
considera al hombre como culpable delante de Dios, y, por tanto, necesitado del
perdón, la misericordia de Dios lo considera como a uno que carga las
consecuencias de su pecado, en lastimosa situación, y por tanto, necesitado de
la ayuda divina.
La misericordia de Dios puede definirse como la bondad o
amor de Dios hacia los que se encuentran en miseria y angustia espirituales,
sin tomar en cuenta que se lo merezcan. En su misericordia Dios se revela como
compasivo, que se apiada de los que se hallan en miseria, y que está visto
siempre para socorrerlos en sus agonías.
Esta misericordia es gratuita, Deuteronomio 5: 10; Salmo
57: 10; 86: 5; y los poetas de Israel se deleitaban en cantarla porque
permanece para siempre. I Crón. 16: 34; II Crón. 7: 6; Sal 136; Esdras 3 : 11.
En el Nuevo Testamento se le menciona con frecuencia en compañía de la gracia
de Dios, especialmente en las salutaciones, I Tim. 1: 2; 2ª Tim. 1: 1; Tito 1:
4. Repetidamente se nos dice que gozan de ella los que temen a Dios, Ex 20: 6;
Deut. 7: 7: 9; Sal 86: 5; Luc. 1: 50. Sin embargo esto no quiere decir que se limite
a ellos, aunque ellos, sí, la disfrutan de modo especial.
Las misericordias de Dios están sobre todas sus obras, Sal
145: 9, y hasta los que no lo temen participan de ellas. Ezequiel 18: 23 32;
33: 11; Luc. 6: 35 y 36. La misericordia de Dios no debe considerarse como
opuesta a su justicia. Únicamente se ejercita en armonía con la más estricta
justicia de Dios y en atención a los méritos de Jesucristo. Otros nombres con
que se le designa en la Biblia son "piedad", "clemencia" y "bondad".
5. LA
PACIENCIA DE DIOS.
Con la paciencia de Dios, designamos otro de los aspectos
de su gran bondad o amor. En el hebreo se usa la expresión 'erek 'aph, que literalmente
significa "grande de rostro" y también, "lento para la
ira", en tanto que el griego expresa la misma idea por medio de la palabra
makrothumia. Es aquel aspecto de la bondad o amor de Dios, en virtud de cual el
soporta al obstinado y malvado a pesar de su persistente desobediencia.
En el ejercicio de este atributo Dios ve
al pecador permaneciendo en su pecado, a pesar de las amonestaciones y advertencias
dirigidas a él. Se revela esta paciencia divina en el aplazamiento del juicio
merecido sobre el pecador. La Escritura habla de esta paciencia en Ex 34: 6; Sal 86:
15; Rom. 2: 4; 9: 22; 1 Pedo 3: 20; 11 Pedo 3: 15. Un término sinónimo, de muy
ligera connotación diferente es "longanimidad".
LA SANTIDAD DE DIOS
La palabra hebrea para "ser santo", es quadash,
derivada de la raíz qad, que significa cortar o separar. Es una de las más
prominentes palabras religiosas del Antiguo Testamento, y se aplica ante todo a
Dios. La misma idea ha sido traída por las palabras que encontramos en el Nuevo
Testamento hagiazo y hagios. Ya se ve por lo anterior que no es correcto pensar
que la santidad fundamentalmente es una cualidad moral o religiosa como
generalmente se hace.
Su idea básica es la posición o relación entre Dios y
alguna persona o cosa.
1. SU
NATURALEZA.
Es doble la idea bíblica de la santidad de Dios. En su
significado original da a entender que El es absolutamente distinto de todas
sus criaturas y exaltado sobre ellas en infinita majestad. Entendida así, la
santidad de Dios es uno de sus atributos trascendentales y algunas veces se
habla de ella como de su perfección central y Suprema.
No parece propio hablar de uno de los atributos de Dios
como si fuera más central y fundamental que otro: pero si nos fuera permitido
hacerlo, el énfasis de la Escritura sobre la santidad de Dios parecería
justificar tal selección. Muy claro, sin embargo, es, que la santidad de Dios
en este sentido de la palabra, no es exactamente un atributo moral, que pueda
coordinarse con los otros, como el amor, la gracia, la misericordia, sino más
bien, algo que es coextensivo con, y aplicable a todo lo que como predicado
puede asociarse a Dios.
El es santo en cada cosa que lo revela, en su bondad y
gracia, tanto como en su justicia e ira. La santidad divina puede llamarse
propiamente la "majestuosa santidad" de Dios y a ella se refieren
pasajes como los siguientes: Ex 15: 11; I Sam. 2: 2; Is. 57: 15; Os. 11: 9.
Esta santidad de Dios es la que Otto, en su importante libro Das Heilige33,
reconoce como lo que es más esencial en Dios, designándolo como "lo
numinoso".
Otto reconoce que la santidad de Dios es parte de aquello
que está fuera del alcance de la razón humana, no puede reducirse a conceptos,
y abarca ideas como las de "absoluta imposibilidad de aproximación" y
absoluta "suprema potencia" o "terrible majestad". Esta
santidad despierta en el hombre un sentido de que absolutamente es nada, una
"criatura consciente" o "criatura que siente" y que llega
así al conocimiento de su absoluta bajeza.
Pero la santidad de Dios tiene también en las Escrituras
un aspecto específicamente ético, y éste, en nuestra relación con Dios, nos
preocupa más directamente. La idea ética de la santidad divina no debe
separarse de la idea de la majestuosa santidad de Dios.
Aquella se origina y se desarrolla de ésta. La idea
fundamental de la santidad moral de Dios es también la de separación, pero en
este caso es separación del mal moral, es decir, del pecado. En virtud de su
santidad Dios no tiene comunión con el pecado, Job 34: 10; Hab. 1: 13. Usándola
en este sentido, la palabra "santidad" apunta a la imponente pureza o
majestad moral de Dios. Pero la idea de santidad moral no es meramente negativa
(separación del pecado); sino que también tiene contenido positivo, es decir,
el de excelencia moral o perfección ética.
Si el hombre reacciona hacia la imponente santidad de Dios
con un sentido de reconocida insignificancia y temor, esa reacción hacia la
santidad moral se revelará haciéndole sentir su impureza, y dándole conciencia
de su pecado. Is. 6: 5.
Otto también reconoce este elemento en la santidad de
Dios, aunque insiste en el otro y describe la forma en que el hombre reacciona
ante ella: El mero terror y la mera necesidad de esconderse de "lo
tremendo" se ha elevado aquí al sentimiento de que el hombre en su
"profanidad" no es digno de estar en la presencia del Santo y de que
su completa indignidad personal podría manchar a la misma santidad.
La santidad moral de Dios puede definirse como ti aquella
perfección divina en virtud de la cual Dios eternalmente quiere y mantiene su
excelencia moral, aborreciendo el pecado y exigiendo pureza a sus criaturas
morales.
2. SU
MANIFESTACIÓN.
La santidad de Dios está revelada en la ley moral,
implantada en el corazón del hombre, declarada por medio de la conciencia, y
más particularmente en la revelación especial de Dios. Tuvo lugar muy
prominente en la ley dada a Israel. Aquella ley en todos sus aspectos estuvo
calculada para imprimir sobre Israel la idea de la santidad de Dios y para
despertar en el pueblo la necesidad de llevar una vida santa.
A este propósito sirvieron símbolos y tipos como, la
nación santa, la tierra santa, la ciudad santa; el lugar santo y el sacerdocio
santo. Además, se reveló en el modo en que Dios premió la obediencia a la ley y
castigó a los transgresores con terribles castigos. La más alta revelación de
la santidad de Dios nos ha sido dada en Jesucristo a quien se llama "el
santo y el justo", Hech. 3: 14.
El reflejó en su vida la perfecta santidad de Dios. Por
último, la santidad de Dios también está revelada en la Iglesia, como el cuerpo
de Cristo. Es un hecho sorprendente, al que con frecuencia se vuelve la
atención, que la santidad con mucha más frecuencia se, atribuye a Dios en el
Antiguo Testamento, que en el Nuevo, aunque también se le atribuye en el Nuevo
Testamento, Juan 17: 11; 1 Pedro 1:16; Apoc. 4: 8 y 6: 10. Esto probablemente
se deba a que en el Nuevo Testamento el término se asigna más particularmente
para calificar a la tercera Persona de la Santísima Trinidad, como quien tiene
la especial tarea, en la administración de la redención, de comunicar santidad
a su pueblo.
LA JUSTICIA DE DIOS
Este atributo se relaciona estrechamente con la santidad
de Dios. Shedd habla de la justicia de Dios como de "una forma de su
santidad", y Strong la llama simplemente, "santidad transitiva".
Sin embargo, estos términos se aplican solamente a lo que se acostumbra llamar
justicia relativa de Dios, y no a la absoluta.
1. LA IDEA
FUNDAMENTAL DE JUSTICIA.
La idea fundamental de la justicia es la de estricta
adhesión a la ley. Entre los hombres presupone que hay una ley a la cual deben
conformarse. Se dice a veces que no podemos hablar de justicia en Dios, porque
no hay ley a la cual El esté sujeto. Pero aunque no hay ley que esté por encima
de Dios, hay ciertamente una ley que está en la naturaleza esencial de Dios.
Y ésta constituye el modelo más elevado que es posible,
por medio del cual todas las otras leyes tienen que ser juzgadas. Se ha hecho
por regla general, una distinción entre la justicia absoluta de Dios y la
relativa.
La primera es aquella rectitud de la divina naturaleza, en
virtud de la cual Dios es infinitamente justo en sí mismo, mientras que la
segunda es aquella perfección de Dios por medio de la cual El se mantiene en
contra de toda violación de su Santidad y deja ver en todo sentido que El es
Santo. A esta rectitud es a la que más particularmente se le aplica el término
"justicia".
La justicia se manifiesta, especialmente, en darle a cada
uno lo que le corresponde, conforme a sus merecimientos. La justicia inherente
de Dios es la base natural de su justicia revelada al tratar con sus criaturas,
pero es esta Última, llamada también, justicia de Dios, la que aquí demanda
nuestra consideración especial.
Los términos hebreos para "justos" y
"justicia" son tsaddik, tsedhek y tsedhakah correspondiendo a los
vocablos griegos dikaios y dikaiosune, todos los cuales contienen la idea de,
conformidad a un modelo. Constantemente la Escritura atribuye esta perfección a
Dios, Esdras 9: 15; Neh. 9: 8; Sal 119: 137; 145: 17; Jeremías 12: 1; Lam. 1:
18; Dan 9: 14; Juan 17:25; II Tim. 4:8; I Juan 2:29; 3:7; Apoc. 16:5.
2.
DISTINCIONES APLICADAS A LA JUSTICIA DE DIOS.
Ante todo hay una justicia gubernativa de Dios. Esta
justicia como el mismo nombre lo implica, es aquella que Dios despliega como
Gobernante de buenos y malos. En virtud de ella, El ha instituido un gobierno
moral en el mundo, e impuesto una ley justa sobre el hombre, con promesas de
recompensa para el obediente, y advertencias de castigo para el transgresor.
Dios aparece prominentemente en el Antiguo Testamento como
el Legislador de Israel, Is. 33: 22; Y del pueblo en general, Sant. 4: 12; Y
sus leyes son justas, Deut. 4: 8. Otras alusiones, bíblicas a este trabajo
gubernamental de Dios, las hallamos en Sal 99: 4 y Rom. 1: 32. Estrechamente
relacionada con la justicia gubernativa está la justicia distributiva de Dios.
Se acostumbra utilizar esta expresión para designar la rectitud de Dios en la
ejecución de la ley, y se relaciona con la distribución de las recompensas y
los castigos, Is. 3: 10 y 11; Rom. 2: 6; 1 Pedo 1: 17. Es de dos clases.
A. Justicia remunerativa, la que se manifiesta en el reparto
de recompensas a los hombres y a los ángeles, Deut. 7: 9, 12 y 13; II Crón. 6:
15; Sal 58: 11; Miqueas 7: 20; Mat. 25: 21 y 34; Rom. 2: 7; Heb. 11: 26. Es
realmente expresión del amor divino que derrama sus bondades, no sobre la base
estricta de mérito, porque la criatura no puede presentar mérito alguno delante
del Creador, sino conforme a promesa y convenio, Luc. 17: 10; 1 Cor. 4: 7. Las
recompensas de Dios son gratuitas y fluyen de la relación de pacto establecido
por El.
B. Justicia retributiva, que se refiere a la aplicación de
las penas. Es una manifestación de la ira divina. Aunque no habría lugar para
ella en un mundo sin pecado, necesariamente tiene un lugar muy prominente en un
mundo lleno de pecado. Vista como un todo, la Biblia insiste más en la
recompensa de los justos que en el castigo de los malvados; pero esto último se
destaca lo suficiente. Rom. 1: 32; 2: 9; 12: 19; II Tes. 1: 8; Y muchos otros
pasajes.
Debe hacerse notar que aunque el hombre no merezca la recompensa,
sí merece el castigo que se le da. La justicia divina está original y
necesariamente obligada a castigar el mal; pero no a premiar el bien; Luc. 17:
10; 1 Cor. 4: 7; Job 41: 11. Muchos niegan la estricta justicia punitiva de
Dios y quieren que Dios castigue al pecador para reformar algunos, o para
desanimar a otros del pecado; pero estas afirmaciones no tienen base.
El castigo del pecado tiene por objeto principal el
mandamiento del derecho y la justicia. Por supuesto, podrá servir incidental
mente y aun puede, secundariamente, proponerse para la reforma del pecador, o
para hacer que otros desistan del pecado.
ATRIBUTOS DE SOBERANÍA
La soberanía de Dios se presenta en la Escritura un tono
muy enfático. Se le presenta como el Creador y su voluntad como causa de todas
las cosas. En virtud de su obra creativa le pertenecen los cielos, la tierra y
todo lo que ellos contienen. Reviste plena autoridad sobre los ejércitos del
cielo y los habitantes de la tierra. Sostiene todas las cosas con su
omnipotencia y determina la finalidad que cada uno está destinado a servir.
Gobierna como Rey en el más absoluto sentido de la palabra
y todas las cosas dependen de Él y le sirven a Él. Hay un tesoro de evidencia
escritural respecto a la soberanía de Dios; pero aquí limitaremos nuestras
referencias a unos cuantos de los más significativos pasajes: Gen 14: 19; Ex
18: 11; Deut. 10: 14 y 17; 1 Crón. 29: 11 y 12; II Crón. 20: 6; Neh. 9: 6; Sal
22: 28; 47: 2,3,7,8; 50: 10 12; 95: 3 5; 115: 3; 135: 5 y 6; 145: 11 13; Jer. 27:
5; Luc. 1: 53; Hech. 17: 24¬26; Apoc. 19: 6. Dos atributos merecen discusión
bajo este encabezado; es decir:
(1) La soberana voluntad de Dios.
(2) El soberano poder de Dios.
LA SOBERANA
VOLUNTAD DE DIOS
1. LA VOLUNTAD DE DIOS EN GENERAL.
La Biblia emplea diversas palabras para señalar la
voluntad de Dios, es decir, los vocablos hebreos chaphets, tsebhu, ratson, y
los griegos, boule y thelema. La importancia de la voluntad divina se hace
visible de múltiples modos en la Escritura. Se le presenta como la causa última
de todas las cosas.
Todas las cosas se originan de ella: la creación y la
preservación, Sal 135:6; Jer. 18:6; Apoc. 4: 11; el gobierno, Prov. 21: f; Dan
4: 35; la elección y la reprobación, Rom. 9: 15 y 16; Efesios 1: 11; los sufrimientos
de Cristo, Luc. 22: 42; Hech. 2: 23; la regeneración, Santo 1: 18; la
santificación, Fil 2: 13; los sufrimientos de los creyentes, 1 de Pedro 3: 17,
la vida del hombre y su fin, Hech. 18: 21; Rom. 15: 32; Santo 4: 15 y hasta las
cosas más pequeñas de la vida, Mat. 10: 29.
De aquí que la teología cristiana siempre ha reconocido
que la voluntad de Dios es la causa última de todas las cosas, aunque la
filosofía algunas veces ha mostrado inclinación a buscar una causa más profunda
en el íntimo Ser del Absoluto. Sin embargo, el empeño de fundar todas las cosas
en el mero Ser de Dios casi siempre termina en panteísmo. La palabra
"voluntad" aplicada a Dios, no siempre tiene el mismo significado en
la Escritura.
A. Puede denotar la completa naturaleza moral de Dios
incluyendo atributos tales como el amor, la santidad, la justicia, etc.
B. La facultad de propia determinación, es decir, el poder
de determinar uno mismo su curso de acción, o de formar un plan
C. El producto de esta actividad, en otras palabras, el plan
o propósito predeterminado
D. El poder de ejecutar este plan y de realizar este
propósito (la voluntad de acción u omnipotencia); y
E. El régimen de vida trazado para las criaturas racionales.
Lo que ahora vamos a considerar principalmente es la voluntad de Dios como la
facultad de propia determinación.
Esta puede definirse como aquella perfección del Ser
Divino por medio de la cual, El; en un acto por demás sencillo, sale en busca
de sí mismo como el supremo bien (es decir, se deleita en sí mismo, como Dios)
y en busca de sus criaturas por causa de su mismo nombre y así su voluntad es
el fundamento del ser y de la continuada existencia de esas criatura. Con
referencia al universo y a todas las criaturas que hay en El, su voluntad
incluye naturalmente la idea de causación.
2. DISTINCIONES APLICADAS A LA VOLUNTAD DE
DIOS.
Varias distinciones han sido aplicadas a la voluntad de
Dios. Algunas de estas han encontrado muy poca acogida en la Teología
Reformada, tales como la distinción entre voluntad antecedente y voluntad
consecuente de Dios, y aquella otra distinción entre voluntad absoluta y
voluntad condicional. Estas distinciones fueron no solamente susceptibles de
mal entendimiento, sino que también se interpretaron en formas objetables.
Otras, sin embargo, se encontraron útiles y por lo mismo
fueron más generalmente aceptadas. Pueden expresarse como sigue:
A. La voluntad decrectiva y la voluntad preceptiva de Dios.
LA PRIMERA es
aquella por medio de la cual Dios se propone o decreta todo lo que tiene que
suceder, sea que quiera cumplirlo efectivamente (causativamente) o permitir que
ocurra por medio de la agencia irrestricta de sus criaturas racional.
LA SEGUNDA es la
regla de vida que Dios ha trazado para sus criaturas morales, indicando los
deberes que les impone. La primera siempre se cumple, en tanto que la segunda
es desobedecida con frecuencia.
B. La voluntad' de eudokia y la voluntad de eurestia. Esta
división se hizo no tanto en relación con el propósito que se ha de ejecutar,
sino más bien en relación al placer de hacerlo, o el deseo de ver hecha algunas
cosas. Corresponde con la distinción precedente, en el hecho de que la voluntad
de eudokia como la decrectiva comprende lo que inevitablemente se cumplirá; en
tanto que la voluntad de eurestia como la preceptiva abarca simplemente aquello
en que Dios se complace que hagan sus criaturas. La palabra eudokia no debe conducirnos al error
de que tiene referencia solamente al bien y no al mal. Compárese Mat. 11: 26.
Difícilmente resultaría correcto decir que el elemento de complacencia o
deleite está siempre presente en ella.
C. La voluntad de beneplacitum, y la voluntad de signum. Con
frecuencia la primera designa la voluntad de Dios personificada en su oculto
consejo hasta que la da a conocer por medio de alguna revelación o por el
acontecimiento mismo. Toda voluntad revelada en esta forma se con vierte en
signum. Se ha querido que esta
distinción corresponda con la que existe entre la voluntad decrectiva y la
preceptiva; pero resulta difícil afirmado. La buena voluntad de Dios encuentra
expresión también en su voluntad preceptiva, y la decrectiva también se dará a
conocer algunas veces por un signum.
D. La voluntad secreta y la voluntad revelada de Dios. Esta
es la distinción más común. La primera es la voluntad de Dios decretada que en
su mayor parte está escondida en Dios, en tanto que la segunda es la voluntad
de precepto revelada en la ley y el evangelio. Esta distinción tiene su base en
Deut. 29: 29. La voluntad secreta de Dios se menciona en el Sal 115: 3; Dan 4:
17, 25, 32 Y 35; Rom. 9: 18 y 19; 11: 33 y 34; Ef. 1: 5, 9 Y 11; Y su voluntad
revelada en Mat. 7:21; 12:50; Juan 4:34; 7: 17; Rom. 12:2. Esta última está al alcance
de todos; pues no está lejos de nosotros, Deut. 30: 14; Rom. 10: 8.
A la voluntad secreta de Dios le pertenecen todas las
cosas que El quiere, o efectuar o permitir, y las cuales, por tanto, son
absolutamente fijas. La voluntad revelada prescribe los deberes del hombre y
representa para éste el sendero en el cual puede gozar de las bendiciones de
Dios.
3. LA LIBERTAD DE LA VOLUNTAD DE DIOS.
Frecuentemente se discute acerca de que si Dios en el
ejercicio de su voluntad actúa necesaria o libremente. La respuesta demanda una
cuidadosa diferenciación. Así como hay en Dios una scientia necessaria y una
scientia libera, también hay en Él una voluntad necessaria (voluntad necesaria)
y una voluntad libera (voluntad libre). Dios mismo es el objeto de la primera.
El, necesariamente se quiere, y quiere su santa naturaleza y las distinciones
personales en la Deidad.
Lo cual significa que necesariamente se ama y se deleita
en la contemplación de sus propias perfecciones, Y, sin embargo, no está
compelido, sino que actúa de acuerdo con la ley de su Ser, y esto, aunque tenga
que ser necesario es también la más alta libertad. Es de completa evidencia que
la idea de causación está ausente aquí y que el pensamiento de complacencia o
de aprobación propia queda al frente.
Las criaturas de Dios son, sin embargo, objetos de su
voluntad libera. Dios determina voluntariamente qué y a quiénes creará, así
como también los tiempos, los lugares y las circunstancias de sus existencias.
El marca la senda de sus criaturas racionales, determina su destino, y los
utiliza para los elevados propósitos de Él. Y aunque los dota con libertad
personal, sin embargo, la voluntad divina domina sus acciones. La Biblia habla
de esta libertad de la voluntad de Dios utilizando los términos más absolutos,
Job 11: 10; 33: 13; Sal 115: 3; Prov. 21: 1; Is. 10: 15; 29: 16; 45: 9; Mat.
20: 15; Rom. 9: 15 18 y 20 Y 21; I Cor. 12: 11; Apoc. 4: 11.
La Iglesia siempre defiende esta libertad pero también
insiste en el hecho de que no debe ser considerada como indiferencia absoluta.
Duns Escoto ofreció la idea de una voluntad que en ningún sentido ejerce
determinación alguna sobre Dios; pero semejante idea de una voluntad ciega que
actúa con perfecta indiferencia fue rechazada por la Iglesia.
La libertad de Dios no es pura indiferencia, sino racional
determinación propia. Dios tiene razones para querer precisamente lo que hace y
eso lo induce a elegir un fin más bien que otro; y preferir entre muchos media
la serie de ellos que llevará al fin propuesto. En cada caso hay un motivo
predominante que hace que el fin elegido y los medios seleccionados sean en
extremo agradables a Él, aunque no seamos capaces de determinar cuál es ese
motivo.
En general debe afirmarse que Dios no puede querer ninguna
cosa que sea contraria a su naturaleza, a su sabiduría y amor, a su justicia o
santidad. El Dr. Bavinck señala que rara vez podemos discernir por qué Dios
quiso una cosa más bien que otra y que no es posible, ni siquiera permisible,
que busquemos para las cosas alguna base más profunda que la voluntad divina,
porque toda clase de intentos semejantes resultaría en buscar para la criatura
una base dentro del íntimo Ser de Dios, despojando así a la criatura de su
carácter contingente, y convirtiéndola necesariamente en eterna y divina.
4. LA VOLUNTAD DE DIOS EN RELACIÓN CON EL
PECADO.
La doctrina de la voluntad de Dios con frecuencia da
motivo a serias interrogaciones. Surgen en este terreno problemas que jamás
hasta hoy han encontrado solución y los cuales, probablemente, nunca serán
resueltos por el hombre.
A. Se dice que si la voluntad decrectiva de Dios también
determinó la entrada del pecado en el mundo, Dios, entonces, se convierte en el
autor del pecado y realmente quiere algo que es contrario a sus perfecciones
morales. Los arminianos escapan de la dificultad haciendo que la voluntad de
Dios que permite el pecado dependa de su presciencia del derrotero que el hombre
quiera escoger.
Los teólogos reformados en tanto que sostienen sobre la
base de pasajes como Hech. 2: 23; 3: 8, etc., que la voluntad decrectiva de
Dios también incluye los hechos pecaminosos del hombre, tienen siempre mucho
cuidado de señalar que esto debe entenderse de tal manera que no se convierta a
Dios en el autor del pecado. Francamente admiten que no pueden resolver la
dificultad; pero al mismo tiempo hacen algunas valiosas distinciones que
resultan provechosas.
La mayor parte de ellos insisten en que la voluntad de
Dios respecto al pecado es simplemente voluntad de permitir el pecado y no
voluntad de efectuado como hace con el bien moral.
Se puede permitir esta terminología siempre que se la
entienda correctamente. Debe entenderse que la voluntad de Dios que permite el
pecado, hará ciertamente que acontezca. Otros llaman la atención al hecho de
que en tanto que los vocablos "voluntad" o "querer" pueden
incluir la idea de complacencia o deleite, algunas veces indican una simple
determinación de la voluntad, y que por lo mismo, la voluntad de Dios que
permite el pecado, no necesariamente implican que El tome deleite o placer en
el pecado.
B. A menudo se dice que hay frecuente contradicción entre la
voluntad decrectiva de Dios y la preceptiva. Su voluntad decrectiva incluye
muchas cosas que prohíbe su voluntad preceptiva. Y excluye muchas cosas que
demanda en su voluntad preceptiva, compárese: Gen 22; Ex 4: 21 23; 2ª Reyes 20:
1 7; Hech. 2: 23. Entonces, pues, es de gran importancia sostener ambas, la
voluntad decrectiva y la preceptiva pero entendiendo definidamente que aunque
nos parecen distintas, las dos son fundamentalmente una en Dios.
Aunque una perfecta y satisfactoria solución de esta
dificultad está por el momento fuera de nuestra discusión, es posible formular
algunas aproximaciones a una solución. Cuando hablamos de una voluntad
decrectiva y de una voluntad preceptiva de Dios, usamos la palabra
"voluntad" en dos sentidos diferentes.
Mediante el primero, Dios ha determinado lo que hará o lo
que acontecerá; conforme al segundo, El nos revela lo que el deber nos obliga a
hacer.37 Al mismo tiempo deberíamos recordar que la ley moral, la regla de
nuestra vida, es también, en un sentido, la corporificación de la voluntad de
Dios. Es una expresión de su naturaleza santa y de lo que esta naturaleza
requiere de todas las criaturas morales. De aquí que debamos añadir otra nota a
la precedente. La voluntad decrectiva de Dios y la preceptiva no se oponen en
el sentido de que en.
La primera El se complazca en el pecado y en la segunda no
tenga El tal complacencia; ni en el sentido de que conforme a la primera El no
despliegue una volición positiva en querer la salvación de cada individuo, y de
acuerdo con la segunda sí despliegue tal voluntad, queriendo la salvación de
todos los hombres.
Aun de acuerdo con su voluntad decrectiva, Dios no se
complace en el pecado, y aun conforme a su voluntad preceptiva, El no quiere
con volición positiva la salvación de cada individuo.
EL SOBERANO PODER DE DIOS
La soberanía de Dios encuentra expresión no solamente en;
la divina voluntad sino también en la omnipotencia, es decir, el poder de
ejecutar su voluntad. El poder en Dios puede llamarse la energía efectiva de su
naturaleza, o sea, aquella perfección de su Ser por medio de la cual El es la
causalidad más alta y absoluta.
Se acostumbra distinguir entre una potentia Dei absoluta
(el absoluto poder de Dios) y una potentia Dei ordinata (el poder dirigido de
Dios). Sin embargo, la teología reformada rechaza esta distinción en el sentido
en que la entendían los escolásticos que decían que Dios en virtud de su
absoluto poder, efectuaría contradicciones, Y aun podría pecar y aniquilarse.
Al mismo tiempo esta teología Reformada adopta la
distinción que expresa una verdad actual, aunque no siempre se la presente de
la misma manera. Según Hodge y Shedd el poder absoluto es la eficiencia divina
cuando se ejercita sin la intervención de causas secundarias, en tanto que el
poder dirigido es la eficiencia de Dios, cuando se ejercita mediante la
operación ordenada de causas secundarias.
El punto de vista más generalmente aceptado ha sido
expresado por Charnock de la manera siguiente: "absoluto es aquel poder
por medio del cual Dios puede hacer lo que no quiere hacer, pero que sería
posible que lo hiciera; dirigido es aquel poder por medio del cual Dios hace lo
que ha decretado hacer, es decir lo que Él ha ordenado o dispuesto que se haga;
y estos no son poderes distintos, sino uno y el mismo poder.
El poder dirigido de Dios es una parte de su poder
absoluto porque si no tuviera poder para hacer lo que quisiera, tampoco lo
tendría para hacer lo que quiere. La potentia ordinata puede definirse como
aquella perfección de Dios por medio de la cual El, mediante el mero ejercicio
de su voluntad puede ejecutar todo lo que está presente en su voluntad o
consejo. El poder de Dios en su presente ejercicio se limita a lo que está
incluido en su eterno decreto.
Pero el ejercicio presente del poder de Dios no representa
todo su alcance. Dios podría hacer más que eso si lo quisiera. En ese sentido
podemos hablar de su potentia absoluta o poder absoluto de Dios Esta posición
debe sostenerse en contra de aquellos que, como Schleiermacher y Straus,
afirman que el poder de Dios está limitado a lo que actualmente ejecuta. Pero
al hacer nuestra afirmación respecto al poder absoluto de Dios se hace
necesario colocamos en guardia contra errores.
La Biblia nos enseña por una parte que el poder de Dios
alcanza mucho más allá de lo que actualmente hace, Gen 18: 14; Jer. 32: 27;
Zac. 8: 6; Mat. 3: 9; 26: 53. No podemos decir, por tanto, que lo que Dios no
hace, no lo hace porque no le resulta posible. Pero por otra parte la Biblia
también nos indica que hay muchas cosas que Dios no puede hacer. El no puede ni
mentir, ni pecar, ni cambiar, ni negarse. Núm. 23: 19; I Sam. 15:29; 11 Tim. 2:
13; Heb. 6: 18; Santo 1: 13 y 17.
No existe en Dios un poder absoluto divorciado de sus
divinas perfecciones, y en virtud del cual pueda hacer toda clase de cosas
inherentemente contradictorias. La idea de omnipotencia de Dios está expresada
en el nombre 'El Shaddai, y la Biblia habla de ella en términos precisos, Job
9: 12; Sal 115: 3; Jer. 32: 17; Mat. 19: 26; Luc. 1: 37; Rom. 1: 20; Ef. 1: 19.
Dios manifiesta su poder en la creación. Rom. 4: 17; Is. 44: 24; en las obras
de providencia, Heb. 1: 3, y en la redención de los pecadores, 1 Coro 1: 24;
Rom. 1: 16.
PREGUNTAS PARA
AMPLIAR EL ESTUDIO
1. ¿En qué sentidos diferentes podemos hablar' de la
presciencia de Dios?
2. ¿Cómo conciben los arminianos esta presciencia?
3. ¿Qué objeciones hay a la idea jesuita de una scientia
media?
4. ¿Cómo debemos juzgar la moderna insistencia en que el
amor de Dios es el atributo central y todo determinante de Dios?
5. ¿Cuál es la concepción de atto acerca de "lo
santo" en Dios?
6. ¿Que objeción hay a la opinión de que los castigos de
Dios simplemente sirven para reformar al pecador, o para apartar a otros del
pecado?
7. ¿Cuál es el concepto de los Socinianos y de los Grocianos
acerca de la justicia retributiva de Dios?
8. ¿Es correcto decir que Dios puede hacer todas las cosas
en virtud de su omnipotencia?
CAPITULO 8:
LA SANTA TRINIDAD
LA DOCTRINA DE LA TRINIDAD EN LA HISTORIA
La Doctrina de la Trinidad siempre ha estado erizada de
dificultades y por tanto no causa asombro que la Iglesia en su intento de
definirla, repetidamente haya sido tentada a racionalizarla, formulándola en
términos que estaban lejos de hacer justicia a los datos de la Escritura.
EL PERIODO ANTERIOR A LA REFORMA
Los judíos de la época de Jesús insistían reciamente en la
unidad de Dios, y esta insistencia se introdujo en la Iglesia cristiana. El
resultado fue que algunos borraran por completo las distinciones personales en
la Deidad y que otros dejaran de hacer plena justicia a la divinidad esencial
de la Personas segunda y tercera de la Santa Trinidad.
Tertuliano fue el primero que usó el vocablo
"Trinidad" y primero también en formular la doctrina; pero su
definición fue deficiente, puesto que enseñaba una injustificada subordinación
del Hijo al Padre.
Orígenes fue todavía más lejos en esta dirección enseñando
explícitamente que el Hijo está subordinado al Padre con respecto a la esencia,
y que el Espíritu Santo está subordinado aun al Hijo. Defraudó de la esencia
divina a estas dos personas de la Deidad y proporcionó un escalón a los
arrianos que negaron la divinidad del Hijo y del Espíritu Santo, presentando al
Hijo como la primera criatura del Padre, y al Espíritu Santo como la primera
criatura del Hijo.
De esta manera la consubstancialidad del Hijo y del
Espíritu Santo con el Padre fue sacrificada para conservar la unidad de Dios;
y, las tres personas de la divinidad fueron hechas diferentes entre sí en
cuanto a rango. Los arrianos todavía retuvieron una apariencia de la doctrina
de las tres personas en la Deidad, pero este resto fue sacrificado enteramente
por los monarquianos, en parte para favorecer la unidad de Dios, y en parte
para sostener la divinidad del Hijo.
Los monarquianos dinamistas vieron en Jesús solamente un
hombre, y en el Espírito Santo una influencia divina, en tanto que los
monarquianos modalistas consideraron al Padre, al Hijo y al Espíritu Santo
solamente como tres modos de manifestación sucesivamente tomados por la
Divinidad. Por otra parte, hubo también algunos que perdieron de vista la unidad
de Dios hasta el punto de haber desembarcado en el Triteísmo.
Algunos de los posteriores monofisitas, como Juan
Ascunages y Juan Filoponus creyeron en este error. Durante la edad media fue
acusado del mismo error el nominalista Roscelino. En el cuarto siglo la Iglesia
comenzó a formar su doctrina de la Trinidad. El concilio de Nicea declaró que
el Hijo es coesencial con el Padre (325 A.D.) en tanto que el Concilio de
Constantinopla (381 A.D.) sostuvo la deidad del Espíritu Santo, aunque no con
la misma precisión.
Por lo que hace a la relación de las tres personas se
declaró oficialmente que el Hijo es engendrado del Padre y que el Espíritu
Santo procede del Padre y del Hijo. En el Oriente la doctrina de la Trinidad
encontró su más, completo desarrollo en los escritos de Juan de Damasco, y en
Occidente en la gran obra de Agustín De Trinitate. En los escritos del primero
todavía permanece un elemento de subordinación, el cual queda completamente
eliminado en la obra de este último.
EL PERIODO POSTERIOR A LA REFORMA
Después de la Reforma no encontramos ningún avance en el
desarrollo de la doctrina de la Trinidad, pero sí solamente la repetición de
algunas de las definiciones erróneas de los primeros siglos. Los arminianos
Episcopio, Curcellaeus y Limborgh revivieron la doctrina de la subordinación,
principalmente, otra vez, según parece, para mantener la unidad de la Deidad.
Atribuyeron al Padre cierta preeminencia sobre las otras dos personas, en
orden, dignidad y poder.
Una posición algo parecida tomó Samuel Clarke en
Inglaterra, y Kahnis, un teólogo luterano. Otros siguieron el camino trazado
por Sabelius, enseñando una especie de Modalismo, por ejemplo, Emanuel
Swedenborg, que sostuvo que el eterno Dios hombre se hizo carne en el Hijo, y
operó por medio del Espíritu Santo; Hegel, que habla del Padre como Dios en sí
mismo, del Hijo como Dios objetivándose (en sí mismo), y del Espíritu Santo
como Dios volviendo a sí mismo; y Schleiermacher, que consideró a las tres
personas simplemente como tres aspectos de Dios: El Padre es Dios como la
unidad fundamental de todas las cosas, el Hijo es Dios que se convierte en
consciente personalidad en el hombre, y el Espíritu Santo es Dios que vive en
la Iglesia.
Los Socinianos contemporáneos de la Reforma se movieron
siguiendo las ideas arrianas, pero aun fueron más allá de Arria, haciendo de
Cristo nada más que un hombre, y del Espíritu Santo un poder o influencia.
Fueron precursores de los Unitarios y también de los
teólogos liberales40 que hablan de Jesús como de un maestro divino, e
identifican al Espíritu Santo con el Dios inmanente. Finalmente, hubo algunos
que reconociendo la afirmación de la doctrina de una Trinidad ontológica como
ininteligible quisieron alejarse de ella y se sintieron satisfechos con la
doctrina de una Trinidad económica, una Trinidad tal como se revela en la obra
de redención y en la experiencia; de éstos fueron Moisés Stewart, W. L.
Alexander y W. A. Brown. Durante mucho tiempo disminuyó el interés en la
doctrina de la Trinidad, y la discusión teológica se enfocó más particularmente
sobre la personalidad de Dios.
Brunner y Barth de nuevo han llamado la atención a su
importancia. Este último la coloca en lugar muy importante, y la discute en
relación con la doctrina de la revelación, dedicándole 220 páginas de su
Dogmática. Ostensiblemente, deriva de la Escritura su doctrina; pero formal y
lógicamente, encuentra que se halla envuelta en la mera sentencia, "Dios
habla". El es el revelador (Padre), la revelación (Hijo) y la revelacidad
(el Espíritu Santo).
El se revela, El es la revelación, y El es también el
contenido de la revelación. Dios y su revelación se identifican. En su
revelación también permanece Dios, absolutamente libre y soberano. Esta idea de
Barth no es una especie de Sabelianismo, porque él reconoce tres personas en la
Deidad. Todavía más, Barth no admite ninguna subordinación. Dice: "De esta
manera, al mismo Dios que en sin par unidad es Revelador, Revelación y
Revelacidad, se le atribuye también en una sin par variedad en sí mismo,
precisamente este triple modo de ser".
NOTA:
Liberales, no en el sentido político en que se usa este vocablo en las naciones
latinoamericanas, sino en el dogmático. Mejor sería llamarlos teólogos
"anchos" o "largos". N. Del T.
DIOS COMO TRINIDAD EN UNIDAD
La palabra trinidad no solo indica cantidad de tres, sino
que también implica la unidad de los tres. En este concepto se usa como término
técnico en la teología. No es necesario insistir que cuando hablamos de la
Trinidad de Dios, nos referimos a una Trinidad en la Unidad y a una Unidad que
es Trina.
LA PERSONALIDAD DE DIOS Y
LA TRINIDAD
Como dejamos sentado en el capítulo anterior, los
atributos comunicables de Dios dan importancia a su personalidad, puesto que lo
revelan como un Ser racional y moral. En la Escritura su vida surge claramente
ante nosotros como una vida personal, y por consiguiente, es de la mayor
importancia sostener la personalidad de Dios, porque sin ella no puede haber
religión en el sentido verdadero de la palabra, ni oración, ni comunión
personal, ni segura confianza, ni confiada esperanza.
Puesto que el hombre ha sido creado a la imagen de Dios
aprendemos a entender algo de la vida personal de Dios contemplando la
personalidad tal como la conocemos en el hombre. Sin embargo, debemos ser
cautos en no levantar la personalidad del hombre como el modelo por el que se debe
medir la personalidad de Dios.
La forma original de la personalidad no está en el hombre,
sino en Dios; su personalidad es arquetípica, en tanto que la del hombre es de
alto relieve. Esta no es idéntica con aquella, pero tiene débiles rasgos de
parecido con el original. No debiéramos decir que el hombre es personal y que
Dios es súper personal (expresión muy desafortunada), puesto que lo que es
súper personal ya no es personal; sino más bien que la personalidad que en el
hombre aparece como imperfecta, existe en Dios con infinita perfección.
La sobresaliente diferencia entre los dos es que la
personalidad del hombre es unipersonal, mientras que la de Dios es Tripersonal,
y esta Tripersonal existencia es una necesidad en el Ser Divino, y en ningún
sentido es resultado de una elección suya., No podría Dios existir en ninguna
otra forma que la Tripersonal. Esto ha sido defendido de varias maneras. Es muy
común defenderlo partiendo de la idea de la personalidad misma.
Shedd funda su argumento sobre el general consciencia de
sí mismo que tiene el Dios trino como diferente de la particular e individual
consciencia de sí mismo que tiene cada una de las Personas de la Deidad, porque
en la consciencia de sí mismo el sujeto debe conocerse como objeto (de
conocimiento) y también percibir lo que hace. Esto es posible en Dios a causa
de su existencia trina. Shedd dice que Dios no podría contemplarse, conocerse y
comunicarse consigo si no fuera trino en su constitución.
Artlet presenta de manera muy interesante una variedad de
consideraciones para probar que Dios necesariamente es Tripersonal. El
argumento de la personalidad, para probar al menos la pluralidad de Dios puede
expresarse en alguna forma como esta: Entre los hombres el ego despierta a la
consciencia, únicamente por medio de contacto con el no ego.
La personalidad no se desarrolla ni existe en el
aislamiento, sino únicamente en asociación con otras personas De aquí que no es
posible concebir la personalidad en Dios sin la asociación de personas iguales
en El.
Su contacto con sus criaturas no serviría para explicar su
personalidad, como no serviría para explicar la del hombre el contacto que éste
tuviera con los animales. En virtud de la Tripersonal existencia de Dios hay
una plenitud infinita de vida divina en El. Pablo habla de esta Pléroma
(plenitud) de la Divinidad en Ef. 3: 19 y en Col. 1: 9. Atendiendo al hecho de
que hay tres personas en Dios, es mejor decir que Dios es personal, que decir
que Dios es una persona.
LA PRUEBA ESCRITURAL DE LA
DOCTRINA DE LA TRINIDAD
Muy fuera de toda duda la doctrina de la Trinidad es una
doctrina revelada. Es cierto que la razón humana puede sugerir algunos
pensamientos para verificar la doctrina y que los hombres algunas veces sobre
bases puramente filosóficas abandonaron la idea de la mera unidad de Dios e
introdujeron la de movimiento de vida y auto diferenciación. Y también es
cierto que la experiencia cristiana parecería demandar algo así como una
formulación de la doctrina de Dios.
Al mismo tiempo se trata de una doctrina que no habríamos
conocido, ni hubiéramos sido capaces de sostenerla con algún grado de
confianza, sobre la sola base de la experiencia, pues llegó a nuestro
conocimiento mediante revelación especial del mismo Dios. Por tanto es de la
mayor importancia que recojamos las pruebas escriturales de ella.
1. PRUEBAS DEL
ANTIGUO TESTAMENTO.
Algunos de los primitivos Padres de la Iglesia y hasta
algunos teólogos posteriores, sin hacer caso del carácter progresivo de la
revelación de Dios, dieron la impresión de que la doctrina de la Trinidad había
sido completamente revelada en el Antiguo Testamento. Por otra parte los
Socinianos y los Arminianos eran de opinión de que nada de eso se encontraba
allí. Ambos se equivocaron.
El Antiguo Testamento no contiene una revelación completa
de la existencia Trinitaria de Dios; pero contiene varias indicaciones de ella.
Y esto es exactamente lo que debía esperarse. La Biblia nunca trata de la
doctrina de la Trinidad como de una verdad abstracta, pero revela la vida
trinitaria en sus diversas relaciones como una realidad viviente, y hasta
cierto punto, en conexión con las obras de creación y providencia; pero
particularmente en relación con la obra de redención.
Su más fundamental revelación, no está dada en palabras,
sino en hechos. Y esta revelación aumenta en claridad en la medida en que la
obra redentora de Dios se ve más distintamente, como en la encarnación del Hijo
y en el derramamiento del Espíritu Santo. Y mientras más se destaca la gloriosa
realidad de la Trinidad en los hechos de la historia, más claras se hacen las
afirmaciones de la doctrina.
La revelación más completa de la Trinidad en el Nuevo
Testamento se debe al hecho de que el Verbo se hizo carne y el Espíritu Santo
hizo su habitación en la Iglesia. Algunas veces se ha encontrado una prueba de
la Trinidad en la distinción entre Jehová y Elohim, y también en el plural
Elohim, pero aquella distinción es enteramente infundada, y este plural, para
decir lo menos que se puede decir, es muy dudoso, aunque Rottemberg en su obra
sobre De Triniteit in Israels Godsbegrip44 todavía lo sostiene así.
Es mucho más admisible que los pasajes en los que Dios
habla de sí mismo en forma plural, Gen 1: 26 y 11: 7, contengan una indicación
de distinciones personales en Dios, aunque éstas no apunten a una trinidad,
sino tan sólo a una pluralidad de personas. Indicaciones todavía más claras de
tales distinciones personales se encuentran en aquellos pasajes que se refieren
al Ángel de Jehová, a quien por una parte se le identifica con Jehová, y por la
otra se le distingue de Él, Gen 16: 7 13; 18: 1 21; 19: 1 28; Mal 3: 1; y
también en los pasajes en que personifica la Palabra o la Sabiduría de Dios,
Sal 33: 4 y 6; Prov. 8: 12 31.
En algunos casos se menciona a más de una persona, Sal 33:
6; 45: 6 y 7, (compárese Heb. 1: 8 y 9), y en otros Dios es el que toma la
palabra y menciona al Mesías y al Espíritu, o el Mesías es el que toma la
palabra y menciona a Dios y al Espíritu, Is. 48: 16; 61: 1; 63: 9 y 10. De esta
manera el Antiguo Testamento contiene acerca de la Trinidad una clara
anticipación de la revelación que en forma más completa tiene el Nuevo
Testamento.
2. LAS PRUEBAS
DEL NUEVO TESTAMENTO.
El Nuevo Testamento lleva consigo una revelación más clara
de las distinciones que hay en la Deidad. Si en el Antiguo Testamento Jehová
está representado como el Redentor y Salvador de su pueblo, Job 19:25; Sal 19:
14; 78:35; 106:21; Is. 41: 14; 43:3, 11 y 14; 47:4; 49: 7 y 26; 60: 16; Jer.
14: 3; 50: 14; Os. 13: 3, en el Nuevo, el Hijo de Dios claramente se destaca en
esa capacidad, Mat. 1: 21; Luc. 1:76 79; 2:17; Juan 4:42; Hech. 5:3; Gal 3:13;
4:5; Fil 3:30; Tito 2: 13 y 14.
Y si en el Antiguo Testamento es Jehová el que mora en
medio de Israel y en los corazones de los que le temen, Sal 74: 2; 135: 21; Is.
8: 18; 57: 15; Ez. 43:7 9; Joel 3: 17 y 21; Zac. 2: 10 y 11, en el Nuevo es el
Espíritu Santo el que habita en la Iglesia, Hech. 2: 4; Rom. 8: 9 y 11; I Cor.
3: 16; Gal 4: 6; Ef. 2: 22; Santo 4: 5. El Nuevo Testamento ofrece la revelación
clara de 44 Págs. 19 y siguientes.
Dios que envía a su Hijo al mundo, Juan 3: 16; Gal 4: 4;
Heb. 1: 6; I Juan 4: 9; Y los dos el Padre y el Hijo envían al Espíritu Santo,
Juan 14: 26; 15: 26; 16: 7; Gal 4: 6.
Encontramos al Padre dirigiéndose al Hijo, Mar. 1: 11;
Luc. 3: 22; al Hijo comunicándose con el Padre, Mat. 11:25 y 26; 26:39; Juan
11:41; 12:27 y 28; Y al Espíritu Santo orando a Dios en los corazones de los
creyentes, Rom. 8: 26. De esta manera, las personas de la Trinidad,
separadamente, se perfilan con claridad en nuestro entendimiento.
En el bautismo del Hijo, el Padre habla desde el cielo y
el Espíritu Santo desciende en forma de paloma, Mat. 3: 16 y 17. En la gran
comisión Jesús menciona las tres personas: " bautizándoles en el nombre
del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo", Mat. 28: 19.
También se mencionan juntos en I Cor. 12: 4 6; 11 Coro 13:
14, y I Pedro 1: 2. El único pasaje que habla de la tri unidad es 1 Juan 5: 7,
pero es de dudosa genuinidad y debido a eso algunas de las últimas versiones
críticas lo han eliminado.
FORMULACIÓN DE LA DOCTRINA
DE LA TRINIDAD
La doctrina de la Trinidad puede discutirse mejor y
brevemente, relacionándola con varias proposiciones, que juntas constituyen un
epítome de la fe de la Iglesia en relación con este punto.
1. HAY EN EL
SER DIVINO UNA SOLA ESENCIA INDIVISIBLE (OSUSIA, EN GRIEGO, SIGNIFICA ESENCIA).
Dios es uno en la esencia de su Ser, o en su naturaleza
constitucional. Algunos de los primitivos padres de la Iglesia usaron el ba
como una traducción de "hupostasis" y también de "ousia", y
por lo mismo resultaba ambigua. Al presente, los dos términos
"substancia" y "esencia" se usan indistintamente.
No hay objeción a
esto siempre que tengamos en mente que es muy pequeña la diferencia de su
significado. Shedd los distingue de la manera siguiente:
"Esencia es derivado de esse, que significa ser, y
denota un ser activo. Substancia es derivado de substare, y denota la
posibilidad latente de poder ser... El término esencia describe a Dios como una
suma total de infinitas perfecciones; el término substancia lo describe como el
fundamento de infinitas actividades.
La primera es, comparativamente, una palabra activa; la
segunda es pasiva. La primera es, comparativamente, una palabra espiritual, la
segunda es material. Hablamos de substancia material; pero no de esencia
material". Puesto que la unidad de Dios ya fue discutida en el capítulo
precedente no es necesario detenemos en ella con detalles en el estudio de la
Trinidad.
La proposición relativa a la unidad de Dios encuentra su
base en pasajes como Deut. 6: 4; Santo 2: 19; en la aseidad e inmutabilidad de
Dios, y en el hecho de que El se identifica con sus perfecciones, como cuando
se le llama vida, luz, verdad, justicia, etc.
2. EN ESTE SER
DIVINO HAY TRES PERSONAS O SUBSISTENCIAS INDIVIDUALES".
Padre, Hijo y Espíritu Santo. Esto está probado por los
diversos pasajes citados para demostrar la genuinidad de la doctrina de la
Trinidad. Para denotar estas distinciones en la Deidad, los escritores griegos
acostumbraban emplear el término hupostasis, en tanto que los autores latinos
usaban el vocablo persona, y algunas veces substantia. Debido a que la primera
se prestaba a errores, y la segunda era ambigua, los escolásticos acuñaron la
palabra subsistentia.
La variedad de los términos usados indica el hecho de que
siempre se sintió que eran inadecuados. Se admite comúnmente que la palabra
"persona" es tan sólo expresión imperfecta de la idea. En el lenguaje
diario denota un individuo racional y moral, separado, que posee consciencia de
sí mismo, y es consciente de su identidad en medio de todos los cambios.
La experiencia enseña que donde hay una persona también
hay una esencia individual distinta. Cada persona es un individuo distinto y
separado, en quien la naturaleza humana está individualizada. Pero en Dios no
hay tres individuos, uno junto al otro y separados uno del otro; sino solamente
distinciones personales de uno mismo, dentro de la esencia divina, que es una
no sólo genérica, sino también numéricamente.
En consecuencia muchos prefieren hablar de tres hipóstasis
en Dios, tres diferentes modos, no de manifestación como enseñaba Sabelius,
sino de existencia o de subsistencia. De esta manera lo expresa Calvino:
"Por persona, entonces, quiero decir, una subsistencia en la Divina
esencia una subsistencia que en tanto que se relaciona con las otras dos, se
distingue de ellas a causa de propiedades incomunicables".46 Esto es
perfectamente permisible y puede preservamos de error, pero no nos debiera
hacer perder de vista el hecho de que las distinciones de uno mismo en el Ser
Divino, implican un "Yo", un "Tú" y un "El" en el
Ser de Dios, el cual asume relaciones personales de uno al otro Mat. 3: 16; 4:
1; Juan 1: 18; 3: 16; 5:20 22; 14:26; 15:26; 16: 13 15.
3. LA ESENCIA DE DIOS, PLENA, NO FRAGMENTADA, PERTENECE
POR IGUAL A CADA UNA DE LAS TRES PERSONAS.
Esto significa que la esencia divina no está dividida
entre las tres personas, sino que está plenamente con todas sus perfecciones en
cada una de las personas, de tal manera que tienen una unidad numérica de
esencia.
La naturaleza divina se distingue de la humana en que
puede subsistir completa e individualmente en más de una persona en tanto que
tres personas humanas tienen sólo una unidad específica de naturaleza o
esencia, es decir, participan de la misma clase de naturaleza o esencia; las
personas de la Deidad tienen una unidad numérica de esencia, es decir, poseen
idéntica esencia.
La naturaleza o esencia humana puede considerarse como una
especie de la cual cada hombre tiene una parte individual, de manera que hay la
unidad específica (derivada de especie) ; pero la naturaleza divina es
indivisible, y por tanto, idéntica en las personas de la Deidad. Es numéricamente
una y la misma, y por tanto, la unidad de la esencia en las personas es una
unidad numérica. De esto se sigue que la esencia divina no es una existencia
independiente que va con las tres personas.
No existe fuera ni aparte de las tres personas. Si existiera
así, no habría verdadera unidad, sino una división que conduciría al Triteísmo.
La distinción personal es una dentro de la esencia divina. Tiene, como
acostumbra decirse, tres modos de subsistencia. Otra conclusión que se deduce
de lo anterior, es que no puede haber subordinación tratándose de la esencia
del Ser, de una persona de la Deidad hacia la otra, y por consiguiente ninguna
diferencia en dignidad personal.
Esto debe sostenerse en contra del subordinacionismo de
Orígenes y de otros primitivos padres de la Iglesia, de los arminianos, y de
Clarke y otros teólogos anglicanos. La única subordinación de que podemos
hablar es de la que se refiere al orden y a la relación.
Especialmente cuando reflexionamos sobre la relación de
las tres personas de la esencia divina es cuando todas las analogías nos fallan
y comprendemos profundamente el hecho de que la Trinidad es un misterio que
está mucho más allá de nuestra comprensión. Es la incomprensible gloria de la
Divinidad.
Precisamente como la naturaleza humana es demasiado rica y
demasiado plena para caber en un único individuo, y sólo halla su adecuada
expresión en la humanidad como un todo, así el Ser Divino se desarrolla en toda
su plenitud solamente en la triple subsistencia de Padre, Hijo y Espíritu
Santo.
4. LA
SUBSISTENCIA Y OPERACIÓN DE LAS TRES PERSONAS DE SER DIVINO ESTÁN MARCADAS POR
UN SEGURO Y DEFINIDO ORDEN.
Hay un orden seguro en la Trinidad ontológica. En subsistencia
personal el Padre es primero; el Hijo, segundo, y el Espíritu Santo, tercero.
Difícilmente sería necesario decir que este orden no entraña ninguna prioridad
de tiempo, o de dignidad de esencia, sino solamente un orden lógico de
derivación. El Padre ni es engendrado ni procede de ninguna de las otras
personas; el Hijo es eternamente engendrado del Padre, y el Espíritu Santo
procede del Padre y del Hijo desde toda eternidad.
Generación y procesión tienen lugar en el Ser divino e
implican una cierta subordinación como el modo de subsistencia personal; pero
ninguna subordinación que tenga que ver con la posesión de la esencia divina.
Esta Trinidad ontológica y su orden inherente es la base metafísica de la
Trinidad económica.
Luego, pues, no es sino natural que el orden que existe en
la Trinidad de esencia se refleje en la opera ad extra que más particularmente
se atribuyen a cada una de las personas. La Escritura indica claramente este
orden en las que se llaman praepositiones distinctionales, ek, día y en que se
usan para expresar la idea de que todas las cosas son originadas del Padre, por
medio del Hijo y en el Espíritu Santo.
5. HAY CIERTOS ATRIBUTOS PERSONALES POR MEDIO DE LOS
CUALES SE DISTINGUEN LAS TRES PERSONAS.
Se llaman opera ad intra porque son obras internas del ser
Divino, que no termina sobre la criatura. Son operaciones personales, no
ejecutadas por las tres personas juntamente, y son incomunicables.
Generación es un acto solamente del Padre, filiación
pertenece al Hijo exclusivamente, y procesión puede atribuirse solamente al
Espíritu Santo., Como opera ad intra, estos trabajos se distinguen de los opera
ad extra, que son aquellas actividades y resultados por medio de los cuales la
Trinidad se manifiesta fuera de ella.
Estos nunca son trabajos de una persona exclusivamente;
sino siempre, trabajos del Ser Divino como un todo. Al mismo tiempo es verdad
que en el orden económico de las obras de Dios algunas de las opera ad extra se
atribuyen más particularmente a una persona; y las otras especialmente a otra.
Aunque todas son obras de las tres personas juntamente, la
creación se atribuye principalmente al Padre, la redención al Hijo, y la
santificación al Espíritu Santo. Este orden en las operaciones divinas señala a
lo ya dicho acerca del orden esencial en Dios, y forma la base para lo que
generalmente se conoce como la Trinidad económica.
6. LA IGLESIA CONFIESA QUE LA TRINIDAD ES UN MISTERIO QUE
SOBREPASA LA COMPRENSIÓN DEL HOMBRE.
La Trinidad es un misterio no precisamente en el sentido
bíblico en que eso es una verdad que anteriormente estuvo escondida, pero que
ahora ha sido revelada; sino en el sentido que el hombre no puede comprenderla
y hacerla inteligible. Es inteligible en algunas de sus relaciones y modos de
manifestación; pero ininteligible en su naturaleza esencial.
Los numerosos esfuerzos que han sido hechos para explicar
el misterio fueron especulativos más bien que teológicos. Invariablemente
dieron por resultado el desarrollo de concepciones triteístas o modalistas de
Dios, la negación de la unidad de la esencia divina, o de la realidad de las
distinciones personales dentro de la esencia.
La dificultad verdadera está en conocer la relación que
las personas en la Deidad conservan respecto a la esencia divina, y una para
con la otra; y esta es una dificultad que la Iglesia no puede remover; sino
únicamente tratar de reducir a sus debidas proporciones mediante una adecuada
definición de los términos. La Iglesia nunca ha tratado de explicar el misterio
de la Trinidad, únicamente trata de formular la doctrina respectiva, en tal
forma que los errores en que se peligra se eviten.
VARIAS ANALOGÍAS SUGERIDAS
PARA ARROJAR LUZ SOBRE EL TEMA
Desde muy al principio de la era cristiana se hicieron
intentos de arrojar luz sobre el trino Ser de Dios, sobre la Trinidad en la
unidad, y la unidad en la Trinidad, por medio de analogías traídas de
diferentes fuentes. Aunque todas resultaron deficientes no puede negarse que
fueron de algún valor en la discusión trinitaria. Esto se aplica
particularmente a aquellas que se derivan de la naturaleza constitucional o de
la psicología del hombre.
Atendiendo al hecho de que el hombre fue creado a la
imagen de Dios', no es sino natural aceptar que si hay algunos rasgos de la
vida trinitaria en la criatura, los más claros se hallarán en el hombre.
1. ALGUNAS DE ESTAS ILUSTRACIONES O ANALOGÍAS SE TOMARON
DE LA NATURALEZA INANIMADA O DE LA VIDA DE LAS PLANTAS, COMO EL AGUA DE LA
FUENTE, EL ARROYUELO Y EL RÍO; O LA NIEBLA, LA NUBE Y LA LLUVIA; O EN LA FORMA
DE LLUVIA, NIEVE Y HIELO; Y COMO EL ÁRBOL CON SU RAÍZ, TRONCO Y RAMAS.
Estas y todas las ilustraciones parecidas son muy
deficientes. Es claro que les falta completamente la idea de la personalidad; y
aunque proporcionan ejemplos de una naturaleza o sustancia común, no son
ejemplos de una esencia común que esté presente no sólo en parte, sino
totalmente, en cada una de sus partes o formas constituyentes.
2. OTRAS, DE
MAYOR IMPORTANCIA, FUERON SACADAS DE LA VIDA DEL HOMBRE, PARTICULARMENTE DE LA
CONSTITUCIÓN Y DE LOS PROCESOS DE LA MENTE HUMANA.
Estas fueron consideradas como de especial significación,
porque el hombre lleva la imagen de Dios. A esta clase pertenece la unidad
psicológica del intelecto, los afectos y la voluntad (Agustín); la unidad
lógica de tesis, antítesis y síntesis (Hegel); y la unidad metafísica de
sujeto, objeto y sujeto objeto (Olshausen, Shedd). En todas éstas tenemos una
cierta trinidad en unidad; pero no una tripersonalidad en unidad o sustancia.
3. TAMBIÉN SE HA LLAMADO LA ATENCIÓN A LA NATURALEZA DEL
AMOR QUE PRESUPONE UN SUJETO Y UN OBJETO, Y RECLAMA LA UNIÓN DE ESTOS DOS, DE
TAL MANERA QUE CUANDO EL AMOR TIENE PERFECTA SU OBRA, INCLUYE LOS TRES
ELEMENTOS.
Pero es fácil descubrir que esta analogía está coja puesto
que coordina dos personas y una relación. No ilustra en absoluto una triple
personalidad. Además, solamente se refiere a una cualidad y para nada a una
sustancia poseída en común por el sujeto y el objeto.
LAS TRES PERSONAS CONSIDERADAS SEPARADAMENTE EL PADRE O LA
PRIMERA PERSONA DE LA TRINIDAD.
1. EL NOMBRE "PADRE" SE APLICA A DIOS.
En la Escritura este nombre no siempre se le da a Dios en
el mismo sentido.
A. Algunas veces se le da al Dios Trino como el origen de
todas las cosas creadas, I Cor. 8: 6; Ef. 3: 15; Heb. 12: 9; Santo 1: 17.
Mientras que en estos casos se aplica el nombre al Dios Trino, se refiere más
particularmente a la primera persona, a quien en la Escritura se atribuye más
especialmente el trabajo de la creación.
B. El nombre también se da al Dios Trino para expresar la
relación teocrática en la cual El permanece para con Israel como su pueblo del
Antiguo Testamento. Deut. 32:6; Is. 63: 16; 64:8; Jer. 3:4 Mal 1:6; 2: 10.
C. En el Nuevo Testamento el nombre generalmente se usa para
designar al Dios Trino, como el Padre, en un sentido ético, de todos sus hijos
espirituales, Mat. 5: 45;6: 6 15; Rom. 8: 16; 1 Juan 3 : 1.
D. En un sentido enteramente diferente, sin embargo, el
nombre se aplica a la primera persona de la Trinidad en su relación con la
segunda persona, Juan 1: 14 y 18; 5: 17 26; 8: 54; 14: 12 y 13. La primera
persona es Padre de la segunda en un sentido metafísico. Esta es la paternidad
original de Dios, de la cual toda paternidad terrenal no es sino débil reflejo.
2. LA
PROPIEDAD DISTINTIVA DEL PADRE.
La propiedad personal del Padre es, negativamente
hablando, que El no es engendrado, y positivamente hablando, la generación del
Hijo y la espiración del Espíritu Santo. Es verdad que la espiración es también
un trabajo del Hijo; pero en éste no está combinada con la generación.
Estrictamente hablando, el único trabajo que es peculiar exclusivamente del
Padre es el de generación activa.
3. LA OPERA AD
EXTRA SE ATRIBUYE MÁS PARTICULARMENTE AL PADRE.
Todas las opera ad extra de Dios, son obras del Dios Trino,
pero en algunas de estas Obras el Padre evidentemente se destaca, por ejemplo:
A. En el designio de la obra de redención, incluyendo la
elección, de la cual el Hijo mismo fue un objeto, Sal 2: 7 9; 40: 6 9; Is. 53:
10; Mat. 12: 32; Ef. 1: 36
B. Las obras de creación y providencia, especialmente en sus
etapas iníciales, 1 Cor. 8: 6; Ef. 2: 9.
C. El trabajo de representar a la Trinidad en el consejo de
Redención, como el Ser santo y justo cuyo derecho fue violado, Sal 2: 7 9; 40:6
9; Juan 6:37 y 38; 17:4 7.
EL HIJO, O LA SEGUNDA
PERSONA DE LA TRINIDAD.
1. EL NOMBRE
"HIJO" SE APLICA A LA SEGUNDA PERSONA.
La segunda persona de la Trinidad se llama
"Hijo" o "Hijo de Dios" en más de un sentido de la palabra.
A. En un sentido metafísico. Esto debe sostenerse en contra
de los Socinianos y los Unitarios, que rechazan la idea de una Deidad
Tripersonal, ven en Jesús un mero hombre y consideran el nombre "Hijo de
Dios" dado a Él, principalmente como un título honorífico que le fue
conferido. Es del todo evidente que Jesucristo se presenta en la Escritura como
el Hijo de Dios, sin tomar en cuenta su posición y oficio de mediador.
I. Se habla de Él como el Hijo de Dios desde un punto de
vista anterior a la encarnación, por ejemplo en Juan 1: 14 y 18; Gal 4: 4.
II. Se le llama el Unigénito Hijo de Dios o del Padre, un
término que no podría aplicarse a Él, si fuera Hijo de Dios solamente en un
sentido oficial o ético, Juan 1: 14 y 18; 3: 16 y 18; I Juan 4: 9; compárese II
Sam. 7: 14; Job 2: 1; Sal 2: 7; Luc. 3: 38; Juan 1: 12.
III. Del contexto de algunos pasajes resulta abundantemente
evidente que el nombre es indicativo de la Deidad de Cristo, Juan 5: 18 25;
Heb. 1.
IV. En tanto que Jesús enseñaba a sus discípulos a hablar de
Dios y a dirigirse a Él como "nuestro Padre", El mismo habla de El
sencillamente como "Padre" o "mi Padre", y por lo mismo
demuestra que era consciente de una relación única con el Padre, Mat. 6: 9; 7:
21; Juan 20: 17.
V. Según Mat. 11: 27, Jesús como el Hijo de Dios, demuestra
tener un conocimiento único de Dios, un conocimiento tal que ningún otro puede
poseer.
VI. Los judíos ciertamente entendieron que Jesús declaraba
que El era el Hijo de Dios en un sentido metafísico porque consideraron que era
una blasfemia la manera en que se refería a sí mismo como el Hijo de Dios, Mat.
26: 63 ; Juan 5: 18; 10: 36.
B. En un sentido oficial o mesiánico. En algunos pasajes
este significado del nombre está combinado con el que acabamos de mencionar.
Los siguientes pasajes dan el nombre "Hijo de Dios" a Cristo como
Mediador, Mat. 8: 29; 26: 63 (en donde este significado se combina con el
otro); 27: 40; Juan 1: 49; 11: 27.
Esta calidad de Mesías y de Hijo que hay en Cristo, se
relaciona de consiguiente con su posición original de Hijo. Únicamente porque
El era esencial y eternamente el Hijo de Dios habría de llamarse, como Mesías,
el Hijo de Dios. Además, Cristo, en su calidad de Mesías Hijo, refleja su
posición eterna de Hijo. Así es, como desde el punto de vista de su calidad de
Mesías Hijo, a Dios mismo se le llama el Dios del Hijo, II Coro 11: 31; Ef. 1:
3; y algunas veces se le menciona como Dios para distinguirle del Señor, Juan
17: 3; I Cor. 8: 6; Ef. 4: 5 y 6.
C. En el sentido de la natividad. El nombre "Hijo de
Dios" se le da también a Jesús en atención al hecho de que El debe su
nacimiento a la paternidad de Dios. Fue engendrado, en lo que atañe a su
naturaleza humana, por la operación sobrenatural del Espíritu Santo, y en este
sentido es el Hijo de Dios. Esto está claramente indicado en Luc. 1: 32 y 35. Y
puede, probablemente, inferirse también de Juan 1: 13.
2. LA
SUBSISTENCIA PERSONAL DEL HIJO.
La subsistencia personal del Hijo debe sostenerse en
contra de todos los modalistas quienes en una o en otra forma niegan las
distinciones personales en la Deidad. La personalidad del Hijo debe formularse
de la manera siguiente:
A. El modo en que la Biblia habla del Padre y del Hijo, uno
al lado del otro, implica que el uno es tan personal como el otro, y es también
indicativo de una relación personal existente entre los dos.
B. El uso de los apelativos "unigénito" y
"primogénito" implica que la relación entre el Padre y el Hijo aunque
única, puede, sin embargo expresarse como una de generación y nacimiento. El
nombre "primogénito" se encuentra en Col. 1: 1 5; Heb. 1: 6; Y
recalca el hecho de la eterna generación del Hijo. Significa sencillamente que
El ya era antes de toda creación.
C. El uso distintivo del término "Logos" en la
Escritura, señala en la misma dirección. Este término se aplica al Hijo, no
principalmente para expresar su relación con el mundo (cosa completamente
secundaria) sino para indicar la íntima relación que guarda con el Padre,
relación semejante a la que tiene la palabra con el que la pronuncia. La
Biblia, a diferencia de la filosofía presenta al Logos como persona y lo
identifica con el Hijo de Dios, Juan 1: 1 14; 1 Juan 1: 1 3.
D. La descripción del Hijo como imagen, o como la misma
imagen de Dios en II Coro 4: 4; Col. 1: 15; Heb. 1: 3. Dios se destaca
claramente en la Escritura como un Ser personal. Si el Hijo de Dios es la misma
imagen 'de Dios, entonces también debe ser persona.
3. LA
GENERACIÓN ETERNA DEL HIJO.
La propiedad del Hijo es ser eternamente engendrado del
Padre (lo que brevemente se llama "filiación"), y participa con el
Padre en la espiración del Espíritu. La doctrina de la generación del Hijo está
sugerida por la presentación bíblica de la primera y segunda personas de la
Trinidad que permanecen en la relación del Padre e Hijo, recíprocamente.
No solamente sugieren los nombres "Padre" e
"Hijo" la generación del segundo por el primero, sino que el Hijo
también repetidamente recibe el nombre de "unigénito", Juan 1: 14 y
18; 3: 16 y 18; Heb. 11: 17; 1 Juan 4: 9. En relación con la generación del
Hijo hay varias particularidades que merecen insistencia:
A. Es un acto necesario de Dios. Orígenes, uno de los
primerísimos que hablaron de la generación del Hijo, lo consideraba como un
acto dependiente de la voluntad del Padre y por tanto libre. Otros, en diversos
tiempos expresaron la misma opinión. Pero Atanasio y otros vieron claramente
que una generación dependiente de la voluntad opcional del Padre, habría
convertido en contingente la existencia del Hijo y lo habría despojado de su
Deidad.
Luego el Hijo no sería igual a, y homoousios con el Padre,
porque el Padre existe necesariamente y no puede concebirse como no existente.
La generación del Hijo debe considerarse como un acto necesario y perfectamente
natural de Dios. Esto no significa que no tenga relación con la voluntad del
Padre en ningún sentido de la palabra. Es un acto de la voluntad necesaria del
Padre, que significa que su voluntad concomitante toma perfecta delicia en
ello.
B. Es un acto eterno del Padre. Esto naturalmente se sigue
de lo precedente. Si la generación del Hijo es un acto necesario del Padre de
tal manera que resulta imposible concebirlo como no generando, entonces ese
acto de generación participa de la eternidad del Padre. Esto no significa, sin
embargo, que es un acto que fue terminado en un muy distante pasado, sino más
bien, que es un acto que no pertenece al tiempo, acto de un eterno presente, un
acto siempre continuo y ya siempre completo.
Su eternidad se deduce, no solamente de la eternidad de
Dios, sino también de la divina inmutabilidad y de la verdadera deidad del
Hijo. Además, esto también se infiere de aquellos pasajes de la Escritura que
enseñan o bien la preexistencia del Hijo o su igualdad con el Padre, Miq. 5: 2;
Juan 1: 14 y 18; 3: 16; 5: 17, 18, 30 y 36; Hech. 13: 33; Juan 17: 5; Col. 1:
16; Heb. 1: 3. La declaración del Sal 2: 7, "Tú eres mi Hijo; Yo te
engendré hoy", se cita generalmente para probar la generación del Hijo;
pero según otros, este pasaje, más bien es de dudosa aplicación, compárense
Hech. 13: 33; Heb. 1: 5.
Conjeturan éstos que tales palabras se refieren a la
Exaltación de Jesús como Rey Mesiánico, y a su reconocimiento, en sentido
oficial, como Hijo de Dios, y que deberían, probablemente, ligarse con la
promesa que se encuentra en II Sam. 7: 14; precisamente como están en Heb. 1:
5.
C. Se trata de una generación de subsistencia personal más
bien que de la esencia divina del Hijo. Algunos se han expresado como si el
'Padre generara la esencia del Hijo; pero esto equivaldría a decir que Dios
genera su propia esencia, porque la esencia de ambos, Padre e Hijo, es
exactamente la misma. Es mejor decir que el Padre genera la subsistencia
personal del Hijo, pero que por eso mismo le comunica la esencia divina en su
totalidad.
Nada más que al hacer esto debemos cuidarnos de admitir la
idea de que el Padre primero generó a una segunda persona, y luego le comunicó
la esencia divina porque eso nos llevaría a la conclusión de que el Hijo no fue
generado de la esencia divina, sino creado de la nada. En la obra de
generación, hubo una comunicación de esencia; fue un acto indivisible.
Y en virtud de esta comunicación el Hijo también tiene
vida en sí mismo. Esto está de acuerdo con las palabras de Jesús: "Porque
como el Padre tiene vida en sí mismo, así también ha dado al hijo el tener vida
en sí mismo", Juan 5: 26.
D. Se trata de una generación que debe concebirse como
espiritual y divina. En oposición a los arrianos que insistían en que la
generación del Hijo necesariamente implicaba separación o división en el Ser
Divino, los Padres de la Iglesia insistieron en que la generación no debe
concebirse al modo que pasa en las criaturas físicas, sino que debe reconocerse
como espiritual y divina, excluyendo toda idea de división o cambio.
La generación trae distinctio y distributio pero no
diversitas ni división en el Ser Divino. (Bavinck) La más sorprendente analogía
de la generación la hallamos en el pensamiento y la palabra del hombre, y la
misma Biblia parece señalar a esto cuando habla del Hijo como del Logos.
E. Podemos dar de la generación del Hijo, la siguiente
definición: Es aquel acto necesario y eterno de la primera persona de la
Trinidad, por medio del cual, dentro del Ser divino está la base para una
segunda subsistencia personal semejante a la misma del Padre, y pone a esta
segunda persona en posesión de la completa esencia divina, sin ninguna
división, enajenación o cambio.
4. LA DEIDAD
DEL HIJO.
La deidad del Hijo fue negada en la Iglesia primitiva por
los ebionistas y los alogos, y también por los monarquianos dinamistas y los
arrianos. En la época de la Reforma, siguieron el ejemplo de aquellos los
Socinianos, hablando de Jesús como de un mero hombre. Toman la misma posición
Schleiermacher, Ritschl, una hueste de eruditos anchos (liberales),
particularmente en Alemania; los Unitarios, los Modernistas y los Humanistas de
la actualidad. Les resulta posible hacer tal negación a aquellos que
desatienden la Escritura, puesto que si la atendieran hallarían que la Biblia
contiene abundancia de evidencia de la deidad de Cristo.
A. Encontramos que la Escritura explícitamente afirma la
deidad del Hijo, en pasajes como Juan 1:1; 20:28; Rom. 9:5; Fil 2:6; Tít. 2:13;
I Juan 5:20
B. Le aplica nombres divinos, Is. 9: 6; 40: 3; Jer. 23: 5 y
6; Joel 3: 32 (compárese Hech. 2:21); I Tim. 3: 16
C. Se le reconocen atributos divinos, como la existencia
eterna, Is. 9: 6; Juan 1: 1 y 2; Apoc. 1: 8; 22: 13, omnipresencia, Mat. 18:
20; 28: 20; Juan 3: 13, omnisciencia, Juan 2: 24 y 25; 21: 17; Apoc. 2: 23,
omnipotencia, Is. 9: 6; 47 Esto
está admirablemente sumariado en obras como las siguientes: Liddon's The
Divinity of our Lord, Fil 3:
21; Apoc. 1: 8; inmutabilidad, Heb. 1: 10 12; 13: 8, y en general cada uno de los
atributos que pertenecen al Padre, Col. 2: 9;
D. Habla de El cómo hacedor de obras divinas, como la
creación, Juan 1: 3 y 10; Col. 1: 16; Heb. 1: 2 y 10, la Providencia, Luc.
10:22; Juan 3:35; 17:2; Ef. 1: 22; Col. 1: 17; Heb. 1:3, el perdón de los
pecados, Mat. 9: 2 7; Marc. 2: 7 10; Col. 3: 13; la resurrección y el juicio,
Mat. 25:31 y 32; Juan 5:19 29; Hech. 10:42; 17:31; Fil 3:21; TI Tim. 4: 1, la
disolución final y la renovación de todas las cosas, Heb. 1: 10 12; Fil 3: 21;
Apoc. 21: 5, y
E. Le tributa honores divinos, Juan 5: 22 y 23; 14: 1; I
Cor. 15: 19; 2ª Cor 13: 13; Heb. 1: 6;
Mat. 28: 19.
5. EL LUGAR
DEL HIJO EN LA TRINIDAD ECONÓMICA.
Debería notarse que el orden de existencia en la Trinidad
esencial u ontológica se refleja en la Trinidad económica. El Hijo ocupa el
segundo lugar en las opera ad extra. Si todas las cosas son por el Padre, todas
son por medio del Hijo, I Cor. 8: 6. Si al primero se le presenta como la causa
absoluta de todas las cosas, el segundo se destaca claramente como la causa
mediante.
Esto se aplica en la esfera natural en donde todas las
cosas son creadas y mantenidas por medio del Hijo, Juan 1: 3 y 10; Heb. 1: 2 y
3. El es la luz que alumbra a todo hombre que viene a este mundo, Juan 1: 9.
También se aplica a la obra de redención. En el Consejo de
Redención, El se comprometió a ser el Fiador de su pueblo y a ejecutar el plan
de redención hecho por el Padre, Sal 40: 7 y 8; El logra esto más
particularmente en su encarnación, sufrimientos y muerte, Ef. 1: 3 14. En
relación con su función se le adjudican especialmente los atributos de
sabiduría y poder, I Cor. 1: 24; Heb. 1: 3, y de misericordia y gracia, II Co
13: 13; Ef. 5: 2 y 25.
EL ESPÍRITU SANTO O LA
TERCERA PERSONA DE LA TRINIDAD
1. EL NOMBRE DE LA TERCERA PERSONA DE LA TRINIDAD. EN
TANTO QUE SE NOS DICE EN JUAN 4: 24 QUE DIOS ES ESPÍRITU, ESTE NOMBRE SE APLICA
MÁS PARTICULARMENTE A LA TERCERA PERSONA DE LA TRINIDAD.
El término hebreo por medio del cual se designa es ruach,
y el del griego pneuma y ambos son, como también el del Latín spiritus,
derivados de raíces cuyo significado es "respirar". De aquí que
también puedan traducirse "aliento", Gen 2: 7; 6: 17; Ez. 37: 5 y 6,
o "viento", Gen 8: 1; I Reyes 19: 11; Juan 3: 8.
El Antiguo Testamento, generalmente, usa el término
"espíritu" sin mencionar ninguna cualidad, o habla del "Espíritu
de Dios" o del "Espíritu del Señor", y emplea el término
"Santo Espíritu" únicamente en el Sal 51: 11; Is. 63: 10 y 11, en
tanto que en el Nuevo Testamento ésta se ha convertido ya en una designación
muy común para la tercera persona de la Trinidad.
Es un hecho sorprendente que mientras el Antiguo
Testamento repetidamente llama a Dios "el Santo de Israel", Sal
71:22; 89:18; Is. 10:20; 41:14; 43:3; 48:17, el Nuevo Testamento rara vez
aplica el adjetivo "Santo" a Dios en general, sino que lo usa muy
seguido para caracterizar al Espíritu.
Esto se debe con toda probabilidad, al hecho de que fue,
especialmente, en el Espíritu y en su obra santificadora en donde Dios se
reveló como el Santo. El Espíritu Santo es el que hace su morada en el corazón
de los creyentes, el que los separa para Dios, y el que los limpia del pecado.
2. LA
PERSONALIDAD DEL ESPÍRITU SANTO.
Los términos "Espíritu de Dios" o "Santo
Espíritu" no sugieren por sí mismos la personalidad, como tampoco lo hace
la palabra "Hijo". Además la persona del Espíritu Santo no aparece
entre los hombres en una forma personal, claramente discernible, como apareció
la persona del Hijo de Dios.
De esto resultó que con frecuencia la personalidad del
Espíritu Santo fue negada en la Iglesia Primitiva por los Monarquianos y por
los Pneumatomaquianos. En esta negación fueron seguidos por los Socinianos, en
el tiempo de la Reforma. Todavía más tarde, Schleiermacher, Ritschl, los
unitarios, los actuales modernistas y todos los modernos sabelianos rechazan la
personalidad del Espíritu Santo.
Frecuentemente se oye decir, en la actualidad, que
aquellos pasajes que parecen implicar la personalidad del Espíritu Santo
simplemente contienen personificaciones. Pero las personificaciones ciertamente
son raras en los escritos en prosa en el Nuevo Testamento, y pueden reconocerse
fácilmente.
Además, una explicación como esa, claramente destruye el
sentido de algunos de estos pasajes, por ejemplo: Juan 14: 26; 16: 7 11; Rom.
8: 26. La prueba escritural en favor de la personalidad del Espíritu Santo es
perfectamente suficiente:
A. Se le dan designaciones que son propias de una
personalidad. Aunque pneuma es neutro, sin embargo, el pronombre masculino
ekeinos es el que se usa respecto del Espíritu en Juan 16: 14; y en Ef.1: 14
algunas de las mejores autoridades tienen el pronombre masculino relativo
hos. Además, el nombre Paracleto se
aplica a Él, Juan 14: 26; 15: 26; 16: 7, el cual no puede ser traducido por
"confort" o ser considerado como nombre de una influencia abstracta.
Se indica que se trata de una persona por el hecho de que el Espíritu Santo
como Consolador está colocado en yuxtaposición con Cristo como el Consolador
que está a punto de partir y a quien se aplica el mismo término en I Juan 2: 1.
Es cierto que este término está seguido por los neutros ho y auto en Juan 14: 16
18; pero esto se debe al hecho de que interviene pneuma.
B. Se adjudican a Ellas características de una persona como
la inteligencia, Juan 14: 26; 15: 26; Rom. 8: 16; la voluntad, Hech. 16: 7; I
Cor. 12: 11, y afectos, Is. 63: 10; Ef. 4: 30. Además, El realiza actos propios
de la personalidad. Investiga, habla, testifica, ordena, revela, se empeña,
crea, hace, intercede, resucita a los muertos, etc., Gen 1:2; 6:3; Luc. 12:12;
Juan 14:26; 15:26; 16:8; Hech. 8:29; 13: 2; Rom. 8: 11; I Cor. 2: 10 y 11. Quien
hace estas cosas no puede ser un mero poder o influencia; debe ser una persona.
C. Se le presenta sosteniendo con otras personas tales
relaciones que implican su propia personalidad. Se le coloca en yuxtaposición
con los apóstoles en Hech. 15: 28, con Cristo en Juan 16: 14; y con el Padre y
el Hijo en Mat. 2: 19; II Cor. 13: 13; I Pedro 1: 1 y 2; Judas 20 y 21. Una
sana exégesis requiere que en' todos estos pasajes el Espíritu Santo sea
considerado como una persona.
D. Hay también pasajes en los que se distingue entre el
Espíritu Santo y su poder Luc. 1: 35; 4: 14; Hech. 10: 38; Rom. 15: 13; I Cor.
2: 4. Tales pasajes se convertirían en tautológicos, insulsos, y hasta absurdos
si tuvieran que interpretarse sobre el principio de que el Espíritu Santo poder.
Esto puede demostrarse sustituyendo el nombre por una palabra como
"poder" o "influencia" es meramente un "Espíritu
Santo"
3. LA RELACIÓN
DEL ESPÍRITU SANTO CON LAS OTRAS PERSONAS DE LATRINIDAD.
Las primitivas controversias trinitarias condujeron a la
conclusión de que el Espíritu Santo, tanto como el Hijo, es de la misma esencia
del Padre y, por tanto, es consubstancial con El. Y la prolongada disputa
promovida acerca de esta cuestión, si el Espíritu Santo procede del Padre
solamente o también del Hijo fue finalmente decidida por el Sínodo de Toledo en
589, añadiendo la palabra "Filioque" a la versión latina del Credo de
Constantinopla: "Credimus in Spiritum Sanctum qui a Patre Filioque
procedit" ("Creemos en el Espíritu Santo que procede del Padre y del
Hijo").
Esta procesión del Espíritu Santo llamada con brevedad
espiración, es su propiedad personal. Mucho de lo que ya ha sido dicho respecto
a la generación del Hijo también se aplica a la espiración del Espíritu Santo y
no es necesario repetirlo. Sin embargo, deben notarse los siguientes puntos de
distinción entre los dos:
A. La generación es la obra del Padre solamente; la
espiración es la obra de ambos, el Padre y el Hijo.
B. Por la generación el Hijo está capacitado para tomar
parte en la obra de espiración; pero el Espíritu Santo no adquiere tal poder.
C. En orden lógico la generación precede a la espiración.
Debe recordarse, sin embargo, que todo esto no implica subordinación esencial
del Espíritu Santo al Hijo. En la espiración tanto como en la generación hay
una comunicación de la plenitud de la esencia divina, por lo que el Espíritu
Santo está en igualdad con el Padre y con el Hijo.
La doctrina de que el Espíritu Santo procede del Padre y
del Hijo, está fundada en Juan 15: 26, y sobre el hecho de que el Espíritu
también se llama Espíritu de Cristo, y del Hijo, Rom. 8: 9; Gal 4: 6, y es
enviado por Cristo al mundo. La espiración puede definirse como aquel eterno y
necesario acto de la primera y segunda personas de la Trinidad por medio del
cual, ellos, dentro del Ser Divino, se convierten en la base de la subsistencia
personal del Espíritu Santo, y ponen a la tercera persona en posesión de la
plenitud de la divina esencia, sin ninguna división, enajenación o cambio.
El Espíritu Santo permanece en la relación más estrecha
posible con las otras personas. En virtud de su procesión del Padre y del Hijo,
se presenta al Espíritu conservando las relaciones más estrechas posibles con
las otras dos personas. Del pasaje de I Cor. 2: 10 y 11 podemos inferir, no que
el Espíritu sea lo mismo que la conciencia de Dios, sino que está tan
estrechamente unido con el Padre, como el alma humana está con el hombre.
En II Cor. 3: 17, leemos: "Ahora, el Señor es el
Espíritu, y en donde está el Espíritu del Señor allí hay libertad". Aquí
el Señor (Cristo) está identificado con el Espíritu, no con respecto a la
personalidad; Sino conforme a la manera de trabajar. Al Espíritu, en este mismo
pasaje se le llama "el Espíritu del Señor".
La obra para la cual el Espíritu Santo fue enviado a la
Iglesia, en el día de Pentecostés, tuvo su base en la unidad del Espíritu con
el Padre y con el Hijo. Vino como el Paráclito, a tomar el lugar de Cristo y a
hacer la obra de Cristo sobre la tierra, es decir, a enseñar, proclamar,
testificar, declarar, como el Hijo lo había hecho.
Ya sabemos que en el caso del Hijo este trabajo revelante
descansaba sobre su unidad con el Padre. Precisamente del mismo modo, la obra
del Espíritu está basada sobre su unidad con el Padre y con el Hijo, Juan 16:
14 y 15. Nótense las palabras de Jesús en este pasaje: "El me glorificará;
porque tomará de lo mío, y os lo hará saber. Todo lo que el Padre tiene, es
mío; por eso dije que tomará de lo mío.
4. LA DEIDAD
DEL ESPÍRITU SANTO.
La deidad del Espíritu Santo debe fundarse En la
Escritura, mediante una serie de pruebas muy parecida a la que empleamos con
respecto al Hijo:
A. Se le dan nombres divinos, Ex 17: 7 (compárese Heb. 3: 7
9); Hech. 5: 3 y 4; 1 Cor. 3: 16; II Tim. 3: 16 (compárese II Pedro 1: 21).
B. Se le adjudican perfecciones divinas, como la
omnipresencia, Sal 139: 7 10, omnisciencia, Is. 40: 13 y 14 (compárese Rom. 11:
34); 1 Cor. 2: 10 y 11, omnipotencia, 1 Co 12: 11; Rom. 15: 19, y eternidad,
Heb. 9: 14.
C. El hace obras divinas, como la creación, Gen 1: 2; Job
26: 13; 33: 4, renovación providencial, Sal 104: 30, regeneración, Juan 3: 5 y
6; Tito 3: 5, y la resurrección de los muertos, Rom. 8: 11.
D. Se le tributan también honores divinos, Mateo 28: 19;
Rom. 9: 1; II Cor. 13: 13.
5. EL TRABAJO
DEL ESPÍRITU SANTO.
Hay ciertas obras que más particularmente se atribuyen al
Espíritu Santo, no sólo en la economía general de Dios, sino también en la
economía especial de la redención. En general, puede decirse que es tarea
especial del Espíritu Santo completar las cosas por medio de la actuación suya
sobre y en la criatura.
Precisamente así como El es la persona que completa la
Trinidad, así también su trabajo es completar el contacto de Dios con sus
criaturas y consumar la obra de Dios en todos los planos. Su trabajo es la
continuación del trabajo del Hijo, precisamente como el trabajo del Hijo es la
continuación del trabajo del Padre.
Es importante conservar en la mente esto porque si
divorciamos la obra del Espíritu Santo de la obra objetiva del Hijo, forzosamente
resultará un falso misticismo. La obra del Espíritu Santo en la esfera natural
incluye lo siguiente:
A. La generación de la vida. Así como el ser viene del
Padre, y el pensamiento por medio del Hijo, así la vida viene por la mediación
del Espíritu, Gen 1: 3; Job 26: 13; Sal 33: 6; 104: 30. En este sentido El pone
el toque final a la obra de creación.
B. La inspiración general y la capacitación de los hombres.
El Espíritu Santo inspira y capacita a los hombres para trabajos de
responsabilidad tanto en las ciencias como en las artes, etc., Ex 28: 3; 31: 2,
3 Y 6; 35: 35; I Sam. 11: 6; 16: 13 y 14. De mayor importancia aún es la obra
del Espíritu Santo en el plano de la redención. Aquí debemos mencionar los
siguientes puntos:
C. La preparación y capacitación de Cristo para su obra
mediatoria. El preparó a Cristo un cuerpo, y así lo capacitó para convertirse
en sacrificio por el pecado, Luc. 1: 35; Heb. 10: 5 7. En las palabras "me
preparaste un cuerpo", el escritor de Hebreos sigue a la Septuaginta. El
significado es: Tú me capacitaste preparándome un cuerpo santo que se
convirtiera en un verdadero sacrificio. En su bautismo Cristo fue ungido con el
Espíritu Santo, Luc. 3: 22, y recibió de Ellos dones que lo capacitaban sin
medida, Juan 3: 24.
D. La inspiración de la Escritura. El Espíritu Santo inspiró
la Escritura y de esta manera trajo a los hombres la revelación especial de
Dios, I Cor. 2: 13; 11 Pedro 1: 21, el conocimiento de la obra de redención que
es en Cristo Jesús.
E. La formación y crecimiento de la Iglesia. El Espíritu
Santo forma la Iglesia y la incrementa como el cuerpo místico de Jesucristo,
mediante la regeneración y la Santificación, y habita en ella como el principio
de la nueva vida, Ef. 1: 22 y 23; 2: 22; I Cor. 3: 16; 12: 4 y siguientes.
F. Enseñando y dirigiendo a la Iglesia. El Espíritu Santo da
testimonio de Cristo y conduce a la Iglesia en toda la verdad. Haciendo esto
manifiesta la gloria de Dios y de Cristo, aumenta el conocimiento acerca del
Salvador, cuida de que la Iglesia no caiga en el error, y la prepara para su
destino eterno, Juan 14: 26; 15: 26 ; 16: 13 y 14; Hech. 5:32; Heb. 10: 15; I
Juan 2:27.
PREGUNTAS
PARA AMPLIAR EL ESTUDIO
1. ¿Contiene la literatura pagana algunas analogías de la
doctrina de la Trinidad?
2. ¿Comenzó el desarrollo de la doctrina de la Trinidad
partiendo de la Trinidad ontológica de la económica?
3. ¿Puede la Trinidad económica entenderse aparte de la
ontológica?
4. ¿Por qué algunos discuten la doctrina de la trinidad
considerándola introductoria a la doctrina de la redención?
5. ¿Cuál es el concepto Hegeliano de la Trinidad?
6. ¿Cómo la concibió Swedenborg?
7. ¿En qué campos de la moderna teología encontramos
Sabelianismo?
8. ¿Por qué es objetable sostener que la Trinidad es
puramente económica?
9. ¿Qué objeciones se hacen al moderno concepto humanitario
de la Trinidad?
10. ¿Por qué Barth trata de la Trinidad en los Prolegómenos
de la Teología
11. ¿Cuál es el significado práctico de la doctrina de la
Trinidad?
CAPITULO 9:
LOS DECRETOS DIVINOS EN GENERAL
LA DOCTRINA DE LOS DECRETOS EN LA TEOLOGÍA
La teología reformada insiste en la soberanía de Dios en
virtud de la cual él ha determinado soberanamente desde la eternidad todo lo
que tiene que acontecer y ejecuta su soberana voluntad en toda su creación,
tanto la natural como la espiritual, de acuerdo con su plan determinado. Esta
teología concuerda plenamente con Pablo cuando dice que Dios "hace todas
las cosas según el consejo de su voluntad", Ef. 1: 11.
Esa es la razón perfectamente natural para que al pasar de
la discusión del Ser de Dios a la de las obras de Dios comencemos con un
estudio de los decretos divinos. Este es el único método teológico adecuado.
Una discusión teológica de las obras de Dios debiera tener su punto de partida
en Dios, tanto si se trata de la obra de creación como de la redención o
recreación.
Tenemos que considerar las obras de Dios como una parte
del estudio de la teología sólo porque vienen de Él y tienen relación con El.
Sin embargo, a pesar de este hecho, la teología Reformada
se yergue prácticamente solitaria en su insistencia sobre la doctrina de los
decretos. La teología luterana es menos teológica y más antropológica. Tiene su
punto de partida en Dios y considera todas las cosas como predeterminadas; pero
no procede consistentemente, sino que revela una tendencia a considerarlas
desde abajo más bien que desde arriba. Y hasta donde llega su creencia en la
predeterminación, se inclina a limitarla al bien que hay en el mundo, y más
particularmente a las bendiciones de la Salvación.
Es un hecho impresionante que muchos teólogos luteranos
enmudecen o casi enmudecen respecto a la doctrina de los decretos de Dios en
general discutiendo nada más la doctrina de la predestinación y considerándola
como condicional más bien que absoluta.
En la doctrina de la predestinación la teología luterana
muestra grande afinidad con el arminianismo. Krauth (un influyente director de
la Iglesia Luterana en los EE. UU.) dice: "Los conceptos de Arminio mismo
con respecto a los cinco puntos fueron formados bajo influencias luteranas y no
difieren esencialmente de los de la Iglesia Luterana; pero sobre muchos puntos
correspondientes al sistema desarrollado, hoy conocido como Arminianismo, con
ellos la Iglesia Luterana no tiene afinidad ninguna, y en su manera de
considerarlos simpatizaría mucho más con el Calvinismo, aunque la Iglesia
Luterana nunca ha creído que para escapar del Pelagianismo sea necesario
refugiarse en la doctrina de la predestinación absoluta.
La "Fórmula de
Concordia" toca los cinco puntos casi nada más en sus aspectos prácticos,
y fundándose en ellos se coloca en contra del Calvinismo, más bien por medio de
la negación de las inferencias que resultan lógicamente de este sistema, que
por una expresa condenación de su teoría fundamental en su forma
abstracta"48. Hasta donde los teólogos luteranos incluyen la doctrina de
la predestinación en sus sistemas, generalmente la consideran en relación con
la Soteriología.
Naturalmente, la teología arminiana no coloca los decretos
en lugar prominente. Por lo general, se acostumbra que los decretos brillen por
su ausencia. Pope presenta la doctrina de la predestinación solamente de paso,
y Miley la introduce como asunto para discusión.
Raymond discute solamente la doctrina de la elección, y
Watson le dedica a ésta un considerable espacio al tratar de la extensión de la
expiación. Uno y todos rechazan la doctrina de la absoluta predestinación
sustituyéndola por la predestinación condicional. La moderna teología "ancha"
no se preocupa de la doctrina de la predestinación, puesto que esa teología, es
fundamentalmente antropológica.
En la "teología de crisis" se le vuelve a
reconocer; pero en una forma que no es histórica, ni escritural. No obstante
que apela a los Reformadores, se aparta en gran manera de la doctrina de la
predestinación tal cual la enseñaron Lutero y Calvino.
NOMBRES ESCRITURALES PARA LOS DECRETOS DIVINOS
Debemos distinguir las obras enteramente inmanentes de
Dios (opera ad intra) de aquellas que tienen que ver directamente con las
criaturas (open. ad extra). Algunos teólogos para evitar errores prefieren
hablar de opera immanentia y opera exeuntia, y subdividen a la primera en dos
clases, opera immanentia per se, que son las opera personalia (generación, filiación,
espiración), y opera immanentia donec exeunt, que son opera essentiala, es
decir, obras del Dios Trino, para distinguirlas de las hechas por alguna de las
personas de la Deidad; pero están inmanentes en Dios hasta que son ejecutadas
en las obras de creación, providencia y redención. Los decretos divinos
constituyen esta clase de obras divinas. No están descritas en forma abstracta
en la Escritura, pero se nos presentan según su realización histórica. La
Escritura usa diversos términos para referirse al decreto eterno de Dios.
TÉRMINOS USADOS EN EL ANTIGUO TESTAMENTO
Hay algunos términos que acentúan el elemento intelectual
en el decreto, por ejemplo, 'estsah de ya'ats, aconsejar, decir, Job 38: 2; Is.
14: 26; 46: 11; sod de yasad, reunirse para deliberar (niphal), Jer. 23: 18 y
22; mezimmah de zamam, meditar, tener en mente, 48 The Conservative Reformation and Its Theology, pp. 127 Y
siguientes.
Proponerse, Jer. 4: 28; SI: 12; Prov. 30: 32. Además de
éstos hay términos que ponen énfasis sobre el elemento volicional, por ejemplo,
chaphets, inclinación, voluntad, beneplácito, Is. 53: 10; y ratson, agradar,
deleitarse, y por eso denota deleite, beneplácito, o voluntad soberana, Sal 51:
19; Is. 49: 8.
TÉRMINOS USADOS EN EL NUEVO TESTAMENTO
El Nuevo Testamento también contiene muchos términos de
significación. La palabra más común es boule para designar el decreto en
general; pero también para señalar el hecho de que el propósito de Dios está
basado sobre el consejo y la deliberación, Hech. 2: 23; 4: 28; Heb. 6: 17. Otra
palabra de bastante uso es thelema, la cual cuando se aplica al consejo de Dios
acentúa el elemento volicional más que el deliberativo, Ef. 1: 11.
La palabra eudokia pone énfasis más particularmente sobre
la libertad del propósito de Dios y del deleite que acompaña al propósito,
aunque esta idea no siempre está presente, Mat. 11: 26; Luc. 2: 14; Ef. 1: 5 y
9. Otras palabras se usan más especialmente para designar aquella parte del
decreto divino que pertenece en un sentido muy particular a las criaturas
morales de Dios, y que se conoce como predestinación. Estos términos se
considerarán en relación con la discusión de ese tema.
LA NATURALEZA DE LOS DECRETOS DIVINOS
El decreto de Dios puede definirse con el 'Catecismo Menor
de Westminster, como: "Su propósito eterno, según el consejo de su propia
voluntad, en virtud del cual ha pre ordenado para su propia gloria todo lo que
sucede.
EL DECRETO DIVINO ES UNO
Aunque con frecuencia usamos el plural para hablar de los
decretos de Dios, sin embargo, en su propia naturaleza, le decreto divino es un
acto singular de Dios. Esto ya está sugerido por el hecho de que la Biblia
habla de él como de una prothesis, un propósito o consejo. Lo mismo se deduce
también de la mera naturaleza de Dios. Su conocimiento es todo inmediato y
simultáneo, más bien que sucesivo como el nuestro, y su comprensión de ese
conocimiento siempre está completa.
El decreto fundado sobre ese conocimiento es un acto
también singular, todo comprensivo y simultáneo. Como un decreto eterno e
inmutable, no podría ser de otro modo. No hay, pues, series de decretos en
Dios, sino simplemente un plan que abarca todo lo que sucede. Nuestra
compresión finita, sin embargo, nos constriñe a hacer distinciones, y esto es
lo que explica el hecho de que con frecuencia hablemos en plural de los
decretos de Dios. Esta manera de hablar es perfectamente legítima, siempre que
no perdamos de vista la unidad del decreto divino y la inseparable conexión de
los varios decretos tales como los concebimos.
LA RELACIÓN DEL DECRETO CON
EL CONOCIMIENTO DE DIOS
El decreto de Dios guarda la más estrecha relación con el
conocimiento divino. Hay en Dios, como hemos visto, un conocimiento necesario
que concluye todas las causas posibles sus resultados. Este conocimiento
proporciona el material para el decreto, y es la fuente de donde Dios extrajo
los pensamientos que deseaba objetivar. De entre este conocimiento de todas las
cosas posibles y mediantes un acto de su perfecta voluntad dirigida por sabias
consideraciones seleccionó lo que quería ejecutar, y de este modo formó su
propósito eterno.
El decreto de Dios es consecutivamente el fundamento de su
libre conocimiento o Scientia libera. Es el conocimiento de las cosas tal como
se realizan en el curso de la historia. Mientras que el conocimiento necesario
de Dios lógicamente precede al decreto, a este lo sigue el conocimiento libre.
Esto tiene que sostenerse en contra de todos aquellos que creen en una
predestinación condicional (como los semipelagianos y arminianos) puesto que
hacen desprender las predestinaciones de Dios de su presciencia. Algunas de las
palabras que se usan para denotar el decreto divino apuntan a un elemento de
deliberación en el propósito de Dios.
Sería un error, sin embargo, inferir de esto que el plan
de Dios es el resultado de alguna deliberación que implique escaso conocimiento
o duda, porque simplemente indica lo contrario, es a saber, que en Dios no hay
ningún decreto ciego, antes únicamente un propósito inteligente y deliberado.
EL DECRETO RELACIONA A DIOS
Y AL HOMBRE
Ante todo, el decreto tiene referencia a las obras de
Dios. Sin embargo, está limitado a las opera ad extra, o actos transitivos de
Dios, y no pertenece a la esencia del Ser de Dios ni a las actividades
inmanentes dentro del Ser Divino que desembocan en las distinciones
trinitarias. Dios no decretó ser santo y Justo, ni existir en tres personas y
una esencia, o generar al Hijo. Cosas como estas son necesarias y no depende de
la voluntad opcional de Dios. Aquello que es esencial al Ser íntimo de Dios no
puede formar parte del contenido del decreto.
Esto incluye solamente la opera ad extra o exeuntia. Pero
en tanto que el decreto pertenece fundamentalmente a los actos de Dios mismo,
no está limitado a estos, sino que también abarca las acciones de sus criaturas
libres. Y el hecho de que esas acciones están incluidas en el decreto las
convierte en absolutamente seguras, aunque no todas se efectúan de la misma
manera.
Tratándose de algunas de ellas Dios decidió no solamente
que acontecieran; sino que El mismo haría que acontecieran, ya fuera inmediatamente
como en la obra de creación, o por medio de causas secundarias que
continuamente son mantenidas por el poder divino. Dios mismo se hace
responsable de que acontezcan. Sin embargo, hay otras cosas que Dios incluyó en
su decreto y por tanto las convirtió en seguras; pero que no decidió
efectuarlas El mismo, como son los actos pecaminosos de sus criaturas
racionales.
El decreto donde incluye semejantes actos, generalmente se
llama decreto permisivo de Dios. Este nombre no implica que el futuro de estos actos
no sea seguro para Dios, sino simplemente que El permita que tales actos
acontezcan por medio de la libre agencia de sus criaturas racionales. Dios no
se hace responsable en forma alguna de tales actos pecaminosos.
EL DECRETO PARA ACTUAR NO
ES EL ACTO MISMO
Los decretos son manifestaciones y ejercicios internos de
los atributos divinos, que convierten en seguro el futuro de las cosas; pero
este ejercicio de la volición inteligente de Dios no debe confundirse con la
realización de sus objetos en la creación, providencia y redención. El decreto
para crear, no es la creación misma, ni el decreto para Justificar es la
justificación misma.
Se debe hacer distinción entre el decreto y su ejecución.
Que Dios esté ordenando en tal forma el universo que el hombre tenga que seguir
determinado curso de acción, es cosa enteramente distinta de que El le ordene
que lo haga así. Los decretos no están dirigidos al hombre, ni son de la
naturaleza de una medida legal, ni tampoco ejercen compulsión u obligación
sobre las voluntades de los hombres.
LAS CARACTERÍSTICAS DEL
DECRETO DIVINO ESTA FUNDADO EN LA SABIDURÍA DIVINA
La palabra "consejo", que es uno de los términos
por medio de los cuales se designa el decreto, sugiere cuidadosa deliberación y
consulta. Puede contener una sugerencia respecto a una intercomunicación entre
las tres personas de la Deidad. Hablando de la revelación de Dios, del misterio
que primeramente estuvo escondido con El, Pablo dice que esto fue para que la
multiforme sabiduría de Dios sea ahora dada a conocer por medio de la iglesia a
los principados y potestades en los lugares celestiales, conforme al propósito
eterno que hizo en Cristo Jesús, nuestro Señor", Ef. 3: 10 y 11.
La sabiduría del decreto se deduce también de la sabiduría
desplegada en la realización del propósito eterno de Dios. El poeta canta en el
Salmo 104: 24, "Cuán innumerables son tus obras, oh Jehová. Hiciste todas
ellas con sabiduría". La misma idea está expresada en Prov. 3: 19,
"Jehová con sabiduría fundó la tierra; afirmó los cielos con
inteligencia". Compárense también Jer. 10: 12; 51: 15. La sabiduría del
consejo de Jehová puede también inferirse del hecho de que permanece firme para
siempre, Sal 33: 11; Prov. 19: 21.
Habrá mucho en el decreto que sobrepasa al entendimiento
humano y sea inexplicable para la mente finita; pero nada se hallará en él que
sea irracional o arbitrario. Dios formó su determinación con sabia visión y
conocimiento.
ES ETERNO
El decreto divino es eterno en el sentido de que descansa
completamente en la eternidad. En un sentido verdadero puede decirse que todos
los actos de Dios son eternos, puesto que en el Ser Divino no existe la
sucesión de momentos. Pero algunos de esos actos terminan en el tiempo, como
por ejemplo, la creación y la justificación. De aquí que no los llamemos actos
eternos de Dios, sino temporales.
El decreto, sin embargo, en tanto que se relaciona con
cosas externas a Dios, permanece en sí mismo un acto interno del Ser Divino y
es por tanto eterno en el más estricto sentido de la palabra. Por tanto,
también participa de la simultaneidad y de la falta de correlatividad de lo
eterno, Hech. 15: 18; Ef. 1: 4; II Tim. 1: 9.
La eternidad del decreto implica también que el orden que
los diferentes elementos de él guardan recíprocamente no debe considerarse como
temporal, sino solamente como lógico. Hay un verdadero orden cronológico en los
eventos ya efectuados; pero en el decreto no existe tal cosa respecto a ellos.
ES EFICAZ
Esto no quiere decir que Dios ha determinado hacer El
mismo que acontezcan mediante una aplicación directa de su poder, todas las
cosas incluidas en su decreto; sino solamente que El ha decretado que
ciertamente acontecerán, es decir, que nada frustrará su propósito.
Dice el Dr. A. A. Hodge: "El decreto mismo previene
en cada caso que el evento se efectuará mediante causas que actúen en una forma
perfectamente consistente con la naturaleza del evento de que se trate.
1. De esta manera, en el caso de cada acto libre de un
agente moral el decreto previene al mismo tiempo que el agente será libre.
2. Que los antecedentes de este y todos los antecedentes del
acto de que se trate serán tal como son.
3. Que todas las condiciones presentes del acto serán tal
cual son
4. Que el acto será enteramente espontáneo y libre de parte
del agente.
5. Y que con toda seguridad el acto será el que tiene que
ser, Sal 33: 11; Prov. 19: 21; Is. 46: 10.” 49
ES INMUTABLE
Atendiendo a diversas razones, el hombre puede y con
frecuencia altera sus planes. Posiblemente al planear le faltó seriedad de
propósito, o no entendió bien todo lo que el plan alcanzaba. o le faltaba poder
para realizarlo. Pero en Dios nada que se parezca a esto es concebible. No le
falta conocimiento, veracidad, ni poder.
Por tanto, Dios no necesita cambiar su decreto debido a un
error motivado por la ignorancia, ni debido a incapacidad para ejecutarlo. Y
tampoco tendrá por qué cambiarlo, puesto que El es Dios inmutable, fiel y
verdadero, Job 23: 13 y 14; Sal 33: 11; Is. 46: 10; Luc. 22: 22; Hech. 2: 23.
ES
INCONDICIONAL O ABSOLUTO
Esto significa que no depende en ninguno de sus detalles
de ninguna cosa que no sea parte de él y esté agrupada en el decreto mismo. Los
diversos elementos del decreto ciertamente se sostienen mutuamente, pero nada
hay en el plan que esté condicionado por alguna cosa que no esté incluida en el
decreto.
La ejecución del plan puede requerir medios, o depender de
ciertas condiciones; pero entonces estos medios o condiciones también han sido
determinados en el decreto. Dios no simplemente decretó salvar a los pecadores;
sino que también determinó los medios para efectuar su decreto.
Los medios conducentes al fin predeterminado fueron
decretados también, Hech. 2: 23; Ef. 2: 8; I Pedro 1: 2. El carácter absoluto
del decreto se deduce de su eternidad, su inmutabilidad y su exclusiva
dependencia del beneplácito de Dios. Esto lo niegan los semipelagianos y los
arminianos.
ES UNIVERSAL O
QUE LO ABARCA TODO
El decreto incluye todo lo que tiene que suceder en el
mundo, sea que corresponda al reino físico o al moral, sea que se trate del
bien o del mal, Ef. 1: 11.
1. Incluye las buenas acciones de los hombres, Ef. 2: 10
2. Sus actos malvados, Prov. 16: 4; Hech. 2: 23; 4: 27 y 28
3. Los eventos contingentes, Gen 45: 8; 50: 20; Prov. 16: 33
4. Los medios tanto como el fin, Sal 119: 89 91; II Tes. 2:
13; Ef. 1: 4
5. La duración de la vida del hombre, Job 14: 5; Sal 39: 4
6. El lugar de su habitación, Hech. 17: 26.
EN LO QUE AL
PEGADO SE REFIERE, ESTE SE CONSIDERA PERMISIVO
Se acostumbra hablar del decreto de Dios como permisivo,
en cuanto al mal moral se refiere. Mediante su decreto Dios volvió las acciones
malvadas de los hombres en infaliblemente seguras, sin que decida efectuarlas
por medio de acción inmediata sobre y en la voluntad finita. Esto significa que
Dios no obra positivamente "tanto el querer como el hacer", cuando el
hombre va en contra de la divina voluntad revelada.
Debería notarse cuidadosamente, sin embargo, que este
decreto permisivo no implica un permiso pasivo de algo que no está bajo el
control de la voluntad divina. Es un decreto que vuelve absolutamente seguros
los futuros actos pecaminosos, pero en los cuales Dios determina:
1. No estorbar la propia determinación pecaminosa de una
voluntad finita
2. Conducir y sujetar los resultados de esta propia determinación
pecaminosa. Sal 78: 29; 106: 15; Hech. 14: 16; 17: 30.
OBJECIONES A LA DOCTRINA DE
LOS DECRETOS
Como ya apuntamos arriba, solamente la teología Reformada
hace plena justicia a la doctrina de los decretos. Los teólogos luteranos como
regla no construyen esta doctrina teológicamente, sino soteriológicamente, con
el propósito de enseñar de qué manera los creyentes pueden derivar consuelo de
ella.
Los Pelagianos y los Socinianos la rechazan como ajena a
la Escritura; y los semipelagianos y los arminianos le muestran escaso favor:
algunos ignorándola por completo; otros presentándola solamente para
combatirla, y algunos más, sosteniendo únicamente un decreto condicionado por
la presciencia de Dios. Las objeciones que se levantan contra ella, en sustancia,
son siempre las mismas.
QUE ES
INCONSISTENTE CON LA LIBERTAD MORAL DEL HOMBRE
El hombre es un agente libre con poder para hacer sus
propias determinaciones racionales. Puede reflexionar, y en forma inteligente
elegir ciertos fines, y también puede determinar su acción con respecto a
ellos. Sin embargo, el decreto de Dios lleva inseparablemente la imposibilidad
de evitarse. Dios ha decretado ejecutar todas las cosas, o si lo han decretado
esas cosas, al menos ha determinado que deben acontecer. El ha decidido para el
hombre el curso de su vida.
En respuesta a esta objeción puede decirse que la Biblia
ciertamente no concuerda con la suposición de que el decreto divino es
inconsistente con la libre agencia del hombre. Ella revela claramente que Dios ha
decretado los actos libres del hombre; pero también que los actores, a pesar de
eso, son libres y por tanto, responsables de sus actos, Gen 50: 19 y 20; Hech.
2: 23; 4: 27 y 28. Fue determinado que los judíos crucificaran a Jesús, y sin
embargo fueron perfectamente libres en el curso de su inicua acción, y fueron
tenidos por responsables de este crimen. No hay ni una sola indicación en la
Biblia de que los escritores inspirados se den cuenta de una contradicción, en
relación con estos asuntos.
Nunca hacen el intento de armonizar el decreto de Dios con
la libertad del hombre. Esto bien puede refrenamos para no tomar aquí la
actitud de contradicción, aun cuando no podamos reconciliar ambas verdades.
Además, debe conservarse en mente que Dios no ha decretado
efectuar por .su propia y directa acción todo lo que tiene que acontecer. El
decreto divino trae únicamente la seguridad de los acontecimientos; pero ello
no implica que Dios prácticamente los ejecutará; de manera que el problema
realmente se reduce a esto: Saber si una previa seguridad es consistente con un
agente libre.
Ya la experiencia nos enseña que podemos estar
razonablemente cierto respecto a la conducta que un hombre de carácter seguirá
bajo determinadas circunstancias, sin que se infrinja en lo más mínimo su
libertad. El Profeta Jeremías predijo que los Caldeos tomarían a Jerusalén. El
conoció que el evento cercano se cumpliría, y sin embargo los Caldeos
libremente siguieron sus propios deseos al cumplir la predicción.
Semejante certidumbre en verdad es inconsistente con la
libertad pelagiana de indiferencia, según la cual, la libertad del hombre no
está determinada en ningún sentido, antes es completamente indeterminada, de
tal modo que en cada volición puede decidirse en oposición, no sólo a todas
nuestras influencias externas, sino también a todas nuestras íntimas
consideraciones y juicios, inclinaciones y deseos y aun en contra de todo
nuestro carácter y de la posición interna del hombre.
Pero ahora ya, generalmente, se reconoce que tal libertad
de la voluntad es una ficción psicológica. Sin embargo, el decreto no es
necesariamente inconsistente con la libertad humana en el sentido de la
racional determinación propia según la cual, el hombre actúa libremente en
armonía con sus previos sentimientos y juicios, sus inclinaciones y deseos y
todo su carácter. Esta libertad tiene también sus leyes, y a medida que las
conozcamos mejor, estaremos más seguros de lo que un agente libre hará bajo
determinadas circunstancias.
Dios mismo ha establecido estas leyes. Naturalmente,
debemos cuidamos de que en nuestros conceptos acerca de la libertad en el
sentido de una propia determinación racional, influyen conceptos deterministas,
materialistas, panteístas y racionalistas.
No puede ser el decreto más inconsistente con el libre
agente que con la presciencia, y sin embargo, los objetores, que son casi
siempre del tipo semi pelagiano o arminiano profesan creer en la divina
presciencia. Por su presciencia Dios conoce desde toda la eternidad la realidad
futura de todos los acontecimientos. Está basada en su pre ordenación por medio
de la cual El determina la seguridad futura de esos eventos.
El arminiano, por consiguiente dirá que él no cree en una
presciencia basada sobre un decreto que hace que las cosas resulten seguras,
sino en una presciencia de hechos y acontecimientos que actúan contingentemente
sobre la libre voluntad del hombre, y por tanto, indeterminados. Ahora,
semejante presciencia de las libres acciones del hombre puede ser posible si el
hombre aun en su libertad actúa en armonía con leyes divinamente establecidas
que una vez más introducen el elemento de seguridad; pero parecería imposible
conocer de antemano los eventos que dependen enteramente' de la decisión casual
de una voluntad sin principios, que puede en cualquier momento volverse en
diferentes direcciones, sin considerar el estado del alma, ni las condiciones
existentes, ni los motivos que se presentan en la mente. Semejantes eventos
solamente podrían conocerse de antemano como meras posibilidades.
DESALOJA TODOS
LOS MOTIVOS PARA EL ESFUERZO HUMANO
Esta objeción es para hacer que la gente naturalmente
diga: Si todas las cosas ya están ordenadas para que acontezcan como Dios las
ha determinado, los hombres no deben preocuparse acerca del futuro y tampoco
necesitan hacer ningunos esfuerzos para obtener salvación. Decir esto
difícilmente puede resultar correcto. Si hay gente que hable de ese modo,
acostumbrarán hacerlo como mera excusa a su indolencia y desobediencia.
Los decretos divinos no están dirigidos a los hombres como
una regla de acción, y no pueden ser una regla tal, puesto que su sustancia
solamente se hace conocida por medio de su realización, y por tanto, después de
ella. Hay sin embargo, una regla de acción que ha tomado cuerpo en la ley y el
evangelio, y ésta coloca a los hombres bajo la obligación de emplear en su
salvación los medios ordenados por Dios.
También ignora esta objeción la relación lógica
determinada por el decreto de Dios entre los medios y el fin que se ha de
obtener. El decreto incluye no sólo los diversos asuntos de la vida humana;
sino también las libres acciones humanas que lógicamente tienen prioridad
respecto de los resultados y que están destinadas para producirlos. Era
absolutamente seguro que todos aquellos que estaban en el barco con Pablo
(Hech. 27) iban a salvarse; pero era igualmente cierto que para asegurar aquel
fin los marineros tenían que permanecer a bordo.
Y puesto que el decreto establece una interrelación entre
medios y fines, y los fines están decretados solamente como resultado de los
medios, éstos animan al esfuerzo en lugar de desalentarlo. La firme creencia en
el hecho de que según los decretos divinos el éxito será la recompensa de la
faena, constituye una invitación a valerosos y perseverantes esfuerzos. Apoyada
en la mera base del decreto, la Escritura nos apremia a ser diligentes en el
uso de los medios designados, Fil 2: 13; Ef. 2: 10.
HACE A DIOS EL
AUTOR DEL PECADO
Esto, si fuera verdad, naturalmente, sería una objeción
insuperable, porque Dios no puede ser el autor del pecado. Esto se deduce
igualmente de la Escritura, Sal 92: 15; Ec. 7: 29; Santo 1: 13; 1 Juan 1: 5, de
la ley de Dios que prohíbe todo pecado, y de la santidad de Dios. Pero el cargo
no es verdadero; el decreto solamente hace a Dios el autor de seres morales
libres, mismos que son los autores del pecado.
Dios decreta mantener la lib re agencia de éstos; regular
las circunstancias de sus vidas, y permitir que la libre agencia se ocupe en
multitud de actos de los cuales algunos son pecaminosos. Por buenas y santas
razones Dios hace que estos actos pecaminosos acontezcan de seguro; pero El no
decreta producir los malos deseos, ni decreta decidir eficientemente la
preferencia en el hombre.
El decreto respecto al pecado no es decreto eficiente sino
permisivo, o decreto para permitir, a diferencia del decreto para producir, y
Dios no puede aplicar su divina eficiencia para producir pecado. Ninguna
dificultad compromete a un decreto que además no acompaña a un mero permiso
pasivo de lo que Dios podría muy bien evitar, tal como lo toman los arminianos
que son los que acostumbran levantar esta objeción.
El problema de la relación de Dios con el pecado permanece
como un misterio para nosotros, misterio que no somos capaces de resolver.
Puede decirse, sin embargo, que su decreto que permite el pecado, en tanto que
hizo segura la entrada del pecado en el mundo, no significa que Dios se deleite
en la maldad; sino únicamente que El consideró sabio permitir el mal para el
propósito de su propia revelación no obstante lo aborrecible que es el pecado a
la naturaleza divina.
CAPITULO 10:
LA PREDESTINACIÓN
Al pasar de la discusión del decreto divino al de la
predestinación, todavía seguimos tratando el mismo asunto; pero hemos pasado de
lo general a lo particular. La palabra "predestinación" no siempre se
usa en el mismo sentido. Algunas veces se emplea simplemente como sinónimo de
la palabra genérica "decreto".
En otros casos sirve para designar el propósito de Dios
respecto a todas sus criaturas morales. Sin embargo, con más frecuencia denota
"el consejo de Dios con respecto a los hombres caídos, incluyendo la
soberana elección de algunos y la justa reprobación del resto". En la
presente discusión se usa principalmente en este último sentido, aunque no tan
completamente que se excluya el segundo de los significados que hemos anotado.
LA DOCTRINA DE LA PREDESTINACIÓN EN LA HISTORIA.
Hasta la época de Agustín la predestinación no constituyó
en la historia un asunto importante de discusión. La mencionan los primitivos
Padres de la Iglesia pero no parece que tuvieran de ella un concepto muy claro.
En lo general la consideran como la presciencia de Dios con referencia a las
acciones humanas, base sobre la cual Dios determina el futuro destino de los
hombres.
De aquí que fue posible para Pelagio apelar a algunos de
aquellos primitivos Padres. "Según Pelagio" dice Wiggers”, la
preordenación para salvación o para condenación se funda en la presciencia.
Consecuentemente no admitía una 'predestinación absoluta', sino en todo sentido
una 'predestinación condicionar".
Al principio, Agustín mismo se inclinó a este punto de
vista; pero una reflexión más profunda sobre el carácter soberano del
beneplácito de Dios lo condujo a ver que la predestinación en ninguna manera
depende de la presciencia divina respecto a las acciones humanas, sino que más
bien esta es la base de aquella. Su presciencia de la reprobación no está tan
exenta de ambigüedad como debiera estarlo. Algunas de sus afirmaciones son para
probar que en la predestinación Dios conoce de antemano lo que no quiere hacer,
por ejemplo, todos los pecados; y habla de los elegidos como sujetos de
predestinación, y de los réprobos como sujetos de la presciencia divina.
En otros pasajes, sin embargo, Agustín habla también de
los réprobos como sujetos de predestinación, de manera que no cabe ninguna duda
de que él enseñó una doble predestinación. N o obstante, reconoció la
diferencia entre una y otra, que consiste en que Dios no predestinó para
condenación y los medios que a ella conducen, en la misma forma en que lo hizo
para salvación, y que la predestinación para vida es puramente soberana, en
tanto que la predestinación para muerte eterna es también judicial y toma en
cuenta el pecado del hombre.
El punto de vista de Agustín encontró mucha oposición,
particularmente en Francia, en donde los semipelagianos, aunque admitían la
necesidad de la gracia divina para la salvación, reafirmaron la doctrina de una
predestinación basada en la presciencia. Y aquellos que tomaron la defensa de
Agustín se sintieron constreñidos a rendirse en algunos puntos importantes.
Fracasaron en hacer justicia a la doctrina de una doble predestinación.
Solamente Gottschalk y unos cuantos de sus amigos
mantuvieron ésta; pero pronto fue silenciada su voz y el semipelagianismo ganó
la victoria cuando menos entre los dirigentes de la Iglesia. Hacia el final de
la Edad Media se hizo completamente manifiesto que la iglesia católico romana
concedería mucha amplitud en la doctrina de la predestinación.
Mientras sus maestros sostuvieran que Dios quiere la
salvación de todos los hombres, y no estrictamente de los elegidos, podrían con
Tomás de Aquino moverse hacia el Agustinianismo en la doctrina de la
predestinación, o con Molina seguir el derrotero del semipelagianismo, según
pensaran que fuera mejor. Esto significa que aun en el caso de aquellos que,
como Tomás de Aquino creyeron en una absoluta y doble predestinación, esta
doctrina no pudo desenvolverse consistentemente y no logró hacerse
determinativa del resto de la teología de aquellos.
Los Reformadores del Siglo XVI abogaron por la más
estricta doctrina de la predestinación. Esto es cierto hasta de Melanchton en
su período inicial. Lutero aceptó la doctrina de la absoluta predestinación,
aunque la convicción de que Dios quería que todos los hombres fuesen salvos lo
hizo en las postrimerías de su vida suavizar aquella doctrina un poco.
Gradualmente desapareció de la teología luterana que ahora
considera la reprobación, toda o en parte, como condicional. Calvino mantuvo
firmemente la doctrina agustiniana de una absoluta y doble predestinación. Al
mismo tiempo, defendiendo esta doctrina en contra de Pighius insistió en el
hecho de que el decreto respecto a la entrada del pecado en el mundo fue un
decreto permisivo, y que el decreto de reprobación debe formularse de manera
que Dios no sea hecho el autor del pecado, y tampoco, responsable de él en
ninguna forma.
Las Confesiones Reformadas son notablemente consistentes
en darle forma a esta doctrina, aunque no todas la definen con igual plenitud y
precisión. Como resultado del asalto arminiano sobre la doctrina, los Cánones
de Dort contienen una definición clara y detallada de ella. En las iglesias de
tipo arminiano la doctrina de la absoluta predestinación ha sido suplantada por
la predestinación condicional.
Desde los días de Schleiermacher la doctrina de la predestinación
recibió una forma enteramente diferente. La religión fue considerada como un
sentimiento de absoluta dependencia, a Hinneigung zum Weltall una consciencia
de abierta y continua dependencia de la causalidad que es propia del orden
natural, con sus leyes y segundas causas invariables que predeterminan todas
las resoluciones y acciones humanas.
Y la predestinación fue identificada con esta
predestinación por medio de la naturaleza, o la conexión causal universal en el
mundo. La áspera denunciación hecha por Otto, en contra de ese concepto no es
todo lo severa que debiera ser: "No puede haber producto más espúreo de la
especulación teológica, ni más profunda falsificación de los conceptos
religiosos, que éste; y ciertamente que no contra tal concepto siente
antagonismo el Racionalista, ya que se trata de una sólida pieza de
racionalismo; pero que al mismo tiempo indica un completo abandono de la
verdadera idea religiosa de 'predestinación'. " En la moderna teología
"ancha" la doctrina de la predestinación encuentra muy poca simpatía.
Se rechaza o se le tuerce hasta quedar irreconocible. G. B. Foster la califica
como determinismo; Macintosh como predestinación de todos los hombres a ser
conformados a la imagen de Jesucristo, y otros la reducen a predestinación para
ciertos oficios o privilegios.
Actualmente Barth ha dirigido de nuevo la atención hacia
la doctrina de la predestinación; pero dio de ella una estructura que ni
siquiera de lejos se parece con la que dieron Agustín y Calvino. Con los
reformadores sostiene que esta doctrina acentúa la libertad soberana de Dios en
su elección, revelación, llamamiento, etc.55. Al mismo tiempo Barth no ve en la
predestinación una predeterminada separación de los hombres, y no entiende,
como Calvino, que la elección es elección particular.
Esto es lo que evidentemente se entiende de lo que dice en
la página de su Roemerbrief. Gamfield en consecuencia, en su Essay in Barthian
Theology, titulado Revelation and the Holy Spirit, dice: "Se necesita
insistir en que la predestinación no significa la selección de un determinado
número de gente para la salvación, y el resto para condenación, de acuerdo con
la determinación de una desconocida e incognoscible voluntad. Esa idea no
pertenece a lo que es propiamente la predestinación."
La predestinación conduce al hombre a una crisis en el
momento de la revelación y decisión. Ella lo condena atendiendo a la relación
que por naturaleza como pecador, guarda para con Dios. Y en esa relación Dios
lo rechaza; pero también lo elige atendiendo a la relación según la cual, el
pecador es llamado en Cristo y para la cual fue destinado en la creación. Si el
hombre responde a la revelación de Dios por medio de la fe, es entonces lo que
Dios ha querido que sea, un elegido; pero si no responde, sigue siendo un
reprobado.
Pero puesto que el hombre siempre está en crisis, el
perdón incondicional y el completo repudio continúan aplicándose a cada uno
simultáneamente. Esaú puede convertirse en Jacob; pero Jacob puede convertirse
otra vez en Esaú. Dice McConnachie: "Para Barth, y como él cree, para S.
Pablo, el individuo no es el objeto de la elección o de la reprobación, sino
más bien la arena de' la elección o de la reprobación. Ambas decisiones se
encuentran en el interior del mismo individuo; pero en un modo tal que visto
desde el lado humano, el hombre siempre está reprobado; pero visto desde el
lado divino, el hombre es un elegido.
La base de la elección es la fe. La base de la reprobación
es la falta de fe. ¿Pero quién es aquel que cree? ¿Y quién es aquel que no
cree? La fe y la incredulidad tienen su base en Dios. Estamos a las puertas del
misterio.
TÉRMINOS ESCRITURALES PARA
LA PREDESTINACIÓN
Los siguientes términos entran aquí a nuestra
consideración:
LA
PALABRA HEBREA YADA' Y LAS GRIEGAS GINOSKEIN,
La palabra yada' puede simplemente significar
"conocer" o "tomar conocimiento" de alguien o de algo; pero
puede también usarse en el sentido mucho más significativo de
"informándose de alguien con amante solicitud" o "haciendo de
alguien, objeto de cariñosa solicitud, o de "electivo amor". En este
sentido la palabra yada' sirve a la idea de la elección en Gen 18: 19; Am. 3:
2; Os. 13: 5. El significado de las palabras proginoskein y prognosis en el
Nuevo Testamento no está determinado por su uso en los autores clásicos, sino
por el significado especial de yada'.
Estos términos no denotan una presciencia o previsión
simplemente intelectual, la mera información anticipada acerca de algo, sino
más bien un conocimiento selectivo que considera a uno con simpatía y lo hace
objeto de su amor, y de este modo se acerca a la idea de pre ordenación, Hech.
2: 23 (compárese con 4: 28); Rom. 8: 29; 11: 2 ; I Pedro 1: 2. Estos pasajes
simplemente pierden su significado si estas palabras se toman en el sentido de
un mero saber de uno de antemano, puesto que Dios conoce a todos los hombres en
ese sentido.
Aun los arminianos se sienten constreñidos a dar a estas
palabras un significado más determinativo, es decir, preconocer a uno con
absoluta seguridad, en un determinado estado o condición. Esto incluye la
absoluta certidumbre de ese estado por venir, y por esa precisa razón se acerca
estrechamente a la idea de predestinación. Y no solamente estas palabras, sino
que hasta el simple ginoskein tiene ese significado específico en algunos
casos, I Cor. 8: 3; Gal 4: 9; II Tim. 2: 19.58
LA
PALABRA HEBREA BACHAR Y LAS PALABRAS GRIEGAS EKLEGESTHAI Y EKLOGE.
Estas palabras acentúan el elemento de elección o
selección en el decreto de Dios respecto al destino eterno de los pecadores,
una elección acompañada de buena voluntad. Sirven para indicar el hecho de que
Dios selecciona un número determinado de entre la raza humana y los coloca en
relación especial con El. Incluyen a veces la idea de un llamamiento a un
definido privilegio, o al llamamiento de salvación; pero resulta un error
pensar, como algunos lo hacen, que tal sentido es exhaustivo. Está
perfectamente manifiesto que se refieren generalmente a una elección previa y
eterna, Rom. 9: 11; 11: 5; Ef. 1: 4; II Tes. 2: 13.
LAS
PALABRAS GRIEGAS PRO ORIZEIN Y PROMISMOS.
Estas palabras siempre se refieren a la predestinación
absoluta. A diferencia de otras palabras requieren verdaderamente un
complemento. La pregunta surge naturalmente, ¿Preordenados para qué? Estas
palabras siempre se refieren al pre ordenación que afecta a los hombres a
determinado fin, y por la Biblia sabemos la evidencia de que tal fin puede ser
bueno o malo, Hech. 4: 28; Ef. 1: 5. Sin embargo, el fin a que estas palabras
se refieren no es necesariamente el último fin, sino que con más frecuencia se
trata de un final en el tiempo, el que a su vez sirve para llegar al último
fin, Hech. 4: 28; Rom. 8: 29; I Cor. 2: 7; Ef. 1: 5 y 11.
EL AUTOR DE LA
PREDESTINACIÓN Y LOS OBJETOS DE ELLA EL AUTOR
El decreto de predestinación es sin duda alguna, en todas
sus partes, el acto concurrente de las tres personas de la Trinidad, que son
una en su consejo y voluntad. Pero en la economía de la salvación, como está
revelada en la Escritura, el acto soberano de la predestinación se atribuye más
particularmente al Padre, Jn. 17: 6 y 9; Rom. 8: 29; Ef. 1: 4; I Ped. 1: 2.
LOS OBJETOS DE
LA PREDESTINACIÓN
A diferencia del decreto de Dios en general, la
predestinación tiene referencia únicamente a las criaturas racionales. Con
mucha frecuencia se refiere a los hombres caídos. Y sin embargo, también se
emplea en un sentido más amplio, y aquí lo usamos en su sentido más inclusivo,
para abarcar todos los objetos de predestinación. Incluye a todas las criaturas
racionales de Dios, es decir:
1. Todos los hombres, tanto buenos como malos.
No solamente se incluyen como grupos; sino como
individuos, Hech. 4: 28; Rom. 8: 29 y 30; 9: 11 13; Ef. 1: 5 y 11.
2. Ángeles buenos y malos.
La Biblia habla no sólo de ángeles malos, Marc. 8: 38;
Luc. 9: 26, y de ángeles malvados, que no guardaron su primer estado, II Ped.
2: 4; Judas 6; sino que también hace mención explícita de ángeles elegidos, I
Tim. 5: 21, implicando, por lo tanto, que hubo también ángeles no elegidos. La
pregunta se presenta, naturalmente, ¿cómo vamos a formarnos concepto de la
predestinación de los ángeles?
La opinión de algunos es simplemente que Dios determinó en
general que los ángeles que permanecieran santos serían confirmados en un
estado de bienaventuranza, en tanto que los otros serían perdidos. Pero esto no
queda, en armonía con la idea bíblica de la predestinación.
Más bien significa que Dios decretó por razones
suficientes para Él, dar a algunos ángeles, además de la gracia con que fueron
dotados por creación, y que incluía poder amplio para permanecer santos, una
gracia especial de perseverancia; y retuvo a éstos desechando a os otros.
Hay puntos de diferencia entre la predestinación de los
hombres, y la de los ángeles:
A. Mientras la predestinación de los hombres, puede
concebirse como infralapsariana, la de los ángeles únicamente puede entenderse
como supralapsariana. Dios no eligió a cierto número de entre la masa de los
ángeles caídos.
B. Los ángeles no fueron electos o predestinados en Cristo
como Mediador; sino en Cristo como Cabeza, es decir, guardan con Él relación
ministerial.
3. Cristo como Mediador. Cristo fue objeto de predestinación
en el sentido de que
A. Un amor especial del Padre, distinto de su acostumbrado
amor para el Hijo, descansó sobre éste desde toda eternidad, I Ped. 1: 20; 2:
4;
B. En su carácter como mediador fue adornado con la imagen
especial de Dios, a la cual han de ser conformados todos los creyentes, Rom. 8:
29
C. EL Reino toda su gloria y los medios conducentes a su
posesión fueron ordenados por El, a fin de que El los conceda a los creyentes,
Luc. 22: 29.
LAS PARTES DE
LA PREDESTINACIÓN
La predestinación incluye dos partes, es decir, elección y
reprobación, la predestinación tanto de los buenos como de los malos para su
destino final y para determinados fines inmediatos que servirán a manera de
instrumental la realización del destino final correspondiente a cada uno.
LA ELECCIÓN
1. La idea bíblica de la elección. La Biblia habla de
elección en más de un sentido. Está
A. La elección de Israel como pueblo para privilegios
especiales y para servicios especiales, Deut. 4:37; 7:6 8; 10: 15; Os. 13: 5.
B. La elección de individuos para algún oficio, o para el
desempeño de algún servicio especial, por ejemplo, Moisés, Ex 3, los
sacerdotes, Deut. 18: 5; los reyes I Sam. 10: 24; Sal 78: 70, los profetas,
Jer. 1: 5, y los apóstoles, Jn. 6: 70; Hech. 9: 15.
C. La elección de individuos para ser hijos de Dios y
herederos de la gloria eterna, Mat. 22: 14; Rom. 11: 5; I Cor. 1: 27 y 28; Ef.
1: 4; I Tes. 1: 4; I Ped. 1: 2; II Ped. 1: 10. Esta última es la que vamos a
considerar aquí como parte de la predestinación. Puede definirse como aquel
acto eterno de Dios por el cual, en su soberano beneplácito, y sin tomar en
cuenta ningún mérito visto de antemano en ellos, elige cierto número de hombres
para hacerlos recipientes de gracia especial y de eterna salvación. Con más
brevedad puede decirse que elección es el eterno propósito de Dios de salvar a
algunos de la raza humana, en y por medio de Jesucristo.
2. Las características de la elección. Las características
de la elección son idénticas con las de los decretos en general. El decreto de
elección:
A. Es una expresión de la soberana voluntad de Dios, es
decir, de su divino beneplácito. Esto, entre otras cosas significa que Cristo
como Mediador no es la causa impelente, moviente o meritoria de la elección,
como algunos han afirmado. El puede ser llamado la causa mediata de la
realización de la elección y la causa meritoria de la salvación para la cual
los creyentes fueron elegidos; pero no es El la causa meritoria, ni el móvil de
la elección misma.
Esto es imposible puesto que El mismo es objeto de predestinación
y elección y porque cuando. Tomó sobre sí su trabajo mediatorio con el Consejo
de Redención ya había un número fijo que le iba a ser dado. La elección precede
lógicamente al Plan de Paz. El amor electivo de Dios precede al envío de su
Hijo, Jn. 3: 16; Rom. 5: 8; II Tim. 1: 9; I Jn. 4: 9. Al decir que el decreto
de elección se originó en el beneplácito divino, se excluye también la idea de
que se determine por algo que haya en el hombre, por ejemplo, fe o buenas obras
vistas de antemano, Rom. 9: 11; II Tim. 1: 9.
B. Es inmutable y por tanta hace que la salvación de los
elegidos sea segura. Por su propia eficiencia Dios hace efectivo el decreto de
elección mediante la obra salvadora que El cumple perfectamente en Jesucristo.
Tiene Dios el propósito de que determinados individuos crean y perseveren hasta
el fin, y El asegura este resultado mediante el trabajo objetivo de Cristo y
las operaciones subjetivas del Espíritu Santo, Rom. 8: 29 y 30; 11: 29; II Tim.
2: 19.
La elección es el fundamento firme de Dios que permanece,
"teniendo este sello: El Señor conoce los que son suyos". Esto hace
que la elección sea fuente de abundante consuelo para todos los creyentes. La
salvación final de ellos no depende de su insegura obediencia, antes bien, está
garantizada por el inmutable propósito de Dios.
C. Es eterna, es decir, viene desde la eternidad. La
elección divina jamás debería identificarse con alguna selección temporal, sea
para el goce de la gracia especial de Dios en esta vida, para privilegios
especiales o servicios de responsabilidad, o para la herencia de la gloria que
ha de venir; si no que debe considerarse como eterna, Rom. 8: 29; Ef. 1:4 y 5.
(4) Es incondicional.
No depende en ninguna manera de fe o de buenas obras
preconocidas en el hombre, como enseñan los arminianos; sino exclusivamente del
soberano beneplácito de Dios, quien también es el originador de la fe y de las
buenas obras, Rom. 9 : 11; Hech. 13: 48; II Tim. 1: 9; I Ped. 1: 2. Puesto que
todos los hombres son pecadores y han malogrado las bendiciones de Dios, no
existe base en ellos para hacer diferencia entre unos y otros, y puesto que aun
la fe y las buenas obras de los creyentes son el fruto de la gracia de Dios,
Ef. 2: 8 y 10; II Tim 2 : 21, aun estas como previstas por Dios no podrían
proporcionar una base tal.
D. Es irresistible. Esto no significa que el hombre no pueda
oponerse a su ejecución, hasta cierto grado, antes bien, significa que la
oposición del hombre no prevalecerá. Tampoco significa que Dios en la ejecución
de su decreto aniquile la voluntad del hombre en una forma inconsistente con la
libre agencia humana. Sin embargo, significa, que Dios puede, y ejercita una
influencia tal sobre el espíritu del hombre como para hacerlo que quiera, Sal
110: 3; Fil 2: 13.
E. No se puede acusar de injusticia. El hecho de que Dios
favorezca, a algunos y pase por alto a otros no justifica contra Dios el cargo
de injusticia.
Podemos hablar de injusticia solamente cuando una parte
tiene derecho sobre la otra. Si Dios les debiera a todos los hombres el perdón
de pecados y la vida eterna, cometería una injusticia si solamente salvara a un
número limitado de ellos. Pero el pecador no tiene en absoluto derecho o
pretensión sobre las bendiciones que fluyen de la elección divina. De hecho, ha
perdido estas bendiciones.
No sólo no tenemos derecho de pedirle cuentas a Dios por
elegir a algunos y dejar a otros; sino que también debemos admitir que habría
El sido perfectamente justo si no hubiera salvado a nadie, Mat. 20:14 y 15;
Rom. 9: 14 y 15.
3. El propósito de la elección. Esta elección eterna tiene
un doble propósito:
A. El propósito inmediato es la salvación de los elegidos.
Está claramente enseñado en la palabra de Dios que el hombre es seleccionado o
elegido para salvación, Rom. 11: 7 11; II Tes. 2: 13.
B. El propósito final es la gloria Dios. Aun la salvación de
los hombres está subordinada a ese propósito. Que la gloria de Dios es el más
alto propósito de la gracia que elige, se declara enfáticamente en Ef. 1: 6, 12
y 14. Al evangelio social de nuestros s le agrada acentuar el hecho de que el
hombre está elegido para el servicio.
En la medida en que esa declaración tiene por intento
negar la elección del hombre para salvación y para la gloria de Dios, va
manifiestamente contra la Escritura. Sin embargo la idea en sí sola, de que los
elegidos están predestinados para servicio o buenas obras es enteramente
bíblica, Ef. 2: 10; II Tim. 2: 21; pero esta finalidad está subordinada a la
que ya dejamos indicada.
REPROBACIÓN
Nuestros símbolos confesionales hablan no solamente de
elección, sino también de reprobación. Agustín enseñó tanto la doctrina de
reprobación como la de elección; pero esta "doctrina dura" encontró
mucha oposición. Los católicos romanos, los luteranos, los arminianos y los
metodistas generalmente rechazan esta doctrina en su forma absoluta.
Si todavía hablan de una reprobación es la que basan en la
presciencia. Es de perfecta evidencia que Calvino tuvo profunda conciencia de
la seriedad de esta doctrina por el hecho de que la llamó "decretum
horribile" (decreto espantoso). A pesar de eso, no se sintió con libertad
para negar lo que consideró como una importante verdad bíblica. En nuestros
días algunos eruditos que pretenden ser reformados se oponen a la doctrina de
la reprobación.
Barth enseña una reprobación que depende del rechazamiento
que el hombre hace de la revelación de Dios en Cristo. Parece que Brunner tiene
un concepto más Escritural de la elección que Barth; pero rechaza enteramente
la doctrina de la reprobación. Admite que ésta, lógicamente, se deduce de la
doctrina de la elección; pero amonesta en contra de dejarse guiar por la lógica
humana en un caso como éste, puesto que la doctrina de la reprobación no se
enseña en la Escritura.
1. Definición de la doctrina. La reprobación puede definirse
como aquel acto eterno de Dios por medio del cual determinó pasar por alto a
algunos hombres, negándoles las operaciones de su gracia especial y castigarlos
por causa de sus pecados, para la manifestación de la justicia divina. Merecen
énfasis especial los siguientes puntos:
A. La doctrina de la reprobación contiene dos elementos.
Según la presentación más usual en la teología Reformada el decreto de
reprobación contiene dos elementos, que son: preterición, o sea, la
determinación de pasar por alto a algunos hombres; y condenación (llamada
algunas veces pre condenación), o sea, la determinación de castigar a éstos que
a causa de sus pecados fueron pasados por alto. En tal concepto da cuerpo a un
doble propósito:
I. Pasar por alto a algunos en el reparto de la regeneración
y la gracia salvadora;
II. Asignarlos por causa de su pecado al deshonor y a la ira
de Dios. La confesión Belga menciona solamente al primero de estos propósitos,
pero los Cánones de Dort mencionan también el segundo. Algunos teólogos
Reformados quisieran omitir el segundo de los elementos de la reprobación.
Dabney prefiere considerar la condenación de los malvados como el resultado de
su preterición, resultado ya previsto y buscado, y de esta manera despojado de
su carácter positivo a la reprobación.
Dick opina que el decreto de condenación debe considerarse
como decreto aparte, y no como parte del decreto de reprobación. Sin embargo, a
nosotros nos parece que no tenemos derecho ni de excluir el segundo elemento
del decreto de reprobación, ni de considerarlo como decreto diferente. El lado
positivo de la reprobación se encuentra tan claramente enseñado en la Escritura
como contrario a la elección que no podemos considerarlo como algo puramente
negativo, Rom. 9: 21 y 22; Judas 4. Sin embargo, deberíamos notar varios puntos
de diferencia entre los dos elementos del decreto de reprobación:
III. La preterición es un acto soberano de Dios, un acto de su
mero beneplácito, en el cual, los deméritos del hombre no entran en
consideración; en tanto que la pre condenación es un acto judicial que con
castigo visita al pecado. Aun los supralapsarianos están dispuestos a admitir
que en la condenación el pecado tiene que ser tomado en consideración.
IV. El hombre no conoce la razón para la preterición. No
puede ser el pecado puesto que todos los hombres son pecadores. Lo único que
podemos decir, es que Dios, por buenas y sabias razones, suficientes para El
mismo, pasó por alto a algunos. Por otra parte, la razón para la condenación ya
es conocida, es el pecado.
V. La preterición es puramente pasiva, un sencillo pasar por
alto, sin tomar en cuenta ningún acto del hombre; pero la condenación sí es
eficiente y positiva. Aquellos que son pasados por alto son condenados por
causa de sus pecados.
B. Debemos estar en guardia, no obstante, en contra de la
idea de que la elección y la reprobación, determinan con absoluta certidumbre
el fin al que el hombre está predestinado, y los medios por los cuales ese fin
tiene que realizarse, que la elección y la reprobación implican que en el caso
de reprobación tanto como en el de elección, Dios hará que acontezca lo que ha
decretado, valiéndose de su propia y directa eficiencia.
Esto significa que en tanto que puede decirse que Dios es
el autor de la regeneración, vocación, fe, justificación y santificación de los
elegidos, y por eso, mediante su acción divina directa, hace que la elección de
ellos se realice, no puede decirse que también El es el autor responsable de la
caída, de las condiciones injustas y de los actos pecaminosos de los reprobados
por actuar directamente sobre ellos y de esa manera lograr la realización de su
reprobación.
Indudablemente que el decreto de Dios hizo que la entrada
del pecado al mundo fuera segura; pero El no predestinó a algunos para el
pecado, como sí, predestinó a otros a la santidad. En su carácter de Dios
santo, no puede ser el autor del pecado. La posición que sobre este punto toma
Calvino en sus Instituciones está claramente indicada en las siguientes
proposiciones que encontramos en los artículos que él mismo escribió sobre la
predestinación.
"Aunque la voluntad de Dios es la suprema y primera
causa de todas las cosas y Dios retiene al diablo y a todos los impíos
sometidos bajo su divina voluntad, Dios, sin embargo, no puede ser llamado la
causa del pecado, ni el autor del mal, ni está propenso a ningún error. Aunque
el diablo y los réprobos son siervos de Dios e instrumentos para ejecutar las
divinas y secretas decisiones, sin embargo, de una manera incomprensible, Dios
obra de tal manera en ellos y por medio de ellos, como para no mancharse con la
depravación de ellos, y que la malicia de éstos Dios la usa en forma justa y
recta, hacia un buen fin, aunque esta manera de hacerlo queda frecuentemente
oculto de nosotros.
"Actúan ignorante y calumniosamente aquellos que
dicen que Dios resulta autor del pecado si todas las cosas acontecen por su
voluntad y mandato, porque estos calumniadores no hacen diferencia entre la
depravación del hombre y los escondidos designios de Dios.
C. Deberiase notar que aquella gracia, la gracia con la que
Dios favoreció a los hombres pasados por alto, no es la gracia común, sino su
gracia especial, la gracia que regenera, la gracia que cambia en santos a los
pecadores. Es un error pensar que en esta vida los réprobos estén enteramente destituidos
del favor de Dios.
Dios no limita la distribución de sus dones naturales por
causa de su propósito de elección. Ni siquiera permite que la elección y la
reprobación determinen la medida de sus bienes. El réprobo con frecuencia
disfruta una mayor medida de las bendiciones naturales de la vida, que el
elegido. Lo que efectivamente distingue a los réprobos de los elegidos es que
estos son hechos recipientes de la gracia divina que regenera y salva.
2. Prueba de la doctrina de reprobación. La doctrina de la
reprobación se deduce naturalmente de la lógica de la situación. El decreto de
elección inevitablemente implica el decreto de reprobación. Si el todo sabio
Dios, poseedor de infinito conocimiento se propuso eternamente salvar a
algunos, entonces El, ipso facto, también se propuso no salvar a otros.
Si El escogió o eligió a algunos, entonces ha rechazado
por ese mismo hecho a otros. Brunner nos previene en contra de este argumento,
puesto que la Biblia no enseña ni siquiera en una sola palabra, una divina
predestinación para rechazamiento. Pero nos parece que la Biblia no contradice,
sino justifica la lógica en cuestión. Puesto que la Biblia es ante todo una
revelación de redención, no tiene tanto que decir acerca de la reprobación,
como de la elección. Pero lo que dice es perfectamente suficiente, compárese
Mat. 11: 25 y 26; Rom. 9: 13, 17, 18, 21 y 22; 11: 7; Judas 4; I Ped. 2: 8.
SUPRA E INFRALAPSARIANISMO
La doctrina de la predestinación no siempre ha sido
presentada exactamente en la misma forma. Especialmente desde los días de la
Reforma dos diferentes concepciones de ella, emergieron gradualmente, las
cuales fueron designadas durante la controversia arminiana como Infra- y
Supralapsarianismo.
Las diferencias ya existentes fueron definidas más
agudamente y acentuadas con mayor fuerza como resultado de las disputas
teológicas de aquella época. Según el Dr. Dijk los dos conceptos que estamos
considerando fueron en su forma original, simples diferencias de opinión
respecto al asunto de si la caída del hombre había estado incluida en el
decreto divino. ¿Fue predestinado el primer pecado del hombre, el pecado que
constituyó la caída, o fue simplemente objeto de la divina presciencia?
En su forma original el supralapsarianismo sostuvo lo
primero, y el infralapsarianismo lo segundo. En este sentido de la palabra,
Calvino claramente fue supralapsariano. El desenvolvimiento posterior de la
diferencia entre los dos conceptos comenzó con Beza, el sucesor de Calvino en
Ginebra. En ese desarrollo el punto original de la disputa retrocede al fondo y
ocupan el frente otras diferencias, algunas de las cuales se redujeron a meras
diferencias de énfasis.
Los infralapsarianos posteriores, como Rivet, Walacus,
Mastricht, Turretin, á Mark y de Moor, todos admiten que la caída del hombre
estuvo incluida en el decreto: y de los posteriores supralapsarianos como Beza,
Gomarus, Pedro Mártir, Zanchius, Ursinus, Perkins, Twisse, Trigland, Voetius,
Burmannus, Witsius y Conrie, al menos algunos están completamente dispuestos a
admitir que en el decreto de reprobación, Dios, de alguna manera tomó en
consideración el pecado. Nos ocuparemos ahora con el supra- y el
infralapsarianismo en su forma más desarrollada.
EL PUNTO EXACTO DE PARTIDA
Es completamente esencial tener un concepto correcto del
punto o puntos exactos de partida entre los dos.
1. Negativamente, la diferencia no se encuentra:
A. En conceptos divergentes que se refieren al orden
temporal de los decretos divinos. Se admite por unos y otros que el decreto de
Dios es uno, y que en todas sus partes es igualmente eterno, tanto que es
imposible atribuirle alguna sucesión a los varios elementos que en él están
incluidos.
B. En alguna diferencia esencial respecto a si la caída del
hombre fue decretada, o fue meramente objeto de la divina presciencia. Este
puede haber sido, como dice el Dr. Dijk, el punto original de diferencia; pero
con toda seguridad, se diría de cualquiera que afirme que la caída no fue
decretada, si no tan sólo prevista por Dios, que se mueve con los arminianos
más bien que con las filas Reformadas. Tanto supralapsarianos como
infralapsarianos admiten que la caída está incluida en el decreto divino y que
la preterición es un acto de la soberana voluntad de Dios.
C. En ninguna diferencia esencial acerca de la interrogante
sobre si el decreto relativo al pecado es permisivo. Hay alguna diferencia de
énfasis en cuanto al adjetivo calificativo. Los supralapsarianos (con pocas
excepciones), están dispuestos a admitir que el decreto relativo al pecado es
permisivo, pero se apresuran a añadir que eso no obstante, hizo segura la
entrada del pecado en el mundo.
Y los infralapsarianos (con pocas excepciones) admitirán
que el pecado está incluido con el decreto de Dios; pero se apresurarán a
añadir que el decreto, hasta donde tiene que ver con el pecado, es permisivo
más bien que positivo. Los primeros, a veces, insisten demasiado sobre el
elemento positivo del decreto que se refiere al pecado, y de esta manera se
exponen al cargo de que hacen a Dios el autor del pecado. Y los segundos, a
veces, acentúan demasiado el carácter permisivo del decreto reduciéndolo a un
simple permiso: de esta manera se exponen al cargo de arminianismo.
En su conjunto, sin embargo, los supralapsarianos
enérgicamente repudian toda interpretación del decreto que convierte a Dios en
autor del pecado; y los infralapsarianos con mucho cuidado señalan
explícitamente que el decreto permisivo de Dios con relación al pecado lo hizo
completamente seguro en el futuro.
D. En ninguna diferencia esencial acerca de la interrogante
sobre que si el decreto de reprobación toma en cuenta el pecado. El decreto de
reprobación algunas veces se presenta como si Dios destinara algunos hombres a
eterna destrucción, simplemente por un acto de su soberana voluntad, sin tomar
en cuenta los pecados de ellos; como si, semejante a un tirano, sencillamente
decidiera destruir un gran número de sus criaturas racionales, únicamente para
la manifestación de sus gloriosas virtudes.
Pero los supralapsarianos aborrecen la idea de un Dios
tiránico, y al menos algunos de ellos explícitamente afirman que, en tanto que
la preterición es un acto de la soberana voluntad de Dios, el segundo elemento
de la reprobación es decir, la condenación es un acto de justicia y ciertamente
toma en cuenta el pecado. Esto se deduce de la suposición de que, lógicamente,
la preterición precede al decreto para crear y permitir la caída, en tanto que
la condenación le sigue. La lógica de esta posición puede dudarse, pero a lo
menos demuestra que los supralapsarianos que la sostienen, enseñan que Dios
toma en cuenta el pecado en el decreto de reprobación.
2. Positivamente, la diferencia tiene que ver con:
A. El alcance de la predestinación. Los supralapsarianos
incluyen el decreto para crear y permitir la caída del hombre en el decreto de
la predestinación, en tanto que los infralapsarianos lo relacionan con el
decreto de Dios en general y lo excluyen del decreto especial de
predestinación. Según los primeros el hombre aparece en el decreto de
predestinación no como creado y caído, sino como seguro de ser creado y de
caer; en tanto que, conforme a los segundos el hombre aparece en el decreto
como ya creado y caído.
B. El orden lógico de los decretos. La cuestión es, si los
decretos para crear y permitir la caída fueron medios para el decreto de
redención. Los supralapsarianos razonan sobre la hipótesis de que al hacer
planes la mente racional pasa de los fines a los medios en un movimiento de
retroceso, de manera que lo que fue primero en designio es último en
cumplimiento. De este modo llegan a la aprobación del orden siguiente:
I. El decreto de Dios de glorificarse, y particularmente de
magnificar su gracia y justicia en la salvación de algunas y en la perdición de
otras de sus criaturas racionales, el cual está en la mente divina todavía como
posibilidad.
II. El decreto para crear a aquellos que de esta manera
fueron elegidos o reprobados.
III. El decreto para permitir que cayeran.
IV. El decreto para justificar los elegidos, y condenar los
no elegidos. Por otra parte, los infralapsarianos sugieren un orden más
histórico:
V. El decreto para crear al hombre en santidad y
bienaventuranza.
VI. El decreto para permitir la caída del hombre mediante la
determinación de su propia voluntad.
VII. El decreto de salvar un número determinado de entre este
conjunto culpable.
VIII. El decreto para dejar al resto en sus pecados por la
determinación de ellos mismos, y sujetarlos al justo castigo que sus pecados
merecen.
C. Extensión del número de personas predestinadas por causa
del decreto de creación, y del decreto que permitió la caída. Según los
supralapsarianos, Dios, aun en el decreto de creación y en el de permiso de la
caída, tenía su mirada fija sobre cada uno de sus elegidos, individualmente, de
tal manera que no hubo un solo momento en el decreto, en que ellos no
conservaran una relación especial con Dios como sus amados.
Por otra parte, los infralapsarianos, sostienen que este
elemento personal no apareció en el decreto sino hasta después del decreto de
creación y del que permitió la caída. En los decretos mismos, el elegido está
incluido simplemente en la masa total de la humanidad y no aparece como objeto
especial del amor de Dios.
LA POSICIÓN SUPRALAPSARIANA
1. Argumentos a su favor:
A. Apelan a todos aquellos pasajes de la Escritura que
acentúan la absoluta soberanía de Dios, y más particularmente su soberanía en
relación al pecado, por ejemplo, Sal 115: 3; Prov. 16: 4; Is. 10: 15; 45: 9;
jet-. 18:6; Mat. 11:25 y 26; 20: 15; Rom. 9: 17; 19:21. Se pone énfasis
especial sobre la figura del alfarero, que se encuentra en más de uno de estos
pasajes. Se dice que esta figura no solamente acentúa la soberanía de Dios en general,
sino más especialmente su soberanía que determina la clase de vasijas que ha de
fabricar. Esto significa que Pablo en Rom. 9 habla desde el punto de vista de
pre creación, una idea aceptable
I. Por el hecho de que el trabajo del alfarero, frecuentemente
se usa en la Escritura como figura de la creación; y
II. Por el hecho de que el alfarero destina cada vasija para
un uso determinado y le da la cualidad que le corresponde, lo que haría que la
vasija preguntara aunque sin ningún derecho : "¿Por qué me hiciste así
?"
B. Se llama la atención al hecho de que algunos pasajes de
la Escritura sugieren que el trabajo de la naturaleza o de la creación en
general fue ordenado de manera que contuviera ilustraciones del trabajo de
redención. Jesús con frecuencia derivó de la naturaleza sus ilustraciones para
la explicación de las cosas espirituales, y se nos dice en Mateo 13: 35 que
hacía esto para que se cumplieran las palabras del profeta, "declararé
cosas escondidas desde la fundación del mundo". Compárese Sal 78: 2.
Se considera que significa que estaban escondidas en la
naturaleza: pero que fueron sacadas a la luz en la enseñanza parabólica de
Jesús. Ef. 3: 9 también se considera como una expresión de la idea de que el
designio de Dios en la creación del mundo fue encaminado para la manifestación
de la sabiduría divina que se haría notoria en la obra de redención de que se
ocupa el Nuevo Testamento. Pero apelar a este pasaje, nos parece muy dudoso, y
eso para decir solamente lo menos posible.
C. El orden de los decretos, según lo aceptan los
supralapsarianos, está considerado como el más ideal, el más lógico y el más
sólido de los dos. Exhibe claramente el orden racional que existe entre el
último fin y los recursos intermedios. Por eso los supralapsarianos pueden dar
una contestación específica, que los infralapsarianos no pueden dar a la
pregunta: ¿Por qué Dios decretó crear el mundo y permitir la caída? Le hacen
plena justicia a la soberanía de Dios, y se abstienen de todo intento fútil de
justificar a Dios ante los hombres, en tanto que los infralapsarianos dudan,
intentan probar la justicia de los procedimientos divinos, y no obstante, al
llegar al análisis final no encuentran otra explicación para el decreto que
permitió la caída, que únicamente el soberano beneplácito de Dios. 63
D. La analogía de la predestinación de los ángeles parecería
favorecer la posición supralapsariana, porque solamente puede concebirse como
supralapsariana. Dios decretó por razones suficientes para Él, conceder a
algunos ángeles la gracia de la perseverancia y negarla a otros, uniendo con
esto justamente la confirmación de los primeros a un estado de gloria y la
perdición eterna de los otros. Esto significa pues, que el decreto que se
refiere a la caída de los ángeles forma una parte de su predestinación. Y sería
imposible al parecer, concebirlo de ninguna otra manera.
2. Objeciones a la posición supralapsariana:
A. A pesar de sus aparentes pretensiones no soluciona el
problema del pecado. Lo haría si se atreviera a decir que Dios decretó introducir
el pecado en el mundo haciendo uso de su propia y directa eficiencia. Algunos
supralapsarianos, es verdad, presentan el decreto como la causa eficiente del
pecado; pero a pesar de ello, no quieren que esto se interprete en forma que
Dios se convierta en el autor del pecado. La mayoría de ellos no se interesa en
ir más allá de la afirmación de que Dios quiere permitir el pecado. Ahora bien,
esta objeción no se dirige sólo .contra el supralapsariano, como si el caso
fuera distinto para el infralapsariano, puesto que ni uno, ni otro, resuelven
el problema. La única diferencia es que el primero tiene más grandes
pretensiones en este sentido que el segundo.
B. Según la presentación que hacen los supralapsarianos el
hombre aparece en el decreto divino, primero como creabilis et labilis (seguro
de que será creado y de que caerá). Los objetos del decreto son, primero que
todo, hombres, considerados como meras posibilidades, como seres no existentes.
Pero semejante decreto, necesariamente, sólo tiene carácter provisional, y debe
ser seguido por otro decreto. Después de la elección y reprobación de estos
hombres posibles, sigue el decreto de crearlos y de permitir su caída; y esto
debe ser seguido por otro decreto que se refiera a estos hombres cuya creación
y caída ahora ya ha sido definitivamente determinada, y este será el decreto
para elegir algunos y reprobar el resto de quienes ahora aparecen en el
propósito divino como hombres reales. Los supralapsarianos dicen que esta no es
una objeción insuperable porque, en tanto que es verdad que, en la posición
sostenida por ellos, la existencia actual de los hombres todavía no ha sido
determinada, cuando son elegidos y reprobados, existen ya en la idea divina.
C. Se dice que el supralapsarianismo hace del castigo eterno
de los reprobados un objeto de la divina voluntad en el mismo sentido y en la
misma manera en que lo es la salvación eterna de los elegidos; y que hace del
pecado que lleva a la destrucción eterna, un medio para alcanzar ese fin, en el
mismo sentido en que la redención de Cristo es un medio para la salvación. Si
se siguiera por este razonamiento en forma consistente, se convertiría a Dios
en el autor del pecado. Sin embargo, debe notarse que, como regla, el
supralapsariano no presenta de ese modo el decreto, y explícitamente declara
que tampoco puede ser interpretado como para hacer de Dios el autor del pecado.
Hablará de una predestinación para la gracia de Dios en Jesucristo; pero no de
una predestinación para el pecado.
D. Una vez más se objeta que el supralapsarianismo hace que
el decreto de reprobación sea tan absoluto como el decreto de elección. En
otras palabras, que el supralapsarianismo considera la reprobación simplemente
como un acto del beneplácito soberano de Dios, y no como un acto de la justicia
punitiva. Según la representación hecha por el supralapsariano el pecado no se
toma en consideración en el decreto de reprobación.
Pero esto apenas puede ser correcto aunque puede ser
verdad respecto de algunos supralapsarianos. En general, sin embargo, puede
decirse que en tanto que consideran la preterición como un acto del beneplácito
soberano de Dios acostumbran considerar el pre condenación como un acto de la
justicia divina que no toma en consideración el pecado. Y el mismo
infralapsariano no puede mantener la idea de que la reprobación es un acto de
justicia pura y simple, contingente con el pecado del hombre. En último
análisis, él también debe declarar que es un acto del beneplácito soberano de
Dios si quiere evitar caer del lado arminiano.
E. Finalmente, se dice que no es posible estructurar una
doctrina útil, del pacto de gracia y del Mediador, fundada sobre el esquema
supralapsariano. Ambos, el pacto y el Mediador del pacto pueden concebirse
únicamente como infralapsarianos. Esto se admite francamente por algunos
supralapsarianos. Lógicamente, el Mediador aparece en el decreto divino,
únicamente después de la entrada del pecado; y este es el único punto de vista
desde el cual puede construirse el pacto de gracia. Esto, naturalmente, tiene consecuencias
importantes en el ministerio de la Palabra.
LA POSICIÓN INFRALAPSARIANA.
1. Argumentos en su favor.
A. Los infralapsarianos apelan más particularmente a los
pasajes de la Escritura en los que aquellos que han sido objeto de la elección
aparecen como en una condición de pecado, como estando en estrecha unión con
Cristo y como objetos de la misericordia y gracia de Dios, por ejemplo, Mat.
11: 25 y 26; Jn. 15: 19; Rom. 8 : 28 y 30; 9: 15 y 16; Ef. 1 : 4-12; II Tim. 1
: 9. Parecería que estos pasajes implican que en el pensamiento de Dios la
caída del hombre precedió a la elección de algunos para salvación.
B. El infralapsarianismo llama la atención al hecho de que
en su representación, el orden de los decretos divinos es menos filosófico y
más natural que en el propuesto por los supralapsarianos. Que el suyo está en
armonía con el orden histórico de la ejecución de los decretos, lo cual
parecería reflejar el orden seguido en el eterno consejo de Dios. Precisamente
así como en la ejecución hay un orden causal, lo debe haber también en el
decreto. Resulta más modesto quedarnos con este orden, precisamente porque
refleja el orden histórico revelado en la Escritura y no pretende resolver el
problema de la relación de Dios con el pecado. Se considera que el
infralapsarianismo es menos ofensivo en su presentación del asunto y que está
mucho más en armonía con los requerimientos de la vida práctica.
C. En tanto que los supralapsarianos dicen que su estructura
de la doctrina de los decretos es la más lógica de las dos, los
infralapsarianos dicen otro tanto acerca de la suya. Dice Dabney: "El
esquema supralapsariano con la pretensión de mayor simetría, es en realidad el
más ilógico de los dos". Se hace notar que el esquema supralapsariano es
ilógico porque hace que el decreto de elección y preterición se refiera a seres
no existentes, es decir, hombres que no existen sino como meras posibilidades,
aun en la mente de Dios; los cuales no existen todavía en el decreto divino, y
que por tanto no pueden contemplarse como creados, sino solamente como
creables. De nuevo se dice que la estructura supralapsariana es ilógica porque
necesariamente separa los dos elementos de la reprobación colocando la
preterición antes, y la condenación después de la caída.
D. Finalmente, también se llama la atención al hecho de que
las Iglesias Reformadas en sus símbolos oficiales siempre han adoptado la
posición infralapsariana, aunque nunca han condenado el otro punto de vista,
antes bien, siempre lo han tolerado. Entre los miembros del Sínodo de Dort y
los de la Asamblea de Westminster hubo varios supralapsarianos que eran
tenidos, en alto honor (el presidente de cada una de esas asambleas, fue un
diferente supralapsariano) ; pero tanto en los Cánones de Dort como en la
Confesión de Westminster, el concepto infralapsariano encontró expresión.
2. Objeciones al Infralapsarianismo. Las que siguen son las
objeciones más importantes que se han levantado contra él:
A. No da, ni pretende dar una solución al problema del
pecado. Pero esto es igualmente cierto del otro punto de vista, tanto así, que
en una comparación de los dos, esto no puede considerarse como una verdadera
objeción, aunque algunas veces se presente. El problema de la relación de Dios
con el pecado se ha comprobado como insoluble tanto por uno, como por el otro.
B. Aunque el infralapsarianismo se profese con el plausible
deseo de escudarse en contra de la posibilidad de hacer a Dios el autor del
pecado, haciendo esto, siempre se está en peligro de rebasar el límite, y
algunos de sus representativos han cometido este error. Son adversos a la
afirmación de que Dios quiere el pecado, y la sustituyen por la proposición de
que Dios lo permite. Pero entonces se levanta la interrogante acerca del
significado de esta proposición.
¿Quiere decir que Dios únicamente tomó conocimiento de la
entrada del pecado, sin que en ninguna manera lo obstaculizara, de modo tal que
la caída fue en realidad una frustración de su plan? En el instante en que los
infralapsarianos contestan afirmativamente esta pregunta entran a filas de los
arminianos. Aunque ha habido algunos que toman esta proposición, la mayoría de
ellos sienten que no pueden consistentemente hacerlo, sino que deben incorporar
la caída dentro del decreto divino.
Hablan del decreto referente al pecado como un decreto
permisivo; pero entendiendo claramente que este decreto hizo segura la entrada
del pecado en el mundo. Y si se presenta la pregunta: ¿Por qué Dios decretó
permitir el pecado y de esta manera hacerlo cosa segura? Podrán solamente señalar
hacia el beneplácito divino, y de esta manera colocarse en perfecto acuerdo con
el supralapsarianismo.
C. La misma tendencia de proteger a Dios se revela de modo
distinto y expone a uno a un peligro similar. Lo que realmente quiere el
infralapsarianismo, es explicar la reprobación como un acto de la justicia de
Dios. Se inclina a negar explícita o implícitamente que sea un acto de simple
beneplácito de Dios. Esto verdaderamente convierte el decreto de reprobación en
decreto condicional y conduce hacia el rebaño arminiano.
Pero los infralapsarianos, como un todo, no quieren
enseñar un decreto condicional, y expresamente se cuidan en este asunto.
Algunos de ellos admiten que es un error considerar la reprobación puramente
como un acto de justicia divina. Y esto está completamente correcto. El pecado
no es la única causa de la reprobación más de lo que en grado alguno puede ser
la fe y las buenas obras la causa de la elección, porque todos los hombres
están por naturaleza muertos en pecados y transgresiones.
Cuando los infralapsarianos se colocan también frente al
problema de la reprobación, sólo encuentran la respuesta en el beneplácito de
Dios. Su lenguaje puede sonar más tierno que el de los supralapsarianos; pero
también está más expuesto a ser mal entendido, y después de toda prueba que
concuerda con la misma idea.
D. La posición infralapsariana no hace justicia a la unidad
del decreto divino, sino que representa las diferentes partes de él como
demasiado desconectadas. Primeramente Dios decreto crear el mundo para la
gloria de su nombre, lo que entre otras cosas significa que también determinó
que sus criaturas racionales vivieran según la ley divina colocada
profundamente en sus corazones y que alabaran a su Hacedor.
Entonces decretó permitir la caída por medio de la cual el
pecado entró en el mundo. Esto parece ser una frustración del plan original, o
al menos una importante modificación de él, puesto que Dios ya no decreta
glorificarse en la obediencia voluntaria de todas sus criaturas racionales. Al
final se siguen los decretos de elección y reprobación lo que significa que
solamente se ejecutó una parte del plan original.
DE LO YA DICHO PARECERÍA DEDUCIRSE QUE NO
PODEMOS CONSIDERAR AL SUPRA Y AL INFRALAPSARIANISMO COMO ABSOLUTAMENTE
ANTITÉTICOS.
Contemplan el mismo misterio desde diferentes puntos de
vista, poniendo, uno, su atención en lo ideal o teleológico; el otro, en lo
histórico, en el orden de los decretos. Hasta cierto punto pueden y deben ir de
la mano. Ambos encuentran apoyo en la Escritura. El supralapsarianismo en
aquellos pasajes que acentúan la soberanía de Dios, y el infralapsarianismo en
los que insisten en la misericordia y justicia de Dios, en relación con la
elección y reprobación.
Cada uno tiene algo en su favor: El primero que no intenta
justificar a Dios, sino que simplemente reposa en la soberanía y santo
beneplácito de Dios; y el segundo que es el más modesto y tierno, y se ocupa de
las demandas y exigencias de la vida práctica. Los dos son necesariamente
inconsistentes entre sí, el primero porque no puede considerar al pecado como
un movimiento progresivo, sino que debe considerarlo como una perturbación en
la creación, y habla de un decreto permisivo que hace del pecado cosa segura;
pero cada uno de ellos también acentúa un elemento de la verdad.
El verdadero elemento del supralapsarianismo se encuentra
en su énfasis sobre lo siguiente: Que el decreto de Dios es una sola unidad;
que Dios tuvo en vista un propósito final; que en un cierto sentido El quiso el
pecado; y que la obra de creación fue inmediatamente adaptada a la actividad
recreadora de Dios. Y el verdadero elemento del infralapsarianismo es, que hay
una cierta diversidad en los decretos de Dios; que la creación y la caída no
pueden considerarse meramente como medios para un fin; sino que tuvo
independientemente, un gran significado; y que el pecado no puede considerarse
como un elemento de progreso, sino que debiera considerarse como un elemento de
perturbación en el mundo.
En relación con el estudio de este profundo asunto
sentimos que nuestro entendimiento es limitado, y nos damos cuenta de que sólo
poseemos fragmentos de la verdad. Nuestros símbolos confesionales dan forma
concreta a la posición infralapsariana; pero no condenan al supralapsarianismo;
se sintió que este concepto no era necesariamente inconsistente con la teología
Reformada. Y las resoluciones de Utrecht, adoptadas en 1908 por nuestra Iglesia
Cristiana Reformada, establecen que, aunque no es permisible presentar el punto
de vista del supralapsarianismo como la doctrina de las Iglesias Reformadas de
los Países Bajos, así también no es permisible en lo mínimo molestar a nadie
que para sí mismo abrigue ese punto de vista.
PREGUNTAS PARA AMPLIAR EL ESTUDIO
1. ¿Es posible que haya en Dios la presciencia de eventos
futuros que no tienen fundamento en el decreto?
2. ¿Qué resultado inevitable habrá a causa de fundar el
decreto de Dios en su presciencia antes que a la inversa, es decir, fundar su
presciencia en su decreto?
3. ¿Cómo difiere la doctrina de los decretos, de la del
fatalismo y de la del determinismo?
4. ¿El decreto de predestinación excluye necesariamente la
posibilidad de una oferta universal de salvación?
5. ¿Son o no igualmente absolutos e incondicionales los
decretos de elección y de reprobación?
6. ¿Se parecen los mencionados decretos en que sean otras
tantas causas de las que podamos derivar las acciones humanas como resultados?
7. ¿Cómo se relaciona la doctrina de la predestinación con
la de la depravación total? ¿Y cómo con la de la expiación? ¿Y cómo con la de
la perseverancia de los santos?
8. ¿Enseñan los teólogos Reformados la predestinación para el
pecado?